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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Ni con el aquagym
que me está dejando cinturilla de avispa (antes la tenia de abejorro) ![]() |
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#2
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Aqui les paso un plano de como quedan las aguas Canarias con la nueva ley.
![]() Seguiremos atentos al tema. .
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#3
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Unas
![]() , la cuestión es que en el derecho internacional donde se definen la titularidad de las aguas y el porque cuando un archipielago es un pais tiene jurisdicción sobre sus aguas interiores y cuando el archipielago no es un pais en si mismo esta jurisdicción no esta reconocida.Lo que quiero decir es que mucho me temo que podremos aprobar todas las leyes que queramos que no tendrán ninguna validez ya que no depende de nuestra legislación, sino de la internacional. Igual es un paso para conseguir algo a más largo plazo, digo lo de largo plazo porque nuestra diplomacia no se puede decir que sea muy rápida actuando. Por otro lado sobre la prospecciones entre Fuerteventura y la costa del Sahara esta no esta dentro de dichas aguas, aunque comno no tengo las coordenadas puede que me confunda. Bueno, que no es que este en contra de esa ley pero me parece que a corto no cambiara casi nada, pero seguro que expertos en derecho internacional del mar podrán aclarar estas dudas. Buena mar. |
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#4
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Pues si no me equivoco tienes razón, las prospecciones están fuera
de la zona. Saludos. |
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#5
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Pues si Capitan Resaca, por desgracia tienes razón.
Según he leido en varias publicaciones lo que han aprobado no sirve absolutamente para nada, bueno, es que no es nada. .Pongo un articulo de una publicación intentando quitar los temas politicos que salen en ella. Además, la disposición adicional de la flamante ley deja claro que las cosas no van a cambiar en modo alguno, cuando afirma lo siguiente: “El trazado del contorno perimetral no alterará la delimitación de los espacios marítimos de las Islas Canarias tal y como están establecidos por el ordenamiento jurídico español en virtud del Derecho Internacional vigente”. Pues eso. Actuación internacional Circunstancias que han quedado reafirmadas por las declaraciones efectuadas por el entonces ministro de Exteriores, Miguel Ángel Moratinos –quien señaló que esta ley “no cambia para nada la actuación internacional de España en materia de aguas internacionales”- y, más recientemente, por el vicepresidente Rubalcaba, asegurando que el Gobierno de Zapatero no iba a mover un dedo en el camino del reconocimiento de la comunidad internacional a esa presunta titularidad de las aguas por parte de nuestra Comunidad. “Nunca vamos a comunicar cambio normativo alguno, porque no lo va a haber”, dijo Rubalcaba, en expresa referencia a que el Ejecutivo estatal no va a comunicar nada a las instituciones internacionales que velan por el cumplimiento del Derecho del Mar Internacional, que pudieran modificar el carácter de aguas internacionales que existe entre Tenerife y Gran Canaria y entre Gran Canaria y Fuerteventura. Porque mientras el Gobierno español no declare como aguas jurisdiccionales españolas las actuales aguas internacionales interinsulares y se someta al arbitraje multilateral de los organismos del vigente Convenio Internacional del Mar no habrá cambios en este asunto. También Rubalcaba reconocía públicamente que el acuerdo alcanzado entre el PSOE y ATI-CC no va a suponer un incremento de competencias para Canarias. Ni siquiera sobre las actuales aguas de soberanía española (12 millas sobre el perímetro de cada isla). Para lograr mayores competencias sería necesaria la ampliación del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma y una modificación del Estatuto de Autonomía que en su artículo 2 debería contemplar a las aguas de jurisdicción española e incorporar nuevas competencias acordes a esa nueva realidad territorial. ![]() Sin comentarios .
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#6
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Cada vez se entiendo menos. Están locos estos romanos. ![]() Saludos. ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#7
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Cita:
En el caso de países contiguos, pues la equidistante a ambas costas... Saludos
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rookie EC2ALV "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre" Sebastian Castellio, Contra Libellum "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982) |
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#8
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Cita:
SSSSastamente, coincido Rookie, incluso además de reclamarla, muchos la ejercen. "Vide" el caso del Fletant Candá vs España. Lástima que el representante nuestro por España en La Haya, falleciera en Julio pasado, a los 62 años: Luis Ignacio Sánchez Rodríguez: D.E.P. ![]() ![]()
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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos. (Fernando Pessoa -1931) |
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#9
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Saludos y ron
Bueno se mueven muchisimos intereses económicos para muestra un botón. http://www.laopinion.es/canarias/201...io/320088.html Esperemos que a la nautica de recreo no nos toque mucho. Ron para todos ![]()
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Cuando hayas cortado el último arbol, contaminado el último rio y pescado el último pez, te darás cuenta de que el dinero no se puede comer.
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#10
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Está claro Ninbo.
Aqui todo se mueve por intereses economicos, no hay otra. .
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#11
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Todo esto es francamente interesante. Los que hemos estudiado algo de legislación para poder sacar algún "titulillo" tenemos (creo) ahora mismo una serie de interrogantes que hacen de este tema un buen pasatiempo.
verbigratia: Aguas Internacionales (aguas libres, alta mar...) son a partir de 12 m la C.A.Canaria no puede legislar en aguas internacionales (jurisdicción)... las Aguas Territoriales son hasta 12 m. las Aguas Territoriales son "bien demanial", o sea, "bien común" (de todos, ergo no solamente de los canarios en el caso del "Mar Canario") los intereses económicos se pueden reclamar hasta las 200 m a la comunidad internacional ¿por quién? pues por quien tenga personalidad jurídica internacional (IMO). O sea, el Estado español. No las CC.AA. ???? y así etc. etc. ![]() ![]()
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rookie EC2ALV "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre" Sebastian Castellio, Contra Libellum "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982) |
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