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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Por otra parte, no tengo claro que el timonel sea el patron titulado.
Me corrijan si me equivoco, pero creo que lo exigido es que abordo vaya un patron titulado, independientemente de quien lleve el timon, quien cace una escota, etc. El patron es el responsable del barco y de la tripulacion. En un mercante, el capitan es el responsable y se exige que vaya abordo, pero no es el el que lleva el timon. Yo he llegado a puertos con un amigo en su barco, la maniobra de atraque la hizo el dueño del barco, que no tenia entonces titulacion, la GC estaba en el muelle para tomar datos de la documentacion viendo la maniobra, otro amigo era el titulado y simplemente preguntaron si habia algun patron abordo, el titulado mostro su titulo, revisaron los papeles del barco, y todo en regla, dieron las buenas tardes y se marcharon. No se preocuparon de quien manejaba el barco. ![]() |
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#2
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¿Si tu llevas un coche y no tienes carnet no importa si el acompañante lo tiene? Un patrón es el unico que puede llevar el barco de recreo. Cualquier patrón que tenga titulación para llevar esa embarcación. |
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#3
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De todos modos no tiene nada que ver el codigo de circulacion en carretera con el codigo de circulacion en el mar. ¿Que es llevar un barco, conducir un barco?, ¿Manejar el timon, elementos de propulsion, etc? Si fuese asi, solo el patron podria manipular las velas. Esto lo digo porque creo recordar que alguien lo pregunto en las clases teoricas del PER, pero de esto hace ya unos años y no me acuerdo. El proximo día que vea al profe, se lo pregunto. |
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#4
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Una cosa es "Gobernar" o "Patronear" la embarcación, eso lo debe de hacer el patrón. Echar el ancla, manipular velas o servir las cervezas heladas(Acción esta ultima de vital importancia), no tiene porque hacerlas el patrón, la puede hacer cualquiera de la tripu que sepa. De todas maneras lo que tu dices, cuando veas al profe le preguntas. Saludos. |
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#5
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.(A ver si no nos pillan hip .) |
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#6
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Este tema esta fuera de lugar, pero si quereis pensar un rato..... ok vamos a pensar. UN BARCO Y ESTO VA PARA LOS DOMINGUEROS!!!! NO ES UN COCHE JODER. ES UN TROZO DE PAIS!!! DE HAY LA BANDERA Y DE HAY QUE EL PATRON HAGA DE CURA, JUEZ, MEDICO.... UN BARCO SE GOVIERNA NO SE CONDUCE. POR ESA REGLA DE TRES TODO POLITICO, ALCALDE O REY TENDRIA QUE SER ASTEMIO POR NECESIDAD. JODER CREO QUE HEMOS PERDIDO EL NORTE COÑIOOOOOOOOOOOOOOOOOOO.
Y NO ME SEAIS MAS DOMINGUEROS.....LA RESPONSABILIDAD EN UN PATRON SE LE SUPONE COMO EN LA MILI Y PUNTO. QUE FALTA DE RESPETO!!!! ![]()
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A barco nuevo, capitan viejo.
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#7
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![]() ![]() Aanda, tomate una copita quinvito yo, ea! ![]() |
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#8
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pero la comparación con los coches es porque el que goBierna una embarcación de recreo de acuerdo con la ley del pais del que es un trozo, pedazo o porción (España en este caso) tiene que tener las atribuciones para ello. Es solo por eso el simil. Si te ha molestado me disculpo y te invito a unos roncitos de mi tierra .Pero chico no te calientes que te va a dar un infarto, y despues no vas a poder navegar y te quedas en el hospital. Venga, ¿Lo quieres con Pepsi o solo con hielo? ![]() .Bueno, para que despues no digan estan todos invitados. ¡¡Hoy tiro la casa por la ventana!! ![]() ![]() |
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#9
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invito yo... con alcohol y en mi barco que gobierno yo . Y en el que mando YO cuando no esta la mujer, la ex, la amante y siempre y cuando que la radio este apagada .Pero lo dicho antes, no es del todo broma, creo que las "leyes" se estan pasando muy mucho. Y es hora de que todos nos demos cuenta de que en aras de la seguridad se nos esta castigando por los derroches de otros. Y HAY QUE HABLAR CLARO. ir pensando en parar tanta tonteria. CUALQUIER DUDA SIEMPRE ES APROVECHADA POR LOS "LISTILLOS DE TURNO". es UNA METAFORA PERO " LA CANCION SE ESTA ENTONANDO". ![]()
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A barco nuevo, capitan viejo.
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#10
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- LA NAVEGACIÓN VA PAREJA AL ALCOHOL DESDE HACE SIGLOS. Sorry, es así. No sé qué tiene. Tantas horas de bañera, timón, guardia, esa "servesita" ese "vinito con esos callos". Joer, que se bebe, y mucho. Eso sí, algunos "intentamos" que la menos uno no vaya moco. ( o no muy moco, sólo un pelín...)
- HOY POR HOY NO HAY CONTROL DE ALCOHOLEMIA, afortunadamente, reconocido por la propia "beneplácita" en cordial charleta en una ocasión (porque ahí dónde los véis, son una gente acojonante, y lo digo en serio y sin pudor. Chavales enormes, buena gente, profesionales, marinos..en fin.. y se habla y se charla y se aprende. Un saludo desde aquí aprovechando la cosita ) y reconocieron que no se sopla - Y PATRÓN ES EL QUE SEA. independientemente de que sea o no el armador. Si no hay otro con titulación, pues el que la tiene. Si hay varios pues el que te convenga si te paran ( el sobrio, el mudo, el gay.. yo qué sé... el que te convenga ) y si no hay ni uno, pues sí, casi id pedos todos porque la follada está ya garantizada. Que la "beneplácita" es buena gente pero no gilipollas. Hale Besos y abrazos |
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#11
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Chico Enricacion.
Tienes razón en tu comentario, aunque aqui en Canarias todavia no hemos llegado a los callos, lo mas unos choricitos, eso si regados con buen ron de la tierra. .Saludos y un buen brindis con lo que se prefiera.¡¡¡Hay Barra Libre!!! . |
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#12
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Pues si amigos cofrades, tal como sospecha nuestro amigo Sanndro, a partir del 30 de febrero del 2011 entrará en vigor la nueva ley del mar, con disposiciones complementarias calcadas del Reglamento General de Conductores.
El resumen de estas disposiciones:
Una ronda de tila para crear hábito ![]() |
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#13
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#14
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¡¡GENIAL!! .Veo que se han olvidado de poner la helice de repuesto para Los Tractores y el asiento supletorio para niños. Glub , dejame no dar mas ideas....Saludos. . |
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#15
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![]() ![]() Mejor os callais y no déis ideas. ![]() ![]() ![]() |
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#16
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
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#17
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[quote=Landa70;884926]Este tema esta fuera de lugar, pero si quereis pensar un rato..... ok vamos a pensar. UN BARCO Y ESTO VA PARA LOS DOMINGUEROS!!!! NO ES UN COCHE JODER. ES UN TROZO DE PAIS!!! DE HAY LA BANDERA Y DE HAY QUE EL PATRON HAGA DE CURA, JUEZ, MEDICO.... UN BARCO SE GOVIERNA NO SE CONDUCE. POR ESA REGLA DE TRES TODO POLITICO, ALCALDE O REY TENDRIA QUE SER ASTEMIO POR NECESIDAD. JODER CREO QUE HEMOS PERDIDO EL NORTE COÑIOOOOOOOOOOOOOOOOOOO.
Y NO ME SEAIS MAS DOMINGUEROS.....LA RESPONSABILIDAD EN UN PATRON SE LE SUPONE COMO EN LA MILI Y PUNTO. QUE FALTA DE RESPETO!!!! [/quoteEstoy contigo y contigo brindo Salut i Ron ![]()
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Creo que hay solo dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Del universo no estoy muy seguro. (Albert Einstein) La voile : C'est le moyen le plus lent, le plus cher, le plus inconfortable, pour aller d'un endroit où on est bien vers un autre où l'on n'a rien à faire. (Eric Tabarly) Navegar no es un lujo, es un derecho ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Capitanmorgan777 | ||
Landa70 (20-08-2010) | ||
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#18
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En lo personal, no me gusta tomar y navegar, mas allá de unas cervecitas fondeados. Apenas me alcanza la lucidez que tengo sobrio... ![]() |
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#19
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Si es que lo sabía, estamos dando ideas… habéis leído el BOE de hoy, pues nada que se ve que algún legislador ha leído lo de la utilidad del casco homologado (brillante idea del Capitán Trucho)
, aducen en el texto que por si acaso nos encontramos con tempestad de granizo… En resumen que lo han añadido a la lista que entrará en vigor el 29/02/2011, según decreto 01-29/02-2011. Si alguno de vosotros tiene “mano” que pregunte (a quien corresponda) si sirve uno de moto aunque sea viejo… que país.Tabernero otra ronda a mi salud que hay que alegrar las penas ![]() |
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#20
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
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#21
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Pues yo ya he leido ese BOE
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A barco nuevo, capitan viejo.
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#22
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Con lo que cuesta tener el barco en regla y mantenerlo.......
y todavía os queda pasta suficiente para poder dar positivo en un control de alcoholemia ..... , con lo caro que se ha puesto el ron y demás ........ Cada día alucino (de alucinogeno) más ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#23
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Cita:
![]() ![]() Tener un accidente, implica una responsabilidad, la carcel no fue por ir borracho, fue por la negligencia, lo de ir borracho es una circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, es decir, si eres negligente vas a la carcel, si además, estas borracho....puede que vayas algo más, pero no vas a la carcel por ir borracho patroneando un barco, buque o similar por grande o dedicado a lo que sea, como dije antes, vas a la carcel por una negligencia tipificada en el codigo penal del pais donde radique el hecho ocurrido. Despues de este apunte, deciros que beber no esta prohibido en España asi como en la mayoria de los paises, excepto en los musulmanes que lo tienen prohibido por religión, no es el caso que nos ocupa, pues bien, yo pienso y digo "pienso", que mientras la cogorza no sea notoria, no creo que nadie proponga para sanción por un ilicito que no esta tipificado en ningún texto legal, otra cosa es que algún patron ebrio decida ser el rey de su barco y con la chuleria de ser el que manda pretender que puede hacer lo que quiera, claro, llega el que tiene que revisar cualquier aspecto de la embarcación y como te pasas de chulo, sin duda debido al estado de embriaguez, pues te da donde te duele....que si no llevas el valde apagafuegos que si el pabellón esta deteriorado, que si la mayor la llevas muy trincada, joder.....es de logica, te cabreas, vuelvo a insistir que como vas ebrio es muy facil cabrearte, y acabas diciendo lo que no debes aunque si quieres y el Agente que interviene es cuando aprovecha que lo estas insultando y te imputa una falta o un delito por lo que estas haciendo, insultarlo, amenazarlo y lo que sea, que eso si esta tipificado, pero beber y gobernar una embarcación de recreo....no lo he leido en ninguna parte. PD. No he leido todo el post, no se si alguien sabe si esta tipificado en alguna legislación. ![]() ![]() ![]()
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Somos los hijos malditos de la historia, desarraigados y sin objetivos. No hemos sufrido una gran guerra, ni una depresión. Nuestra guerra es la guerra espiritual, nuestra gran depresión es nuestra vida. Crecimos con la televisión que nos hizo creer que algún día seriamos millonarios, dioses del cine o estrellas del rock, pero no lo seremos y poco a poco lo entendemos y eso hace que estemos, muy, muy cabreados.
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#24
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![]() MUY ILUSTRES COFRADES:Siento aguaros la travesía, pero demás de que el uso intensivo de alcohol a bordo es perjudicial para la salud, os recuerdo o informo que si haces o te pasa algo tras haber levantado el codo, habrás cometido una infracción de las contempladas en la Ley 27/1992 de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que ya en su artículo 8 dice que es de aplicación a las embarcaciones de recreo por cuanto las considera “flota civil”, que en su artículo 6 dice que es considerada a los efectos de la Ley como marina mercante. Para que no os perdáis en la Ley, os pongo un pequeñito resumen. Prestar atención a lo caras que pueden salir unas cervezas: de 60.000 a 901.518 eurazos. Pues da lo mismo que se bufe el capitán de un metanero en medio de niebla que el titulín de una zodicac a las 12 del medio día de una jornada soleada y mar en calma o que el dominguero veraniego sin título con un casco de menos de 4 metros. La ley aplicable es la misma, aunque, lógicamente, la sanción será proporcional al peligro o resultado. Artículo 114. Infracciones leves. Son infracciones leves las acciones u omisiones que, no teniendo la consideración de infracción grave o muy grave, por su trascendencia o por la importancia de los daños ocasionados, estén tipificadas en alguno de los siguientes supuestos: 3. Infracciones contra la Seguridad Marítima.
Artículo 115. Infracciones graves. Son infracciones graves las acciones u omisiones tipificadas en el artículo anterior, cuando supongan lesión a alguna persona que motive baja por incapacidad laboral no superior a siete días, o daños o perjuicios superiores a las doscientas mil pesetas e inferiores a un millón de pesetas, las que pongan en peligro la seguridad del buque o de la navegación, la reincidencia en cualquiera de las faltas tipificadas como leves antes del plazo establecido para su prescripción y, en todo caso, las siguientes: 2. Infracciones contra la seguridad y protección marítimas. ![]()
Artículo 116. Infracciones muy graves. Son infracciones muy graves las acciones u omisiones tipificadas en los artículos 114 y 115 anteriores cuando ocasionen lesión a alguna persona que motive baja por incapacidad laboral superior a siete días, o daños o perjuicios superiores al millón de pesetas, las que pongan en grave peligro la seguridad del buque o de la navegación, la reincidencia en cualquiera de las faltas tipificadas como graves antes del plazo establecido para su prescripción, y en todo caso las siguientes: 2. Infracciones contra la seguridad marítima.
SANCIONES APLICABLES. Artículo 120. Multas y sanciones accesorias. 1. Las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 10.000.000 de pesetas. 2. En el caso de infracción grave, la sanción será: En las infracciones contra la seguridad marítima, multa de hasta 30.000.000 de pesetas.
![]() BRINDO CON TODOS VOSOTROS, PERO CON GASEOSA![]() ![]()
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![]() !!! YO TAMBIEN TENGO ROTO EL SENSOR DEL TRIM DE VOLVO !!!
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#25
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Cita:
![]() , la murta va en funsión de la piña que te pegas y no de lo que ta hayas bebido.. . O sea que si bebes mucho y te pegas una piña chica es mejor que si bebes poco y te pegas una piña grande. ![]() ..y solo estamos a lunes.....ONDIA, que semana.... ![]() ![]() ![]() ![]()
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
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