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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola, me acabo de presentar y ya os voy a dar la zurra con mis preguntas de novatillo. Tengo una oferta de un motor de ocasión FB 25cv de 1995, pero tengo varias dudas. El motor siempre ha estado en pantano, no ha estado nunca en marítima por lo que no ha estado nunca acoplado ni matriculado con ninguna embarcación. El propietario solo me hace un contrato de compraventa y me da dos certificados. Uno de la Náutica que lo vendió en su día que dice que pagó todos los derechos aduaneros y otro de la propia aduana en el mismo sentido. Pero nada sobre la propiedad del mismo. Es esto suficiente?, lo quiero poner en una neumática que he comprado recientemente, y no se si con esto lo podré poner legalmente. También he oído últimamente que los Fueraborda ya no hay que acoplarlos ni desacoplarlos, entonces, ¿que?. Si lo compro, que tengo que hacer para poder ponerlo en mi neumática y que esté todo correcto?
No se si son demasiadas preguntas, pero estoy bastante confuso y agradecería mucho que alguien que sepa del tema me ilumine un poco. Agradeciendo vuestras respuestas. ¡Rondita para la tripulación! |
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#2
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No se a que te refieres con certificado de la nautica. No es la factura?
La factura pone a quien ha sido vendido. Yo fui a preguntar a la guardia civil y me dijeron que hacia falta: - Factura de compra o en su defecto cualquier documento oficial que demuestre que la persona que te lo vende es su dueño, ademas de aportar los datos del motor que de otra forma podrian ser falseados como son el modelo, numero de serie y potencia. (por ejemplo en los motores antiguos la hoja de desacoplamiento del motor) - Documento de compraventa. En caso de haber pasado por varias manos necesitaras toda la cadena desde su primer dueño hasta el ultimo. - Fotocopia del DNI del que te lo vende. - Pagar las tasas (como un coche). Aunque un motor del año 95 pagaras menos de 10€. Y te ponen una pegatina por detras del compraventa. Los motores fueraborda ya no se acoplan ni nada. Tu te llevas los papeles en el bolsillo y te lo cuelgas de la embarcacion que quieras (siempre que no exceda la potencia maxima que puede llevar la embarcacion). Habrá muchos que te digan que solo con el compraventa ya vale. Yo he ido a preguntar y me han dicho que NO. |
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#3
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Gracias Krathos3 por tu respuesta, el certificado de la nautica, es simplemente eso, un certificado que dice que ese motor concreto pagó todos los derechos arancelarios en su día, sin hacer mención al propietario del mismo. Por lo que creo que por mucho que lo pretenda, no hay acreditación de quién es su propietario. Por lo que sintiéndolo mucho, mejor me busco otro motor con el que no existan dudas.
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#4
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Gracias Krathos3, por tu respuesta, con el certificado de la nautica solo es un certificado que dice que ese motor en concreto pagó lo derechos arancelarios cuando se importó, pero no habla para nada del propietario, por lo que me temo que será mejor que vaya buscando otro motor que no tenga ninguna duda sobre su legítimo dueño.
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#5
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Buenas hazlo como un coche en tu comunidad autonama te realizan la compra venta y el contrato y liquidas los impuestos ellos te diran q hace falta una vez firmado todo el motor es tuyo legalmente y no hace falta mas nada yo lo acabo de hacer asi y ningun problema
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#6
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Como saber la potencia máxima autorizada? Hay alguna manera de poner un motor superior a dicha potencia?
Gracias |
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