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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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No creo que hagan caso omiso a la resolución aprobatoria de Galicia, no lo sabemos.
Es una resolución con peso. Es una resolución de la Administración Tributaria. Al comunicar la resolución y la aclaración ahorramos trabajo en la Administración, es un principio de economía burocrática. Es ayuda gratuita por nuestra parte. Les puede servir de guía y para copiar la resolución, y asunto resuelto en Sevilla, Málaga y otras al 100 % , seguro que sale a favor.Animo Danilo y a todos. ![]() ![]() ![]() |
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#2
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Unas
para todos ¡¡Desde Enero 2009, Nautica Davila - Ria de Vigo - ha pasado de repercutir el 16% de IVA al 7%. Es una muy buena noticia, peeeero ... sigo pagando la misma cantidad mensual debido a que han incrementado el 8,13% el alquiler de la plaza de amarre. Resumiendo, el beneficio de la "aplicacion correcta" del IVA se lo ha llevado la Marina; eso si, en Enero de este año una amable señorita me comunico que en el 2010 no habria incremento en el alquiler del amarre. Impresionante ¡¡ ![]() ![]() ![]() |
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#3
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Atendiendo al:
REAL DECRETO 544/2007, de 27 de abril, por el séptima del Registro de matrícula de buques.que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en la Lista Artículo 2. Definiciones. A efectos de lo previsto en este real decreto se entenderá eslora que exceda de 24 metros.por: a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarcación »): embarcación civil de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros y esté destinada a la realización de actividades de recreo u ocio sin ánimo de lucro o para la pesca no profesional. Esta definición ha de entenderse sin perjuicio del carácter de embarcaciones y buques de recreo o de deportes náuticos que, con arreglo a las normas tributarias, tengan las embarcaciones proyectadas para la realización de actividades de recreo y ocio que presenten una |
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#4
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El Puerto Deportivo de Getxo ha pasado este mes recibo con el 7%
![]() ![]() Gracias a los que hayan hecho las gestiones (ORZA?). Aunque yo tengo varios papeles listos, he andado liado y no había hecho nada todavía. ![]() ![]() Y gracias a todos, desde Anavre hasta el último pirata de la Taberna que ha aportado algo, aunque sean ganas. ![]() ![]() ![]() Edu
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#5
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He puesto la misma respuesta en dos hilos, porque no se donde esta moviendose la cosa.
Acabo de recibir la solicitud de nuevo amarrista en un puerto X, vamos a decir, para tener el barco permanentemente y en las tarifas ponen tanto+IVA, tanto+IVA y así con todos los conceptos. Será la primera vez que lleve un barco a ese sitio y es un contacto nuevo. Les he enviado respuesta al mismo mail preguntando respetuosamente sobre el +IVA que quiere exactamente decir, según el Real Decreto tal y tal, ya que la embarcación esta en la lista 7ª. Si es 16 o es 7. Cuando me respondan lo pondré por aquí, pero espero sorprenderme....por el bien de todos, y el mio en este caso. Es un piquín a fin de cuentas. Me ha llamado la atención en todo caso, que en ninguno de sus folletos o publicidades explicitan la cuantia de ese +IVA. Ni en la letra más pequeñita de todas. Se pone +IVA y ya está. Saludos. ![]() ![]() ![]() |
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#6
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No te extrañe que lo hagan debido al inminente cambio en los tipos el mes que viene.
Saludos ![]() |
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#7
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A mi consulta expuesta mas arriba en mi puerto responden hoy.
El IVA aplicado es el 16% y desde el 1 de Julio será del 18%. Nos obstante, y muy amablemente, me han indicado que han realizado la debida consulta en la Agencia Tributaria para saber si reunen las condicciones necesarias para aplicar el 7%. Que se convertiría en tal caso en el 8% a partir de la fecha arriba indicada. Estan esperando respuesta de la Administración. No se denota en ningun caso reticencia a aplicar otra cuantia si asi fuese posible. Lo cual es muy de agradecer. Saludos y rondas. ![]() ![]() |
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