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#1
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Hola a todos y gracias por aportar experiencias y opiniones!
Ante todo, quisiera aclarar una vez más las intenciones del hilo, ya que la intervención de Capitan Trucho en este y otro hilo que ha abierto da a pensar que aquí se trata de arremeter contra Aduanas, Nada más lejos de la verdad: repito lo citado al principio del hilo (subrayo ahora en negrita), esperando aclarar ya este punto: Cita:
De la gran mayoría de vuestras experiencias, sale que si es cierto que te pegan un susto de muerte, pocas veces las cosas van más allá de este primer contacto. Obviamente, la actuación de Aduanas, para ser efeciente, reposa en la rápidez y el efecto sorpresa. No me los imagino enviando a un sospechoso una notificación oficial con acuse de recibo avisando de su llegada y que, por favor, tengan la bondad de no hechar la mercancía por la borda antes de su inspección. Lo mismo con la orden judicial (si resulta ser cierto que el barco se considera morada, igual se considera "transporte", al igual que un coche o un camión): estando como estan en plena mar oteando el horizonte no pueden suspender sus actuaciones a la espera de un fax o de la llegada de un agente judicial. Si, como ciudadanos, queremos que sus intervenciones sean efectivas, hay que aceptarlo. Lo cual no significa que tengamos que aceptar también que se porten a bordo como un sherif del lejano oeste. En cuanto a eso último me imagino que hay varios casos: 1) el control de rutina (intervienen, piden documentación, una ojeada rápida y ya está: a la cara de la gente ya sabrán si algo pesa en su conciencia o en la sentina); 2) barcos sospechosos cuyo rastro van siguiendo durante cierto tiempo; 3) el soplo y, en este caso, puede que la intervención se haga más agresiva. Y, curiosamente, el hecho de que se trate de una familia no es un atenuante, al contrario: bajo esta apariencia de total respectabilidad, muchas mercancias de todo pelaje se habrán colado. Me acuerdo perfectamente un día en Tánger cómo la policía marroquí desmontó pieza por pieza el coche y todo el equipaje de una familia de turistas. ![]()
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Editado por IsladeMalta en 04-09-2010 a las 09:32. |
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#2
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Bueno aqui hay varias cosas.
Primero, creo que la forma de actuar de los aduaneros es proporcional a la información que manejen y por lo tanto a la amenaza percibida. Supongo que no es lo mismo abordar un barco en una inspección rutinaria para comprobaciones administrativas, que asaltar una embarcación que presuntamente va cargada de cocaina que lo mismo si te han dicho que vienen dos malayos de Al-Qaida con un pepino a bordo o 5 bulgaros buscados por asesinato o genocidas de vuelta de todo. En base a todo lo anterior se toman unas u otras medidas y se entrara de una u otra manera. Estoy razonablemente seguro que cuando les entraban así es porque estaban en medio de un asunto gordo, buscando algo muy concreto y peligroso y la manera de salir pitando sin decir ni pamplona es porque la información había variado sustancialmente al consultarlo por radio o habían recibido una nueva información. Eso por un lado, luego esta el tema de las disculpas, que en esos casos siempre es aconsejable especialmente cuando has metido la pata o la información es erronea, pero supongo que el hecho de que los Franceses no entendieran ni papa de Español unido a la prisa de los aduaneros tampoco ayudó nada a percibirlas si estas se hubieran producido. En cuanto al tema del registro y la inviolabilidad del domicilio, no es lo mismo abrir un tambucho,que pegarle una patada a una puerta de un camarote, no es lo mismo mirar por un portillo que entrar como Atila y revolverlo todo , y no es lo mismo hacerlo con permiso que sin él. Todas estas circunstancias son las que hay que evaluar en cada caso concreto y actuar de acuerdo a ellas como siempre y en todo, con sentido común ya que así es como lo tomaría el juez para ver si se ha producido un allanamiento de morada o no, así que la jurisprudencia no hay que leerla resumida ya que no siempre "Un camarote de un barco es morada" hay que leerlo todo, ver si el patrón vive en el barco, si está en el de vacaciones, si solo pasa en él el día o si el barco está abandonado, y otras muchas cosas que hay que evaluar en cada caso, para que este protegido por el derecho a la inviolabilidad del domicilio. Resumiendo, que no todo es blanco o negro, y además quiero resaltar la absoluta mayoría de abordajes que se han producido con extrema correción y respeto en contra de los pocos agresivos y violentos lo cual achaco , no a la persona que los produce sino más a la información que esa persona maneja y que nosotros desconocemos que le hace actuar de una u otra manera. |
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#3
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Cita:
Desde luego es muy triste que pasen estas cosas pero creo que la reacción del tripulante del velero no es la adecuada frente a las fuerzas del orden. Un saludo y buena proa. ![]() ![]() ![]()
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
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#4
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Me parece muy bien las opiniones vertidas aqui, pero las veo con falta de informacion de primera mano o conocimiento desde dentro- Porque si supierais como funcionan en realidad sencillamente os moriais. Simplemente os dire que hay gente muy profesional (pocas) y un mucho de rambos de pacotilla y lo se por lo veo desde dentro.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a hulk | ||
Mysticibiza (04-09-2010) | ||
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#5
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No quisiera extenderme mucho, ni meterme en caminos que no son acordes al espíritu de este foro. Así espero que se entienda y no de otra manera.
Defiendo en este caso la Constitución Española y voy a citar algunas frases de un artículo publicado en la prensa, escrito por : Roberto Gargarella, Jurista y Académico experto en DD.HH. , que espero no tenga a mal el extrapolarlos y usarlos por mi parte en este caso. Dice: " Un artículo de la constitución tiene un carácter inviolable e irrenunciable" "Las violaciones de derechos no se convierten en faltas menores por ser repetidos, en todos los casos podemos seguir diciendo que estamos frente a faltas de la mayor gravedad, que merecen respuestas severas por parte de nuestro aparato legal." "Los derechos no encuentran su límite en la necesidad primitiva de asegurar el interés común. Es justamente al revés : los derechos están en el centro y todo lo demás que queramos hacer, podrá hacerse, o no, en la medida en que hayamos asegurado, primero, los derechos básicos de todos." "Ningúna política pública es permisible, en la medida en que no esté destinada a asegurar, directamente, la previa satisfacción de esos derechos básicos. Todas las políticas encuentran su límite al colisionar con derechos fundamentales." "Toda actuación debe estar conforme a derecho" Las políticas en lo referente al trafico de estupefacientes, armas, personas, capital, etc. y otras de fiscalidad, seguridad, etc. y todo reglamento, norma, directirz o procedimiento de actuación derivado de dichas políticas, deben defender en primer lugar todos los derechos fundamentales y no entrar en colisión con ellos. Y esto es irrenunciable porque sino no defenderíamos a los ciudadanos. Dejando esto ya y volviendo a los enlaces anteriores. Según la doctrina del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, cito: " Se entiende por domicilio cualquier lugar cerrado en le que transcurra la vida privada individual y familiar, sirviendo como residencia estable o transitoria." " La protección constitucional del domicilio tiene por finalidad garantizar ese ámbito de privacidad e intimidad". Y esto debe ser interpretado siguiendo la misma doctrina, de la manera más amplia y siempre de la manera más favorable para el afectado. Así pues : " Domicilio puede ser: Inmueble o mueble, permanente o eventual, convencional o no. Ejs.: Habitaciones de hotel, coche-remolque (roulotte), tienda de campaña, choza, caseta, camarote, departamento de coche-cama de tren, etc. Así pues en mano de cada uno está obrar como crea necesario para defender los derechos fundamentales de las personas, o no, y dejar así en manos de políticas y costumbres que perdamos lo más grande que tenemos y lo que es peor, que nos acostumbremos a ello. ![]() Editado por wiper en 04-09-2010 a las 18:37. |
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#6
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Pues rebuscando por ahí, mira lo que he encontrado..
![]() Cita:
![]() ![]() ![]() Aunque solo sea para evitar que te termines de fumar el porro, o tires "la china" al mar. ![]() ![]() ![]() ![]()
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. Editado por Capitán Trucho en 04-09-2010 a las 18:32. |
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#7
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Abordar el estudio de los derechos constitucionales, la inviolabilidad del domicilio y el conjunto de Derechos Fundamentales, en especial los del capítulo II de nuestra carta magna que gozan de la protección especial del artº 53 de la CE, no solamente me parece fenomenal, sino que contribuye a la conciencia general de su defensa. A ver si con el andar de la historia resultan menos violados.
En el procedimiento de inspección, visita, paso inocente, persecución etc. que me parece es el abordado de forma nuclear en este hilo , hay ciertas diferencias, no de contradicción o pugna de derechos fundamentales, pero sí tienen el peso del histórico derecho del mar, que no se puede evitar y que es el derecho aplicable al caso planteado. En el 99 % de los casos de inspección de un habitáculo en un buque (de recreo o mercante, da lo mismo en este caso) los inspectores solicitan permiso para subir y los patrones se lo permiten, porque si uno se niega a la realización de la visita, "ex ante" es decir antes de realizarse, puede el buque militar, inmobilizar el inspeccionado, conducirlo a puerto y aguardar la autorización judicial, los días que hagan falta, siempre bajo sospecha fundada de comisión de un delito, claro, sospecha que no se disipa hasta la práctica de la inspección. El caso contrario sería evitar una inspección a base de esgrimir un derecho fundamental, que no se olvide, todo derecho fundamental tiene sus límites. Nada impide que una vez practicada la inspección se denuncien los hechos, en el ámbito de derecho fundamental de la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la CE si ha existido fundamento razonable para ello. El derecho de visita lo pueden practicar los buques autorizados del estado riberiño, no solamente en zona económica exclusiva, sino que en ciertos casos, en aguas internacionales (reducidas desde la aplicación del ámbito de ZEE), todo depende del delito que se persiga: esclavitud, estupefacientes, emisiones radio y tv, etc. En efecto, domicilio es un concepto que se extiende al lugar de la práctica de la vida íntima de la familia, aunque sea en una tienda de campaña. No acabo de ver la razón para prohibir la inspección. parto de la base que el ánimo colaborador pueda contribuir a la protección de la seguridad de mi persona y mis bienes que le reclamao a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Eso sí, con los debidos modales que se los han enseñado y que algunos, como en todo lugar, se empecinan en no aprender. ![]() ![]() ![]()
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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos. (Fernando Pessoa -1931) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jangada | ||
Capitán Trucho (04-09-2010) | ||
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#8
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Cita:
![]() Si señor, se puede decir más alto pero no más claro.![]() ![]() ![]()
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
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#9
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Cita:
Voila mi modesta opinion. De entrada hay que tenerlos cuadrados para negar el abordaje a un grupo fuertemente armado investido del principio de autoridad y siendo uno a priori el "malo" de la película. El principio de presunción de inocencia es una patraña. Esto es de una evidencia tan aplastante que es un insulto a la inteligencia, incluso a la del más tonto que uno se pueda imaginar, el pensar lo contrario: ¡coño, me aborda un grupo armado... y lo hacen estando convencidos de mi presunción de inocencia! . Si realmente eso fuera así no habría abordajes infuctuosos por parte de las fuerzas de seguridad: irian sobre seguro y no dando palos de ciego "a ver si son estos". Pero desgraciadamente hoy por hoy es lo que hay. Si se tiene el aplomo y el suficiente desapego por la vida como para negarse a un registro en tu domicilio (léase embarcación) alegando tu derecho fundamental a la libertad, inviolabilidad y presunción de inocencia, y tal y pascual... y consigues que te lleven a puerto, todo entero, a esperar los días que haga falta hasta conseguir la orden judicial para registrar tu camarote... ¿qué es lo que se supone que vas a hacer durante ese tiempo? ¿te van a dejar hacer turismo por la ciudad? pero... ¿y si te escapas? ¿vas a estar detenido? ¿Confinado en tu barco? ¿en el calabozo? ¿cuantos días detenido? Y una vez transcurridas las... ¿72 horas en el peor de los casos? ¿en qué quedaría la cosa?... ¿disculpas mil, Ud. perdone? Si a mí, que soy ciudadano de bien, me aborda la autoridad porque sospecha que estoy cometiendo flagrante delito, resulta que no pienso que me estan protegiendo, ni a mí ni al resto de la comunidad, sino todo lo contrario. Ahora bien; si yo tuviese que ejercer ese trabajo sin la certeza de que el barco que voy a abordar es de "los malos", como suele ser casi siempre... también lo haria bajo la presunción de que en ese barco están los malos armados hasta los dientes: ya lo decía mi abuela; "quien da primero da dos veces". Y lo haría aceptando la simpatía que me granjearía por parte de personal inspeccionado; serían gajes del oficio. Así que "sentaditos y sin rechistar" ¿Ein? ![]() |
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#10
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Hombre Capitan Trucho, si ven tu jeta seguro que tienen "el conocimiento fundado por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que les lleve a la constancia de que se está cometiendo o se acaba de cometer alguno de los delitos que, en materia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, castiga el Código Penal, siempre que la urgente intervención de los agentes sea necesaria para impedir la consumación del delito, la huida del delincuente o la desaparición de los efectos o instrumentos del delito." y te van a mirar incluso los cagaos del gallumbo,
![]() Pero de ahí a generalizar una práctica de por se super restringida por la C.E. me parece que hay un trecho y yo edemás tengo cara de buenin, un poco toca pelotas pero buenin. ![]() ![]() ![]() |
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#11
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Cita:
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#12
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Estimado Jangada, ningún derecho fundamental tiene su límite, ese es el error. Son los derechos fundamentales el eje principal y no al reves.
"porque si uno se niega a la realización de la visita, "ex ante" es decir antes de realizarse, puede el buque militar, inmobilizar el inspeccionado, conducirlo a puerto y aguardar la autorización judicial, los días que hagan falta, siempre bajo sospecha fundada de comisión de un delito, claro, sospecha que no se disipa hasta la práctica de la inspección. El caso contrario sería evitar una inspección a base de esgrimir un derecho fundamental" Efectivamente te pueden insinuar eso, y es cierto, pero eso tambien tiene nombre. Además recordemos que le registro debe realizarse de manera que disturbe lo mínimo necesario y debe estar perfectamente justificado ante el juez. La negativa a ser inspeccionado no es motivación, la motivación es previa a la solicitud y debe estar perfectamente documentada y razonada. Ser embarcación de recreo y disponer de una directriz u orden superior en la que se le diga que tienen que registrar embarcaciones de recreo de manera generalizada y sin sospecha fundada de comisión de delito, no es motivación para solicitar a un juez orden de registro que permita vulnerar un derecho fundamental. Ser embarcación de lista 6º o 7º no puede ser motivo de sospecha fundada. Tampoco en los mercantes se puede entrar en la parte habitable. Si toda embarcación de recreo se negase, molestasen al juez y al secrretario judicial y a ellos mismos, saturando de solicitudes mayoritariamente inefectivas los juzgados, aparte de forzar una situación para que no toda embarcación de recreo fuese considerada sospechosa, daría pie a la mejora de los procedimientos y comportamientos, aumentaría la efectividad real, ahorro ecómico y de medios, mejorando su visibilidad y opinion pública. Otra cosa es que a algunos les parezca mal que su espacio o franja de poder y presupuesto sea reducido en un futuro y pretendan mantenerlo a base de estadistica. Las políticas de persecución y protección mejorarían y serian menos primarias en busca de una falsa efectividad. Personalmente me molesta que se me considere sospechoso a priori y que mi vida privada o social, sea afectada por ello, es una intromisión que no acepto y me parece un abuso de las direcciones generales y otros organismos. Me parece que nos estamos acostumbrando mal y que el hecho pedir a los ciudadanos que renuncien a uno de sus derechos fundamentales , que por eso esta así consagrado, y se dejen registrar se ve o pretende que se vea como si fuese una pequeña molestia a favor de una pretendida seguridad, cuando la verdad es que es una intromisión grave en la vida de las personas, insegura juridicamente y no otra cosa. Vuelvo a repetir por esta última razón es un derecho fundamental e irrenunciable, por ser una intromisión grave en la vida de las personas y su libertad. Que nadie pretenda engañarnos. La entrada y salida por patas en el buque frances eje desencadenante de nuestra charla es una cagada de primer nivel, imperdonable y terriblemente grave. Creo que nos iria mejor a todos sinceramente. ![]() Editado por wiper en 04-09-2010 a las 20:54. |
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#13
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Cita:
![]() Abundando sobre este punto desde una perspectiva anglosajona: (traducción libre, perdón por el estilo) "La Constitución (EE.UU.) es una limitación al Gobierno, no a los individuos (ciudadanos)... no describe la conducta del ciudadano, si no la conducta del Gobierno... no es una garantía de fuerza para el Gobierno, si no una garantía para la protección del ciudadano contra el Gobierno". Ayn Rand (1905-1982) ![]()
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rookie EC2ALV "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre" Sebastian Castellio, Contra Libellum "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982) |
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