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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Pues resulta que el mes que entra habra examen de patron de yate y capitan de yate en Canarias,
para la presentacion al examen de patron de yate exigen que el interesado , tenga emitido el titulo del PER, cuando el real decreto dice que se puede usted presentar a lo que le de la gana pero a la hora de tramitar devera acompañar el titulo inferior para obtener el nuevo. es decier no hace falta estar en posecion del titulo nada mas que para tramitar el siguiente, pues resulta que aui no, que tienes que presentarlo para entrar al examen,,, En ninguna comunidad tye exigen tener el titulo anterior en la mano para entrar al examen, de hecho usted se puede presentar al Capitan sin tenerl el patron , y tiene un plazo de dos años paar sacer el patron de yate y presentarlo para la tramitacion del capitan , de hecho yo personalmente conozco gente que se ha examinado del PPER sin tener Capitan , y luego una vez obtenido el Capitan tramitar todo. No es nesesario tener el titulo expedido , que quede claro , y aqui que no , erre que erre, y no hay más que pasar por el aro. ¿que les parece? Un saludo |
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#2
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La convocatoria de exámenes en las comunidades transferidas les competa a ellas, y mientras no contradigan la ley estatal pueden hacer lo que quieran.
En esto la ley estatal es un tanto ambigua, y no dice expresamente que no haga falta.... Y efectivamente en Canarias en la convocatoria de 2015 exigen la presentación del titulo para acceder al examen de la titulación posterior. Posibilidades: - Planear un recurso a la convocatoria, que acabará en un contencioso administrativo, que vete a saber cuanto tarda, como acaba y además cuesta dinero. - Pasar por el aro. - Examinarte en otra comunidad. - Esperar a ver si en la convocatoria del año que viene entran en razón. Un saludo. |
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#3
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exacto , no presentarse y and plus MaTxC que es lo que se merecen, y la comunidad que no ingrese ni un solo euro por este concepto , nunca mas. por abusones.
Un saludo. |
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#4
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En la Comunidad Valenciana se exige igual. No tengo noticia de ninguna que no lo haga.
Un saludo |
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#5
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ninguna pide tener el titulopara poder examinarte te lo piden para expedirtelo, creo que tampoco Valencia,
lo pone el nuevo real decreto , eso no se tramita como antes es distinto , mira tu si en per te puedes presentar a capitan , si apruevas tienes dos años para sacar el per y el patron presentar y tramitas , asi de simple o ep PPER que yo conozco casos personalmente. UN saludo. |
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#6
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Buenas noches:
Esto ya se discutió por aquí en su día, y se demostró que en la mayoría exigían el titulo. En un proyecto que existe por parte de ANAVRE para unificar los criterios de las CCAA que tiene transferidas estas pruebas esta precisamente esa, entre otras muchas, porque creo recordar que solo dos no lo exigían y una era precisamente Madrid. Desde luego aquí en Andalucía es requisito indispensable. Saludos Guillermo |
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#7
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Cita:
??? Y??? Si lo tienes aprobado y no expedido, reclama la expedición, si quieres aprobar el PY o CY antes del PER, me parece raro |
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#8
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jiauka:
No te parezca raro, te explico el caso , y no soy yo , es un compañero. El aprovo elper no hace nada, aun le faltaban dos precticas, antes de presentarse al examen y claro en el supuesto de que no hace falta presentar el titulo , el podia examinarse perfectamente y tener dos años para tramitar los dos en caso de haber aprovado , el caso fue que le solicitaron el titulo al momento y claro se vio entre la espada y la pared porque si se comunicaban las practicas y las hubiese podido hacer hubiera sido en lunes y martes para subsanr antes de los diez dias, pero he aqui que en vista de lo visto que dejaban fuera a alguno/algunos y para que diese tiempo , resulta que el plazo de subsanacion lo han ampliado a 15 dias habiles , con lo cual ya da tiempo ha hacer las practicas , ya que nadie las hacia patra lunes y martes sino para el fin de semana, y tramitar la expedicion , con lo cual entra en plazo para poder examinarse , que ya tenia las tasas pagas, Siento el tocho , pero he aqui el lio que se monta por una simple interpretacion del real decreto , que nos han dicho en la proxima no hara falta y que es cierto que en esta estando ya publicado era imposible hecarse atras. pero que es cierto que no hace falta para examinarse solo para tramitar. UN saludo seguimos navegando en la burocracia de este nuestro pais. jajajaja |
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