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  #1  
Antiguo 25-08-2010, 18:13
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

En Valencia son 7.26 euros te la dan en el momento y vale 5 años para todas las aguas nacionales.
Creo que el armero te ha atracado
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  #2  
Antiguo 25-08-2010, 19:03
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

que sepa yo,se ha preguntado por Inscripción Libro 2º de buques>
y no por la licencia individual
saludos
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  #3  
Antiguo 25-08-2010, 22:58
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

Cita:
Originalmente publicado por avefria Ver mensaje
por la décima parte?
que sepa yo la autorización para el barco es gratis
me parece que el habla de licencia de pesca individual, no del permiso de la embarcacion.
Cita:
Originalmente publicado por aviador Ver mensaje
Yo tenía una licencia de pesca recreativa que me caducó en Julio, me la renové y todo lo que pone en el nuevo documento son : mis datos personales, el importe 40´45 e. validez hasta el 12.07.2014, tipo R 4, que tiene que ir acompañada del DNI y que tiene validez en aguas marítimas en todo el Estado español y en aguas internacionales.

Para nada aparecen reglamentos ni tan siquiera se habla de la necesidad de conocerlos. Por que creo son reglamentos y no leyes.

Saludos y tragos
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  #4  
Antiguo 26-08-2010, 12:00
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

Hola,

por aquí la licencia de pesca en superficie creo que ronda los 3.5 - 4 €.

Hay un tema que habéis sacado que desconozco.

Hay que pedir algún tipo de licencia o permiso de pesca para el barco en cuestión?


gracias y saludos!

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  #5  
Antiguo 26-08-2010, 16:09
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

Cita:
Originalmente publicado por algorri Ver mensaje
Hola,

por aquí la licencia de pesca en superficie creo que ronda los 3.5 - 4 €.

Hay un tema que habéis sacado que desconozco.

Hay que pedir algún tipo de licencia o permiso de pesca para el barco en cuestión?


gracias y saludos!

otra vez???

si lees detenidamente lo que se redacta,sabrás que es obligatorio sacar una autorización para que el barco pueda realizar la pesca deportiva,y si no lo sacas será para paseo
saludos
p.d.solicitar la autorización es gratisssss
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  #6  
Antiguo 27-08-2010, 01:18
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

Hola,

Donde se solicita esta autorización?


gracias!
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  #7  
Antiguo 27-08-2010, 04:40
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

Pues buscando el tema de he llegado a ver que en Catalunya hay varios tipos de licencias y tasas:


---------------------
Licencia de pesca recreativa de superficie


Es una autorización para la práctica de la pesca recreativa (no profesional) en aguas continentales y marítimas superficiales desde tierra o desde una embarcación con cualquier utensilio autorizado para este tipo de pesca.
Hay diferentes tipos de licencia recreativa de superficie:
  • R1: licencia recreativa de un año de duración.
  • R2: licencia recreativa de dos años de duración.
  • R3: licencia recreativa de tres años de duración.
  • R4: licencia recreativa de cuatro años de duración.
  • RM: licencia recreativa de menores. Gratuita para las personas menores de 14 años. Tiene una vigencia de cuatro años.
  • RJ: licencia recreativa para jubilados. Válida para personas que acrediten estar jubiladas. Es gratuita y tiene una vigencia de cuatro años.
  • RD: licencia recreativa para discapacitados. Gratuita para personas que acrediten estar en situación de invalidez permanente total o absoluta. Tiene una vigencia de cuatro años.




PlazosSe puede solicitar en cualquier momento.




DocumentaciónDocumentación que se debe adjuntar a la solicitud:
  1. La fotocopia del DNI.
  2. En l caso de menores de 16 años se debe presentar la autorización expresa de la persona representante legal y su fotocopia del DNI o fotocopia del libro de familia o certificado del registro civil.
  3. Si la persona solicitante está jubilada o en situación de incapacidad permanente total o absoluta, debe aportar la fotocopia de la resolución o el certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
  4. En el caso de solicitar la licencia por Internet:
    • Si la persona solicitante es mayor de 16 años y no está exenta de pago de la tasa, no es necesario que acredite ningún requisito ni presentado ninguna documentación si solicita la licencia de pesca a través de este portal.
    • Si la persona solicitante es menor de 16 años o tiene la condición de jubilada o está en situación de incapacidad permanente total o absoluta y presenta la solicitud por Internet no es necesario que presente ninguna documentación siempre que, previamente, se haya registrado a la OVT.




Requisitos
  1. Si la persona que quiere solicitar la licencia es menor de 16 años debe disponer de la autorización de la persona que legalmente la representa.
  2. No se ha tener inhabilitación para el ejercicio de la pesca recreativa.
  3. Se debe haber abonado el importe de las multas por infracciones previstas en la Ley de pesca marítima de Cataluña 1/1986 de 25 de febrero de 1986 y la Ley de pesca marítima del estado 3/2001 de 26 de marzo de 2001.




Tasas
  1. Vigencia de 1 año: 15,05 €
  2. Vigencia de 2 años: 26,25 €
  3. Vigencia de 3 años: 37,45 €
  4. Vigencia de 4 años: 44,95 €
La licencia es gratuita para los/las menores de 14 años, las personas jubiladas y las disminuidas que lo puedan acreditar documentalmente. Si se realiza el trámite por Internet, se aplica una bonificación del 10%.




Otras informacionesEsta licencia es válida en las aguas marítimas de todo el Estado español y en las aguas continentales de Cataluña.




----------------------

Licencia de pesca subacuática


La licencia es una autorización para la práctica de la pesca recreativa submarina, no profesional. Se considera pesca subacuática o submarina aquella que se realiza a través de inmersiones a pulmón libre, sin utilizar equipos autónomos o semiautónomos ni de ningún otro tipo que permitan la respiración en inmersión.


Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
  1. Fotocopia del DNI
  2. Certificado médico oficial donde se haga constar que la persona solicitando reúne las condiciones físicas necesarias para la práctica de la pesca subacuática.
  3. Si la persona solicitando es menor de 16 años, autorización expresa de su representante legal, fotocopia del DNI del mismo/a y fotocopia del libro de familia o del certificado del Registro Civil que acredite la representación legal.
  4. Si la persona solicitante está jubilada o en situación de incapacidad permanente total o absoluta tiene que presentar la fotocopia de la resolución o el certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS).




Requisitos
  1. Si la persona solicitante es menor de 16 años, debe disponer de la autorización de su representante legal.
  2. No se puede estar inhabilitado para el ejercicio de la pesca recreativa.
  3. Si ocurre, se debe haber abonado el importe de las multas por infracciones contempladas en la Ley 1/1986, de 25 de febrero de 1986, y la Ley 3/2001, de 26 de marzo de 2001.
  4. La acreditación de los requisitos no requiere ningún desplazamiento de la persona interesada, en caso de que la tramitación se haga a través de la Oficina Virtual de Trámites.




Tasas15,05 €.
La licencia es gratuita para las personas menores de 14 años, las personas jubiladas y las personas con disminuciones.




Otras informacionesEsta licencia es válida en las aguas marítimas de todo el Estado español.







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Licencia de pesca recreativa colectiva


La licencia de pesca recreativa colectiva es una autorización para la práctica de la pesca recreativa colectiva que no sea profesional. Tiene una duración de uno a cuatro años y puede englobarse en grupos de hasta 10 personas o más de 10 personas. Esta licencia es válida en las aguas marítimas de todo el Estado español.
La licencia tiene una duración de uno, dos, tres o cuatro años.


Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
  1. DNI de la persona que hace la solicitud.
  2. NIF de la sociedad y el DNI del administrador/a.
  3. Despacho de la embarcación y certificado de navegabilidad.
  4. Documento en el que se concreta el número máximo de acompañantes. Este hecho puede indicarse en el mismo formulario de solicitud.
  5. Copia del seguro de la embarcación.




Tasas

  1. Las tasas para la licencia con una duración de un año son:
    • Hasta 10 personas: 93,50 €
    • Más de 10 persones: 186,90 €
  2. Las tasas para la licencia con una duración de dos años son:
    • Hasta 10 personas: 186,90 €
    • Más de 10 personas: 373,60 €
  3. Las tasas para la licencia con una duración de tres años son:
    • Hasta 10 personas: 280,20 €
    • Más de 10 personas: 560,30 €
  4. Las tasas para la licencia con la duración de cuatro años son:
    • Hasta 10 personas 373,60 €
    • Más de 10 personas: 747,00 €
__________________
Que podamos hacer el máximo de cosas que nos guste, y que podamos tomarnos unas copichuelas, juntos, donde yo me ría de mi y tu de ti, y al final nos riamos el uno del otro porque hayamos llegado a la conclusión que nadie es mas que otro y que nadie es nada, y que todo lo implantado para que se rompa esta conclusión es una farsa, y si creemos en la felicidad ajena y nos alegramos que los demas sean felices, cada cual a su manera, seremos personas.

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  #8  
Antiguo 27-08-2010, 08:43
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

Cita:
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Hola,

Donde se solicita esta autorización?


gracias!
si eres del pais euskalerria

aquí tienes este link para solicitarlo
http://www.nasdap.ejgv.euskadi.net/r...Reg_barcos.pdf

esta autorización se saca una sola vez y te vale para siempre,gratis

saludos
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