Buenos días estimados cofrades.
No sé si convendrá a estas horas, pero ahí van unas
Vamos al grano. El RD 1185/2006 (el reglamento de radiocomunicaciones, para entenderenos), dice en el Art. 23 punto 1 que "Los equipos radiotelefónicos bidireccionales portátiles de ondas métricas de banda marina (VHF) de los que vayan provistos los buques españoles, cumplirán con las especificaciones del SMSSM...", perteneciendo esto al apartado de Generalidades.
Por tanto, y estrictamente hablando, ninguna de las radios propuestas serviría. Sin embargo, se positivamente que algunas Capitanías las están admitiendo para Zona 5. Es cuestión de probar suerte y preguntar antes de comprarla. CUIDADO que no son admitidas en todas las Capitanías.
Saludos.