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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Dale un vistazo al nuevo Real Decreto, que ha simplificado un monton el tema.
Solo tienes que esperar a 1º de año. Quince. El artículo 59 queda redactado de la siguiente manera: «Los buques y embarcaciones de recreo autorizados a navegar por la zona 4 deben ir provistas, como mínimo, de una instalación radiotelefónica de VHF de tipo fijo.» Dieciséis. El artículo 60 queda redactado de la siguiente manera: «Los buques y embarcaciones de recreo autorizados a realizar navegaciones por la zona 5 deben ir provistos de una instalación de VHF fija provista de radiotelefonía, o radiotelefonía y LSD. Se admite como alternativa la disponibilidad de un VHF portátil que cumpla con las prescripciones de estanqueidad aprobadas mediante la norma europea IEC 60529 IPX7.» Disposición final sexta. Entrada en vigor. Este real decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2011. Dado en Madrid, el 5 de noviembre de 2010. Saludos.
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
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#2
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Cita:
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