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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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La pregunta es la siguiente:
Para navegar hasta 5 millas de la costa, ¿hace falta radio? Por lo que entiendo con lo que he leido, es que ya no es necesario ni radio fija ni portatil. ¿es cierto? Otra pregunta es, si me compro una radio portatil, ¿tengo que notificarlo? o con comprarla y llevarla a bordo es suficiente. Por cierto, que la barra libre sigue hasta final de año, aunque no recordaba yo que por aqui se bebiera tanto. |
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#2
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Es correcto, hace falta radio, fija o portátil como más te guste,siempre que se lleve un equipo de radio se tiene que dar de alta en capitania, ellos han de tener los datos del barco y el patron,(MMSSI).
saludo ![]() |
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#3
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Hola !!
yo tenia entendido que incluso en zona 4 con la nueva normativa que no se cuando entra en vigor ya no hace falta lo del numero MMSSI y tampoco que la radio este conectada a GPS... igual me equivoco... saludos ![]() |
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#4
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yo he he entendido lo mismo que randal, y que ya no es necesario lo del mmssi.
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#5
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«1. Los buques españoles que dispongan de algún equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo, ya sea de uso obligatorio o de instalación voluntaria, deberán disponer obligatoriamente de la licencia de estación de barco (LEB) expedida por la Dirección General de la Marina Mercante. Esta licencia deberá estar situada en un lugar fácilmente visible de la estación radioeléctrica del buque para el que fue expedida y ampara y autoriza, exclusivamente, los equipos, frecuencias o canales reseñados en ella. Se excluye de esta obligación a las embarcaciones de recreo que naveguen en las zonas 4 a 7, salvo que de manera voluntaria, instalen un equipo fijo provisto de llamada selectiva digital o una radiobaliza, en cuyo caso estarán obligadas a disponer de MMSI.»
No estarán obligados a disponer de licencia los buques que dispongan solo de equipos radiotelefónicos portátiles de ondas métricas cuyo uso se destine exclusivamente a servicios de emergencias marítimas. Tampoco se incluirán en la licencia equipos emisores tales como radares, sondas u otros que no sean los considerados como equipos transmisores utilizados para las radiocomunicaciones marítimas. Cambio: Parece que deja de ser obligatoria la LEB para embarcaciones de recreo de zona 4 para abajo../…si no montan una radio fija o una radiobaliza --------------------------------------------------------------------------------------------------- Artículo 12, apartado 1 Antes: 1. Todos los equipos radioeléctricos que se instalen en los buques españoles, sea cual sea su clasificación, deberán ser registrados por la Administración marítima y precisan de autorización previa para su instalación a bordo. Después: «1. Todos los equipos radioeléctricos que se instalen en los buques españoles deberán ser registrados por la Administración marítima , con excepción de las embarcaciones de recreo, en las que únicamente será obligatoria su notificación, precisan de autorización previa para su instalación a bordo. Las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros no estarán obligadas a notificar la instalación de ningún equipo a no ser que dispongan de la Licencia de Estación de Barco.» Nota: Definición de equipo radioeléctrico: i) «Equipos radioeléctricos» o «instalaciones radioeléctricas de los buques»: los equipos o instalaciones a bordo de buques cuyo uso se destinen tanto a radiocomunicaciones como a la radionavegación marítima, así como aquellos elementos que formen parte de los mismos o intervengan en su funcionamiento. (art 3.5-i) (Esta es una de las madres del cordero. Deduzco hábilmente: a).- Por tanto las embarcaciones de recreo menores de 12 metros que naveguen en zonas 4-5-6-7 que no tengan LEB no tienen que registrar ni notificar nada ni solicitar autorización de instalación. (pero como para instalar una radio fija LSD o una radiobaliza hay que sacar la LEB, al final casi todos tendrán que notificar b).- Las embarcaciones Mayores de 12 metros están obligadas a NOTIFICAR la instalación, pero no a registrar ni solicitar autorización, independientemente de la zona. c).- Todas las embarcaciones de recreo que sí tengan LEB, independientemente de su eslora y zona deben NOTIFICAR la instalación, no a registrarla ni a solicitar autorización) |
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#6
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Primero que nada feliz año 2011, este tema continua interesandome mucho por que hace unos meses abri un tema parecido a este, yo no acabo de ver claro esto de la nueva normativa por que antes tambien estaba claro pero cada capitania interpretaba una cosa, sin ir mas lejos aqui en la comunidad valenciana, en las 3 capitanias para un embarcacion despachada para 5 millas las unicas emisoras potatiles que aceptaban eran las SOLAS, en cambio en palma aceptaban cualquier otra, no se si las cosas cabiaran a partir del lunes dia 3 pero ya os contare por que pienso llamar a capitania ese mismo dia para ver lo que ha cambiado o no.
Un saludo a todos |
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#7
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yo tambien tendre que informarme porque tengo que pasar la itb y dependiendo de eso pondre la radio o no... ya os contare..
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#8
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Buenas noches a todos, unos roncitos?
Bueno yo ya tengo mas o menos claro el tema de la radio, para situarnos mi enbarcacion esta despachada para 5 millas como comente, bueno pues bien hoy como prometi he llamado a capitania maritima de Valencia, he hablado con un inspector de buques y muy amable todo hay que decirlo, me ha comentado que para mi situacion y habiendo leido en breve la nueva legislacion efectivamente podia llevar a bordo una emisora portatil no SOLAS, pero con la homologacion de estanqueidad IPX7, lo que no tenia claro del todo es que si tenia que presentarla en capitania o no, eso como ha comentado es lo de menos, el famoso MMSI tampoco hace falta pedirlo, ni la instalacion ni nada por el estilo, asi que si no pasa nada yo por mi zanjare el tema con unos 120 euritos de nada, y de nada digo por que en noviembre me pedian 1000 pavos por la instalacion fija con el GPS o me compraba con 600 pavos una portatil SOLAS que es lo unico que me aceptaban en capitania. Brindemos compañeros que la ronda esta pagada |
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#9
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Pues feliz año a todos, la barra libre con la que empeze el tema hasta final de año, ya se acabo, pero no por eso dejo de invitar una rondita.
Entonces: en mi caso en concreto, para mi lanchita de 4`90, hasta 5 millas de la costa, me compro una radio portatil homologada, y la utilizo sin mas. Pero si no quiero llevar radio, lo puedo hacer tambien. Eso es lo que entiendo yo desde el principio. Pregunto por si alguien entiende lo mismo que yo, porque cada uno intrerpreta la ley como quiere, quien sea juez o algo por el estilo lo sabe. |
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#10
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Cita:
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#11
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Cita:
Saludos a todos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a enoviti | ||
javino (12-01-2011) | ||
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#12
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Buenos dias.
Invito una ronda a los cofrades. Yo tengo en construccion un barco de 7,50m y estoy hecho un lio no se que emisora montar fija con DCS o sin el o movil . Si alguien me puede asesrar se lo agradeceria. Un Saludo Buena Mar. |
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#13
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Cita:
Colega constuctor, yo estoy un poco en las mismas, acabando un barquito de 5 metros y a punto de equiparlo. El tipo de radio depende de la categoría de navegación a la que aspires. De todos modos, si no tienes prisa, yo esperaría un poco a que se calmen las aguas, ya que hay normativa nueva y muchas dudas al respecto. Yo pasaré inspección la semana que viene para solicitar la botadura, y lo preguntaré a ver que me dicen. De todos modos aún dudo entre escoger categoría 4 ó 5. Tu tendrás menos problemas de estiba, pero el equipo necesario para cat 4 ocupa mucho... Veremos Saludos y ![]() |
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#14
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No hace falta que se calmen las aguas, la normativa esta clara, lo que tienes que tenr encuenta es la zona donde quieres navegar y ya esta,y dependiendo de esto pues acoplarte a tu presupuesto claro esta.
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#15
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me han confirmado que para zona 4 no hace falta poner radio nueva conectada a gps ni numero mmssi , osea que queda como pocion de cada uno...
saludos |
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#16
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Una ronda de carajillos para todos!
![]() Por ejemplo en Cadiz para zona 5 no te exigen SOLAS, y supongamos que en Catalunia sí. Bueno, cojo mi barquito y me voy costeando desde Cadiz hasta Barcelona. En Barcelona me para la guardia civil y me pide los papeles , Que pasa con la radio? hacen valer las normas interpretadas en Cadiz o en Catalunia?Existe el riesgo de navegar dentro del mismo país con interpretaciones distintas y por ende recibir sanciones por culpa de según que capitanía interprete las normas?? ![]() Estoy echo un lío ![]()
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...EL PIBE DE LOS ASTILLEROSNUNCA SE RENDÍA... |
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#17
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Buenos frios días,
Como bien comentais es un rollo, que no exista una uniformidad entre las capitanias, pero para nuestro mal, esto es así. Siempre se depende de la interpretación del funcionario de turno que te toque en la tramitación. Bueno según el planteamiento de Don Armano, llegarias a barcelona y allí la guardia civil te para, la pregunta es, ¿que te comprueba la guardia civil cuando te para?,¿mira el certificado de navegabilidad que esta en vigor?, Si la radio que llevas esta en el papelito, ¿no debería de haber problema, no?, También al sumar opiniones, habría que tener en cuenta la consideración de la norma según el agente de la guardia civil. ( en el supuesto que este en conocimiento de toda). Yo creo que la cosa esta como la mar, las capitanias son como las olas, debes de poder capearlas dependiendo del sitio donde te las encuentres. Solo es una reflexión.... Saludos, |
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#18
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Buenos frios días,
Como bien comentais es un rollo, que no exista una uniformidad entre las capitanias, pero para nuestro mal, esto es así. Siempre se depende de la interpretación del funcionario de turno que te toque en la tramitación. Bueno según el planteamiento de Don Armano, llegarias a barcelona y allí la guardia civil te para, la pregunta es, ¿que te comprueba la guardia civil cuando te para?,¿mira el certificado de navegabilidad que esta en vigor?, Si la radio que llevas esta en el papelito, ¿no debería de haber problema, no?, También al sumar opiniones, habría que tener en cuenta la consideración de la norma según el agente de la guardia civil. ( en el supuesto que este en conocimiento de toda). Yo creo que la cosa esta como la mar, las capitanias son como las olas, debes de poder capearlas dependiendo del sitio donde te las encuentres. Solo es una reflexión.... ![]() Saludos, ![]() ![]() ![]() ![]() :brin dis:![]() ![]() ![]() ![]() ![]() |
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#19
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Buenos y fríos días.
Aquí tenéis lo último que ha publicado la DGMM sobre radiocomunicaciones para embarcaciones de recreo. Se trata de una Nota Informativa dirigida a todas las Capitanías, hace pocos días: http://foro.latabernadelpuerto.com/c...?album=5&pos=0 Saludos y carajillos para entrar en calor. ![]()
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| 7 Cofrades agradecieron a Drago este mensaje: | ||
Don Armano (24-01-2011), Edu (24-01-2011), Fanso (26-05-2012), nahititi (24-01-2011), patronbernu (27-01-2011), teteluis (31-03-2011), Vientoceano (29-03-2011) | ||
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#20
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La nota lo deja bastante claro, no?
Un par de cosillas curiosas que he visto: 3- "cualquier otro equipo (habla de sonda, GPS, plotter, etc no obligatorios)...está exento de trámite...El propietario...simplemente deberá disponer a bordo de la factura de compra" , a este paso vamos a tener que llevar encima la factura hasta de los calcetines...4- "Las radiobalizas se deberán revisar cada 4 años...la empresa autorizada deberá remitir el resultado de dichas pruebas a la capitanía" ... En fin, que aunque en principio es una mejora, de nuevo está hecha de manera que ni ellos se enteran y hacen falta notas aclaratorias, y aun así, veréis como cada capitanía lo sigue interpretando a su manera... ![]() Edu.
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#21
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Pregunta capciosa:
Instalar un radar ¿Tiene que estar homologado? ¿ Necesita permiso? ¿Tiene que pagar el peaje de instalador?
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#22
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Buenos días
Una pregunta ¿alguno sabe el RD o la fecha de publicación en el BOE que regula este tema? Me gustaría bajármelo y leerlo detenidamente. Yo me he encontrado con la siguiente situación: Compra de embarcación con navegabilidad para zona 5. Dispone de GPS y plotter no registrados en su momento. Dispone de VHF con llamada selectiva digital no activada, al no estar conectada al GPS. Actuación de capitanía. Inscripción en zona 6. Argumentación: Disponer de VHF con llamada selectiva digital voluntariamente. En ese caso hay que activarlo y registrarlo para navegar en zona 5. |
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#23
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Buenas Dirty,
El reglamento es RD 1435/2010 y lo tienes en el siguiente link: http://www.boe.es/boe/dias/2010/11/0...2010-17038.pdf Y te envío el link a la nota aclaratoria que ha mandado la DGMM a las capitanias, que es la siguiente: http://www.anavre.org/images/stories...1435_2010).pdf Pero vamos lo que te han dicho es la aplicación de lo explicado ahí. Si tienes una VHF con DSC es obligatorio que tenga la LEB, el MMSI, este conectada al GPS y que este sea homologado y que este programada con el MMSI. Y si no cumple eso, pues te bajan de zona, es tu caso a zona 6 que no se exige nada. Saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a tonimnr | ||
Dirty (27-01-2011) | ||
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#24
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Cita:
¿ Habéis leído la última NOTA ACLARATORIA de la DGMM?. Es meridianamente clara. Toda Radio con dispositivo DSC , conlleva la obligación de obtener la LEB y el MMSI. ¿Sí? Pues NO. Conozco un caso de primera mano, en que le han permitido instalar una VHF DSC, sin obtener la LEB y el MMSI (cerca de 100 € ahorrados). ¿Dónde? ....Por el Sur. ¿De quién la culpa?. De la DGMM,evidentemente NO. De las Capitanías,evidentemente SI. |
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#25
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Buenas tingis,
ya sabes como son en las capitanías. Otra cosa de esta nueva normativa es que para instalar un equipo, no tienes que notificarlo a capitanía, si es para zona 4 o 5. El armador es responsable de que el equipo sea correcto y debe llevar a bordo la factura de compra del equipo. Pero, la próxima vez que tengas que pasar itb, (si tienes suerte la pasaras después de que vuelvan a cambiar la normativa... jejejjee) el inspector de la itb te va a pedir la leb, el mmsi, el gps y que este todo correctamente instalado. Así que ya sabes que pan para hoy y hambre para mañana... Saludos... |
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