La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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Antiguo 20-12-2010, 16:15
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Predeterminado Re: Leasing y abanderamiento

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Originalmente publicado por akm1001 Ver mensaje
Quería matizar que el IVA a aplicar sería el francés, si el sujeto pasivo es residente en España y no tiene número de IVA intracomunitario. En el caso de estar de alta en el número de IVA intracomunitario, se le aplicaría entonces el IVA español.
Creo que estás confundido. El IVA a aplicar será en el pais donde tenga domicilio el titular. Si eres español, con DNI español, pagaras IVA español. Te lo digo porque el año pasado estuve estudiando pagar el barco con esta forma y me lo estudié y estaba claro lo que iba a pasar, lo que no sabía era cuando y a esto te ha contestado Nelson que será a partir de 2013 para particulares.

Rafa
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Antiguo 20-12-2010, 16:23
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Predeterminado Re: Leasing y abanderamiento

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Originalmente publicado por ROyOR Ver mensaje
Creo que estás confundido. El IVA a aplicar será en el pais donde tenga domicilio el titular. Si eres español, con DNI español, pagaras IVA español. Te lo digo porque el año pasado estuve estudiando pagar el barco con esta forma y me lo estudié y estaba claro lo que iba a pasar, lo que no sabía era cuando y a esto te ha contestado Nelson que será a partir de 2013 para particulares.

Rafa

Lo he estado mirando y parece ser qeu efectivamente el iva a pagar será, si eres español y residente aquí, el español. ¿pero no entraba en vigor en enero de 2011?
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  #3  
Antiguo 20-12-2010, 16:56
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Predeterminado Re: Leasing y abanderamiento

Dependiendo del tipo de embarcación que tengas pensado adquirir, valora también el importe del "Droit de passeport" , tasa de caracter ANUAL, función de la eslora y la motorización, que la Hacienda francesa parece ha empezado a exigir también a las entidades financieras que financian embarcaciones por leasing, aunque estén abanderadas y naveguen en OTRO país....

http://www.stw.fr/dt/display_dt.cfm?dt=895
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  #4  
Antiguo 20-12-2010, 17:39
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Lo he estado mirando y parece ser qeu efectivamente el iva a pagar será, si eres español y residente aquí, el español. ¿pero no entraba en vigor en enero de 2011?
Pues la entrada en vigor no lo se cuando será. En una respuesta mas arriba pone Nelson que para los particulares es 2013, pero no lo se.

Saludos
Rafa
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  #5  
Antiguo 20-12-2010, 20:22
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Predeterminado Re: Leasing y abanderamiento

Unas , si una empresa española (o un residente) compra algo en Francia NO paga el IVA, (lo paga y luego en la frontera te lodevuelven o si es una importación directamente el precio es sin IVA) si luego lo abandera en España ahí es cuando se paga el IVA, Creo que el problema esta en la necesidad de abanderar el barco en España y ahí hay que pagar el IVA y elimpuesto de matriculación.

Por otro lado en España un residente español puede alquilar un barco con bandera estranjera.

Otra cosa es que uno compre el barco se juegue 200.000 € y claro esto te puede funcionar una temporada al final estas dos años en un puerto aunque cada 5 meses te vayas, siendo español, seguro que alguien investiga un poco y al final estas haciendo creo que se llama fraude de ley, tu legalmente nunca podrias ser el propietario del barco frances sin tenerlo declarado etc etc .


Buena mar.
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