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Antiguo 20-01-2011, 15:12
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IsladeMalta IsladeMalta esta desconectado
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Predeterminado Re: De bandera española a francesa

Algo más sobre el tema...
Aquí tienes la lista de los documentos que se tienen que aportar para una primera matrícula (francisación).
Lo he sacado de la web oficial: http://www.douane.gouv.fr/page.asp?id=84

Demande de francisation: esta es la solicitud
Fiche plaisance (imprimé d’immatriculation au nom de l’acheteur) Formulario de matriculación, para el comprador
Original et copie(s) de la facture et/ou de l’acte de vente (1) Original et copia de la factura o del contrato de compra-venta
Certificat fiscal (pour les navires de plus de 7,5 m achetés hors de France) este debe ser el documento que te pide el comprador: es la prueba que el barco está al día de sus obligaciones fiscales y tasas de importación si viene de fuera de la UE
Original de la déclaration écrite de conformité ( Navires « CE ») certificado CE
ou o bien
Attestation sur l’honneur reprenant la longueur de coque (Autres navires)
para los demás barcos una atestación redactada por tí certificando la eslora del barco
Original de la déclaration d’insubmersibilité (le cas échéant) declaración de insubmersibilidad si la tiene
Certificat de non-similitude de nom (pour les navires de 24 mètres et plus) certificado de la originalidad del nombre para más de 24 metros
Acte de francisation et titre de navigation

O sea que el certificado CE sólo se debe presentar si se dispone de él.
En la misma página, dicen lo siguiente:
La longueur de coque est définie par la norme NF EN ISO 8666-2002. Elle figure sur la déclaration écrite de conformité (DEC) des navires marqués «CE».

Pour les autres navires, non soumis à la production d’une DEC, le propriétaire doit fournir une attestation sur l’honneur reprenant la longueur de coque (Consulter la définition pratique de la longueur de la coque).


Significa: la eslora viene definida por la norma NF EN ISO 8666-2002. Figura en la Declaración Escrita de Conformidad (DEC) de los barcos que tienen la marca CE.
Para los demás barcos que no están sometidos a la producción de una DEC, el propietario debe entregar una atestación sobre el honor certificando la longitud del casco.

Creo que este dato sirve para determinar el derecho de francisación que es el impuesto que se paga anualmente por tener la bandera francesa. El importe se define según la eslora del barco: de 8 a 9 metros, de 9 metros a 10, etc. A partir de los 24, me ha parecido entender que este impuesto viene definido por el certificado internacional de jauge. Por eso dicho certificado de "jauge" NO es necesario por debajo de 24 metros.

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Editado por IsladeMalta en 20-01-2011 a las 21:02. Razón: añadido "NO" en la última frase.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a IsladeMalta
socarron (20-01-2011)
  #2  
Antiguo 20-01-2011, 18:56
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socarron socarron esta desconectado
Pirata
 
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Predeterminado Re: De bandera española a francesa

Muchas gracias Isla de Malta.
Yo, de grande, quiero ser así y poder ayudar de forma tan útil al resto de cofrades. De verdad, mi más sincero agradecimiento. Pensé que no vendía el barco por estas cosas...

Todo lo que me cuentas me aclara mucho las ideas.
Me sorprende que en lugar del marcado CE, sea suficiente un documento redactado por mi sobre la eslora del barco, cuando dicha información está en mi Certificado de Navegabilidad, en mi permiso de navegación y en mi Registro Marítimo. ¿Se fian más de mi palabra de honor que de lo que la Dirección General de la MM dice en los documentos oficiales del barco?

Son raros, los franceses, para esto.

Con respecto a la prueba de que el barco está al día de sus obligaciones fiscales y tasas, entiendo que eso es la Hoja de Asiento, en la que se especifica que el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales... (ITP) y el Impuesto especial sobre determinados medios de transporte están pagados. ¿Puede alguien confirmarlo?

Rondas para todos. Que veo el cierre de la venta de mi barco más cerquita. Y mil gracias de nuevo para Isla de Malta

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