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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Claro que no es tan facil convalidarlo.
Ya se ha dicho en este post y en otros: La madre del cordero está en ser ciudadano de la Comunidad Europea y en tener un despacho de embarcación española anterior a la Ley 3200/2007. Por eso serán pocos los elegidos, pués el examen práctico y las demás condiciones son perfectamente factibles. O sea que si reunes las condiciones, sí se puede convalidar. Cervecita muy fria que ya aprieta el calor.P.D. Hay una academia española que lleva bastante tiempo impartiendo el PCOC, con muy buen criterio en mi opinión, seguramente se olieron que en algún momento se desarrollarian las normas de convalidación. Bueno y ya puestos, según la Ley con el PCOC también se puede alquilar en España sin limitaciones, con lo cual, para quien no piense de momento en comprar barco puede ser la solución por las baratas tasas de un examen. Digo examen porque no hay porque comprarlo, con tener unos conocimientos entre PNB y PER se supera facilmente, ni siquiera incluye cartas. Ahí queda eso y otra ronda ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Ponent | ||
Dibujito (05-07-2010) | ||
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#2
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Estimados Cofrades, saludos y
![]() Una vez más, y a riesgo de ser repetitivo, y por supuesto a falta de opinión mejor fundada, esto último nada dificil, por cierto, intento contestar a algunas de las intervenciones. Cita:
Cita:
Cita:
Perdón por la extensión del mensaje, y vayan unas rondas de lo fino por mi cuenta. Otro saludo y más ![]()
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Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae. Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a mazarredo | ||
SUSOABASCAL (22-07-2010) | ||
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#3
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Mazarredo:
Ya se que tienes mucha más experiencia que yo, por eso me sorprende que interpretes la Ley de esa manera en cuanto a alquiler. Pensaba que por lo menos ese punto habia quedado claro en otros posts. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA: Alquiler de embarcaciones de recreo españolas: Las embarcaciones españolas de lista sexta, cuando vayan a ser alquiladas sin tripulación, se podrán alquilar a cualquier persona física en posesión de un título de los que figuran en la lista del anexo XII, con las limitaciones que para los mismos se indican en dicho anexo. La frase no deja lugar a dudas, no se habla de residentes, ni de extranjeros, tan solo de a cualquier persona física y de un anexo donde viene el PCOC sin limitaciones. Un saludo ![]() |
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#4
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Cita:
![]() Este punto, en concreto, nunca ha quedado aclarado en ningún post, y no al menos en el sentido de permisividad, yo al menos no me he dado cuenta de ello. Pero, aunque las aclaraciones a las normas son de mi cosecha, el artículo 3 es taxativo= unicos titulos autorizados para el gobierno de embarcaciones españolas, por un español. No hay mención, a la lista, ni a ningún otro condicionante. El alquiler en lista sexta se puede dar a cualquier persona en posesión de los títulos que se reflejan en el anexo 6, pero es con los condicionantes a que haya lugar, puesto que anteriormente, ya se han dado las normas taxativas para el gobierno (no se habla de propiedad, ni de alquiler, ni de préstamo) de las embarcaciones españolas. No se si me he sabido explicar, y de todas maneras, es como yo entiendo el conjunto total del Real Decreto, sin entresacar nada. Y como opinión personal, ni tiene validez alguna y es totalmente opinable, por supuesto. Otro saludo y más ![]()
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Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae. Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro. |
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#5
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Lo siento pero no puedo admitir que una disposición esté en la orden solo de floritura aunque tampoco yo soy abogado.
Ya sabes...cuando se dicta un artículo y se quiere hacer una excepción a lo dictado se dicta una disposición adicional (en este caso) o una disposición transitoria para (durante un tiempo determinado)las convalidaciones. ¿De que servirian entonces estas disposiciones? No creo que el legislador se haya tomado la molestia por nada. Un saludo. ![]() |
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