La Taberna del Puerto Almayer
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  #1  
Antiguo 09-03-2015, 13:43
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Rondas a todos

Os escribo porque me estoy planteando seriamente la compra de un velero que está en lista 6ª. Inicialmente pensaba pasarlo a 7ª, pero estoy valorando sacarme el PPER y hacer algo de charter muy ocasionalmente. En cualquier caso, es sólo una idea y el 95% del uso será (por lo menos) recreo puro y duro, así que tengo dudas sobre qué opción es mejor.

El barco se matriculó hace 10 años en 7ª (ergo pagó impuesto de matriculación) y hace un par de años se pasó a 6ª. Después de haber echado un vistazo a lo que hay por el foro, tengo algunas dudas:

- Impuestos: He leído en el foro anterior que si una empresa vende un barco de segunda mano en lista 7ª a un particular, no ha de aplicarse IVA, sino ITP. ¿Podéis confirmarme si es así? Me suena muy extraño. ¿Qué tipo de IVA aplica?

- ITB: ¿Hay que pasar inspección con la misma frecuencia o en 6ª las inspecciones son cada menos de 5 años?

- Trámite 6ª -> 7ª: Aparte de las tasas de gestoría, ¿hay algún coste / proceso adicional? ¿Hay que pasar ITB?

- ¿Alguna ventaja / desventaja adicional de tenerlo en 6ª / 7ª?

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Avante
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  #2  
Antiguo 09-03-2015, 14:06
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Originalmente publicado por Avante Ver mensaje
Rondas a todos

Os escribo porque me estoy planteando seriamente la compra de un velero que está en lista 6ª. Inicialmente pensaba pasarlo a 7ª, pero estoy valorando sacarme el PPER y hacer algo de charter muy ocasionalmente. En cualquier caso, es sólo una idea y el 95% del uso será (por lo menos) recreo puro y duro, así que tengo dudas sobre qué opción es mejor.

El barco se matriculó hace 10 años en 7ª (ergo pagó impuesto de matriculación) y hace un par de años se pasó a 6ª. Después de haber echado un vistazo a lo que hay por el foro, tengo algunas dudas:

- Impuestos: He leído en el foro anterior que si una empresa vende un barco de segunda mano en lista 7ª a un particular, no ha de aplicarse IVA, sino ITP. ¿Podéis confirmarme si es así? Me suena muy extraño. ¿Qué tipo de IVA aplica? 21% de IVA

- ITB: ¿Hay que pasar inspección con la misma frecuencia o en 6ª las inspecciones son cada menos de 5 años?en 6ª, cada 3 años ITB...

- Trámite 6ª -> 7ª: Aparte de las tasas de gestoría, ¿hay algún coste / proceso adicional? ¿Hay que pasar ITB? sip, has de pasar una nueva ITB

- ¿Alguna ventaja / desventaja adicional de tenerlo en 6ª / 7ª?en 6ª, más gastos de ITBs y seguro de ocupantes, en algunos puertos incluso cobran más a los 6ª...

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Avante
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Avante (10-03-2015)
  #3  
Antiguo 09-03-2015, 18:56
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Creo que si vas en lista 6ª y llevas el barco "de recreo" te pueden crugir por parte de la Benemerita, que algún letrado lo confirme o lo rebata
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  #4  
Antiguo 09-03-2015, 19:11
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Creo que si vas en lista 6ª y llevas el barco "de recreo" te pueden crugir por parte de la Benemerita, que algún letrado lo confirme o lo rebata
no y no, eso solo pasa en barcos de menos de 4 años dedicados exclusivamente al alquiler que pidan la exención
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Salat (10-03-2015)
  #5  
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Gracias por vuestras respuestas

¿Me confirmáis que, con ITB de 6ª vigente, hace falta pasarla de nuevo para pasar el barco a 7ª? Ídem sobre si, tal y como leí en el foro anterior, es viable pagar ITP en vez de IVA al comprar el barco a una empresa (cuyo objeto es charter y no brokerage) si éste está en lista 7ª.

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Avante
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  #6  
Antiguo 10-03-2015, 23:03
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Esté en la lista que esté, sea 1 barco, 1 coche, 1 horno microondas, o cualquier otro bien, si lo compras a 1 empresa, pagas IVA, si lo compras a 1 particular, pagas ITP.
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Avante (11-03-2015), otoio (13-03-2015)
  #7  
Antiguo 12-03-2015, 16:59
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Gracias por vuestras respuestas

¿Me confirmáis que, con ITB de 6ª vigente, hace falta pasarla de nuevo para pasar el barco a 7ª? Ídem sobre si, tal y como leí en el foro anterior, es viable pagar ITP en vez de IVA al comprar el barco a una empresa (cuyo objeto es charter y no brokerage) si éste está en lista 7ª.

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Avante
Yo he comprado 2 barcos en lista 6ª y los he pasado a 7ª sin tener que pasar nueva ITB, es mas, los 2 estaban a nombre de SL, y lo que hicimos fué pasar primero a 7ª y despues realizar la compra-venta (vendedor SL, comprador persona fisica) y el impuesto que se liquidó en la Hacienda Foral de Bizkaia fué en ambos casos transmisiones, sin ninguón problema.
Un saludo
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Coda di lupo (12-03-2015)
  #8  
Antiguo 13-03-2015, 10:27
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¿Me confirmáis que si, tal y como leí en el foro anterior, es viable pagar ITP en vez de IVA al comprar el barco a una empresa (cuyo objeto es charter y no brokerage) si éste está en lista 7ª?
Un bien, sea el que sea, que venda un empresario (entendamos por más simplificado una SL o una SA) es una operación SUJETA A IVA. Como bien decía Jiauka.
Otra guerra será que esté exenta o no, el tipo que le corresponda...
Y si está sujeta a IVA NO ESTÁ SUJETA A ITP, no paga Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (Modalidad de Transmisiones Patrimoniales, lo que todo el mundo llama ITP, el 4 o 6% o el que sea)

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Originalmente publicado por jonri Ver mensaje
Yo he comprado 2 barcos en lista 6ª y los he pasado a 7ª sin tener que pasar nueva ITB, es mas, los 2 estaban a nombre de SL, y lo que hicimos fué pasar primero a 7ª y despues realizar la compra-venta (vendedor SL, comprador persona fisica) y el impuesto que se liquidó en la Hacienda Foral de Bizkaia fué en ambos casos transmisiones, sin ninguón problema.
Si así han sido las dos veces, Jonri, pues ha "colao" y punto. Y puede que se investigue o puede que no, o puede que se descubra en el momento o más adelante (o quizás nunca y alcance la prescripción), porque:

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Originalmente publicado por AILANAUTIC Ver mensaje
Este caso tuyo es muy particular, yo no lo generalizaría, porque yo se de un caso en que después de haber liquidado itp tal y como has hecho tu, la Agencia Tributaria ha reclamado el iva y ahora se encuentran que han tenido que pagar los 2 impuestos.
En Euzkadi esto no te puede pasar, porque no hay Agencia Tributaria Española.
En Euskadi, SÍ puede pasar. Tanto la competencia en la gestión e investigación del IVA y del ITP (en los casos que les corresponda) reside en las Diputaciones Forales de los Territorios Históricos vascos (provincias vascas). Y se investiga. Y se comparte información con otras administraciones tributarias, cada vez más ¿Que haya pasado desapercibido? Puede ser... El sistema no es perfecto...
Por cierto, si confluyen y se pagan los dos impuestos, manda el IVA y el ITP (modalidad de Transmisiones Patrimoniales) sería un ingreso indebido.

En este tema, hay más cosas a no confundir:
  • Se puede tratar de una venta sujeta a IVA (contrato o no y factura), y que a su vez se pase, voluntariamente, por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD), para que lleve "un sello" oficial a los efectos de terceras administraciones (por ejemplo Tráfico en el caso de coches o incluso de alguna Capitanía que lo pueda pedir, aunque esto cada vez ocurre menos, tengo entendido).
    En ese caso, se presenta como no sujeto (si se trata de un contrato de compraventa y factura comercial), simplemente para tener un modelo 600 no sujeto (impuesto 0) y sellado por la administración a acompañar al contrato y factura. No es necesario, pero ha habido terceras administraciones que lo piden.
  • Puede que la compraventa se documente en una escritura pública que pueda ser objeto de registro en registro oficial (por ejemplo el de bienes muebles): La operación de compraventa está sujeta a IVA, pero además está sujeta también a ITP-AJD, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados (en Bizkaia es un 0,5%, creo recordar), sin duplicidad de impuestos (similar a cuando se compra una casa de nueva construcción)
  • Y por último, pudiera ser que se trate de una persona física empresario que tenga un barco afecto a su actividad empresarial (lista 6ª) y en un momento determinado decida dejar de usarlo para el negocio y quedárselo para él (respecto del IVA se produciría un autoconsumo y se tendría que repercutir el IVA del valor del barco en ese momento, como si se lo vendiese a sí mismo) y lo pasa a lista 7ª, por ejemplo. A partir de ese momento, ante una futura venta actuaría como particular, sin IVA, y el comprador pagaría ITP (Transmisiones Patrimoniales). Como si un carnicero te vende su casa particular... Este no puede ser el caso de una SL como planteaba Jonri. Así lo entiendo yo.
  • Bueno, hay otra más. El broker revendista que vende un barco "de otro", que lo tiene a la venta en su local, pero cuando vas a hacer los papeles, resulta que no te lo vende él, sino el antiguo propietario, quedando él fuera de la venta y por supuesto no cobrándote IVA. Si no va en negro, supongo que le facturará al verdadero vendedor su servicio de mediador... tipo inmobiliarias.
Y viendo que el mundo a veces es complicadillo, y volviendo a la pregunta de Avante: Esté en la lista que esté, la venta de una embarcación por un profesional o empresario que actúe como tal y sea el vendedor, está sujeta a IVA.

por el tocho. Así lo veo yo.
__________________
Sausalito III (Puma 26)
Pumeros: http://clubpuma.ning.com/
ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario"
Asociación de navegantes de recreo

Editado por otoio en 13-03-2015 a las 10:42.
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