La Taberna del Puerto Freedom sea
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

 
 
Herramientas Estilo
  #26  
Antiguo 10-09-2010, 12:32
Avatar de Jangada
Jangada Jangada esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 29-10-2008
Localización: Atlántico 2 a 5 ° S
Edad: 70
Mensajes: 1,160
Agradecimientos que ha otorgado: 244
Recibió 628 Agradecimientos en 247 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: ¿Donde viene establecido que estemos obligados a matricular en España?

Cita:
Originalmente publicado por PROALMAR Ver mensaje
Hola amigos cofrades.
Me llamo Paco y soy un reciente sufridor de la larga,lenta y sobre todo COSTOSA BURROCRACIA ESPAÑOLA.

Acabo de adquirir un velero en el sur de Francia y claro, aparece la gran duda ¿abandero en españa o dejo bandera francesa?

Como somos amantes de pasear la bandera de los campeones del mundo de futbol decido abanderar en España sabiendo que, o pasar por el aro de un gestor ( mas de 600lereles) o pasas por el calvario de los tramites, hacienda,capitania,comunidad,etc.

La sorpresa es cuando dimos de baja el barco en Francia.Nos llevó un total de 10 minutos hacerlo.Vamos a aduanas,sellan contrato de compraventa,hablamos del mundial de futbol y me dan el certificado de baja.
Pero antes de dármelo me comenta el funcionario frances...¿de verdad quieres cambiarlo de bandera?......OSTRAS.....¿PORQUE ME PREGUNTA ESTE TIO ESTO?...

Bueno yo le digo que claro que estoy obligado y el me indica que ya está bien de engañarnos. Me dice que hace poco ha salido una normativa europea (pido perdon pero no recuerdo el dato exacto) que acaba con la obligacion de CAMBIAR de bandera ya que va contra la filosofia de la comunidad y te permite mantener la bandera aun residiendo en España. Me indica que ya ha mandado a varias capitanias españolas la copia de esa normativa previa peticion de ciudadanos franceses que se vienen a vivir a España y les obligan a cambiar de bandera.
El unico requisito legal es justificar alguna relacion comercial o de residencia con el pais de la bandera del barco. Esta relación es suficiente con una cuenta corriente abierta en un banco frances o algo similar ya que la residencia es libre.

Todavia estoy culpando a la seleccion el haber ganado el mundial y de haberme metido en tramites en España....son impresionantes, es de locos, o pagas o te metes en un lio de narices.

Os ire contando pero hay que informarse bien para que no nos sigan tomando el pelo los funcionarios,

saludos
Paco
Yo, cofrade PROALMAR, no acabo de ver la relación entre una victoria deportiva española y al abanderamiento de una embarcación de recreo. Que no lo vea, por supuesto, no quiere decir, que en el ambito de la autonomía de la voluntad, no pueda ser el funadamento que uno utiliza para tal decisión administratriva de abanderamiento de su propuia embarcación, oiga!
Tampoco creo que los funcionarios nos tomen el pelo, más bien creo que la existencia de un sistema jurídico aplicable a la náutica deportiva obsoleto y perverso, se debe a la ineficiencia del legislador, es decir, los políticos. El funcionario al servicio del público (funcionario público) en general, con excepciones que confirman la regla, cumple su cometido por encima de la retribución que percibe.

Sobre las afirmaciones del funcionario al que aludes, decirte que son erróneas. La normativa europea de directa aplicación en los países miembros son los reglamentos. Ningún reglamento sobre náutica de recreo, en tal sentido, ha sido publicado.
Las dierctivas, son normas dirigidas a los estados miembros que deben ser aplicadas, según la propia normativa interna del estado miembro. De momento, lamentablemente, no se ha instrumentado en nuestro estado, normativa alguna procedente de una directiva, referente al abanderamiento. De momento hay que estar a lo dispuesto en el Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en la Lista séptima del Registro de matrícula de buques.
Que yo sepa, el nuevo Real decreto sobre abanderamiento que ha sido objeto de debate en este foro, todavía no se ha convertido en disposición normativa.
Así las cosas, puedo decirte que tu informante está confundido.

unas caipirinhas
__________________
Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
(Fernando Pessoa -1931)
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jangada
Mireia (10-09-2010)
 

Freedom sea

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 13:04.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto