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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#21
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Al margen de chanzas chascarrillos y demás manifestaciones
de ignorancia, sobre el tema que nos ocupa: Cuando recibes alguien a bordo asumes toda responsabilidad sobre los daños causados a su persona, en caso de accidente o naufragio. La indemnización máxima por accidente y persona en mi póliza, es de 20.000.000 de ptas. Póliza con R.C. voluntaria además de la obligatoria (Total 1200€) Según tengo entendido los Jueces están señalando indemnizaciones del orden de 100.000.000 de ptas. en caso de muerte. Seguramente el muerto, si pudiera no te reclamaría nada; pero... y sus familiares y/o herederos ??? Es para pensárselo ??? __________________
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Por la confusión del turco. |
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