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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola Ricardo , permíteme que haga un par de puntualizaciones a tu respuesta.
Decir que bucear a menos de 75m con trímix es exagerado es no entender para qué se usa el He. Bucear a 75m con aire quiere decir que respiramos O2 a una presión parcial de 1.78 , creo que sobran los comentarios... Sin ninguna acritud. Un saludo. |
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#2
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¡Andá! ... ¡quién anda por aquí! ... ¡el Nacho!. Chaval, me alegro de saber de ti. Y sí, sigo intentando que la gente del "recreativo" sea coherente.
Un ejemplo es este hilo: Las agencias de enseñanza por una parte limitan sus cursos básicos a una profundidad moderada (PADI 21 m; SSI 25 m, etc.). Nadie hace caso, Ven que su seguro les ampara hasta 40 m y van más profundo de cabeza. Por otro lado, son agencias extranjeras que no pueden contradecir a la -obsoletísima- legislación nacional (40 m y 55 m). Por otro, enseñan que no se debe bajar a más de 30 m con aire por un problema de narcosis de N2, pero todo el mundo se salta esto a la torera, al parecer, (mientras se respetan como si estuvieran grabados en piedra otros límites que rozan el esperpento como las 24h antes de volar). Para acabar el disparate, las mismas agencias que enseñan que no se debe superar la cota de 30 m con aire por la narcosis, imparten cursos y dan titulaciones (?) de buceo "profundo" (?) con aire a 40 m. Todo esto es un auténtico disparate. Y la realidad es que bucear a 40 m o 50 m con aire es bucear narcotizado con una gran probabilidad y es bucear BAJO TECHO, aunque ese techo sea "virtual" porque, en caso de fallo catastrófico, no se puede llegar a superficie (vivo, se entiende). Y los problemas en ese caso hay que resolverlos dentro del agua y con la cabeza despejada. Y para bucear así hay que emplear otros gases, otros procedimientos, otros equipamientos y, sobre todo, tener otros conocimientos y otro entrenamiento -que no es el recreativo ni de lejos-. Como ves, sigo predicando en el desierto, Nacho. Un abrazo. |
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#3
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saludos,lo anteriormente escrito por gualdrapa es correctisimo,al anterior(buzo) le recuerdo que la normativa sobre buceo salio completamente renovada y modificada en julio del 2010 y autoriza a los recreativos a una profundidad maxima de 30m exactamente igual que los 2ª restringida o pequeña profundidad(buzos profesionales),esa es la ley en este momento salvo se cambiara algo posteriormente en algún anexo que no conozco.Las certificaciones pueden poner lo que quieran y autorizarte a 1000m,pero si somos buzos de verdad sabemos bien hasta donde se puede bajar y con que tipo de suministro,asi como la mezcla mas segura,lo demas es jugarsela tontamente,y lo que es peor inducir a otros a que se la jueguen,y eso si esta mal,debemos ser cuidadosos con la informacion que vertemos en la web pues en según que temas la desinformación puede costar cara. |
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#4
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Pues debo estar oxidado respecto a la legislación vigente. Te agradeceré que me informes sobre el texto normativo al que haces referencia (de julio de 2010).
Un saludo ![]() |
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#5
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![]() sorry queria decir 2009.,aunque creo que el B.O.E es de finales de Junio,cuando se publico el convenio de buceo profesional. |
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#6
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Pues sigo sin saber a cual te refieres. Si puedes ampliar algun detalle, te lo agradeceré. Me gustaría ver los cambios que comentas.
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