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Predeterminado Re: Leasing y abanderamiento

Unas , si una empresa española (o un residente) compra algo en Francia NO paga el IVA, (lo paga y luego en la frontera te lodevuelven o si es una importación directamente el precio es sin IVA) si luego lo abandera en España ahí es cuando se paga el IVA, Creo que el problema esta en la necesidad de abanderar el barco en España y ahí hay que pagar el IVA y elimpuesto de matriculación.

Por otro lado en España un residente español puede alquilar un barco con bandera estranjera.

Otra cosa es que uno compre el barco se juegue 200.000 € y claro esto te puede funcionar una temporada al final estas dos años en un puerto aunque cada 5 meses te vayas, siendo español, seguro que alguien investiga un poco y al final estas haciendo creo que se llama fraude de ley, tu legalmente nunca podrias ser el propietario del barco frances sin tenerlo declarado etc etc .


Buena mar.
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