![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Cita:
El vendedor no se ahorra nada pues no es su problema el pago del ITP. El ITP lo debe pagar el comprador, por lo tanto, es él (el comprador) quien se ahorra algo (o mucho) si declara lo más bajo posible (pero como mínimo lo que ponen las tablas). Saludos ![]() |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() ![]() ![]() :bo rracho: |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Cita:
Por lo tanto, el vendedor no se ahorra nada se ponga el valor que se ponga en el contrato de compraventa en el 99,9% de los casos. Saludos ![]() |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Dperez | ||
|
#5
|
||||
|
||||
|
Confirmado se paga la más alta.
Acabo de soltar la pasta, que en mi comunidad es el 5%, y en mi caso, del contrato. |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
Estaba confirmado desde la segunda respuesta. El % depende del Reino de Taifas, ¡¡huy perdón.....!! ..... Estado de las Autonomías en las que vivimos.... |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Acabo de comprobar que en Canarias es el 4% de la base de la Admisnitración tributaria, el programa en cuestion te calcula todo y te muestra cual debe ser el precio convenido de cara a estar dentro de las bases marcadas por la administración.
|
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
El concepto de este impuesto en sí me parece de lo más injusto, pero si además en cada sitio es distinto, ya apaga y vámonos. En fin, que si nos ponemos a discutir esto nos metemos en terrenos peliagudos que no son el fin del foro, pero llevo un cabreo que ni te cuento... |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|