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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Dperez | ||
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#2
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Confirmado se paga la más alta.
Acabo de soltar la pasta, que en mi comunidad es el 5%, y en mi caso, del contrato. |
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#3
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Estaba confirmado desde la segunda respuesta. El % depende del Reino de Taifas, ¡¡huy perdón.....!! ..... Estado de las Autonomías en las que vivimos.... |
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#4
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Acabo de comprobar que en Canarias es el 4% de la base de la Admisnitración tributaria, el programa en cuestion te calcula todo y te muestra cual debe ser el precio convenido de cara a estar dentro de las bases marcadas por la administración.
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#5
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Cita:
Puedes utilizar el programa si el barco en cuestión aparece, pero, en mi caso, como no aparece, no pude utilizar el programa, y tuve que hacerlo a mano comprando el impreso. Lo cual es una ventaja, ya que al no estar el barco en el listado (ni en el programa) no hay "mínimo" y pude poner el precio que a mí me parecía. Otra cosa es que lo comprueben por medio de una tasación, cosa que no creo que hagan (siempre que no pongas un precio extremadamente bajo). Saludos ![]() |
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#6
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El concepto de este impuesto en sí me parece de lo más injusto, pero si además en cada sitio es distinto, ya apaga y vámonos. En fin, que si nos ponemos a discutir esto nos metemos en terrenos peliagudos que no son el fin del foro, pero llevo un cabreo que ni te cuento... |
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#7
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HOLA,
yo entiendo que el pago lo hace el comprador, pero en casos que el vendedor y embarcación son de una comunidad autonoma y el comprador de otra, ¿donde hay que hacer el pago? Editado por cagarutas en 11-11-2010 a las 13:09. |
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#8
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El pago se hace en la comunidad autonoma, o provincia del comprador. Yo lo compre en Valencia, vivo en Alicante y tuve que liquidar en Alicante
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#9
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El pago hay que realizar en la comunidad autonoma donde se vaya a domiciliar la embarcación.
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#10
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Buenas tardes cofrades unas rondas ante todo
![]() ![]() ![]() Hoy he ido a transferir a mi nombre la swift craft MkIII (con la documentacion de un Yamaha de 55cv)que me he comprado. Despues de cubrir el modelo 620 y dejar las casillas de valoración y el porcentaje a pagar sin cubrir, al preguntarle a la funcionaria de turno que precio tenia que poner. Ella me pregunto la eslora de la embarcación y al decirle que era de 5.00m me dijo que en esas medidas no era necesario recurrir al BOE, simplemente con poner el precio de contrato era suficiente, fuese este mas alto o mas bajo. A eso el 1% (soy gallego). No se si la funcionaria estaba de buenas o es que como dice algun cofrade, hay en este pais 17 maneras de hacer las cosas Un saludo |
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#11
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Cita:
Eso es nuevo. Nunca había oído que una "cosa" tuviera domicilio.... El pago se hace en la Comunidad Autónoma (o Ciudad Autónoma) donde el sujeto pasivo (el comprador) tiene su residencia habitual, independientemente de donde haya sido la compra-venta, en donde esté matriculada la embarcación o en donde resida el vendedor. Y si reside en el extranjero, se paga a la Administración Central (Madrid). Saludos ![]() |
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#12
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Cita:
Dímelo a mí, que me sablearon 4.000 euros por el puto ITP. Y sobre el cachondeo de las autonomías, no me hables.... que en el Impuesto de Sucesiones (por la muerte de mi madre) me clavaron 40.000 euros, mientras que si hubiese vivido en el País Vasco (p.e.) no habría pagado ni un sólo euro. Y ahora que me diga alguien que esto es justo. ¡¡Mamomes!! |
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