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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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hola cofrades. unas rondas para los sedientos despues de mucho tiempo sin entrar por aqui ya que me desvincule un poco del mundo del salitre.
necesito vuestra ayuda. el caso es que me ha picado el gusanillo y estoy planteandome la compra de un barco ya de una eslora importante el cual esta amarrado un un pantalan en el que esta prohibida la cesion del mismo. he oido que hay rodeos legales para conseguir tal fin como pueda ser comprar el 99 %del barco y dejar un 1% a nombre del actual propietario para poder seguir utilizando dicho amarre.no se si exactamente asi pero rogaria vuestra ayuda si sabeis alguna forma que no comprometa al actual propietario ni a mi y nos permita seguir utilizando dicho amarre.gracias pido disculpas ya que no se muy bien donde ubicar esta pregunta |
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#2
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Creo recordar que algo así me comentaron a mí hace mucho tiempo. Debía vender como el 99% ( o menos ) y que siempre figurase mi nombre como el primero en la relación de propietarios.
De esa manera, aunque fuera con el 1%, el anterior propietario ( en este caso, yo ) podría seguir manteniendo la titularidad del amarre. Otro tema es que pidan que el copropietario sea también socio del club, con lo que ello conlleva. Suerte con las " curvas ", que al final acaban mareando. ![]() Agustín. |
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#3
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Eso tiene varios problemas, entre otros, que en un supuesto que a la otra persona le embargasen bienes por cualquier motivo, aunque tenga un 1% solo, la Agencia Tributaria te precintaría el barco... y de ahí en adelante te lo puedes imaginar...
Otra, cualquier cosa que haga el barco serías responsable como armador que eres de la embarcación... Yo no te lo recomiendo, ni con un familiar.
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Detrás de la ola vive alguien, sè modesto... |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Cenachero | ||
bugasmagubas (04-10-2017) | ||
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#4
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Cita:
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Me esperan los dias que pretendo llenar y que me hagan vibrar. Y aprendiendo mi vida solo quiero sentir que no es vida perdida |
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#5
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¿Y que pasa con la persona que esta en lista de espera para ese amarre?
¿tu crees que le hará mucha gracia que te "cueles? Enviado desde mi GT-I9300 mediante Tapatalk
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#6
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Es diferente si es un club o autoridad portuaria?
Si es autoridad portuaria no hay problem, compras el barco y rezas para que te lo dejen. Si es club, se hace mas de lo que piensas y normalmente no pasa nada mientras el socio siga por alli, lo que pasa es que el nuevo socio a de hacerse socio si no lo es, y adquirir el derecho a amarre si hay dos tipos de socio, es un poco lio, Lo que no suelen hacer es publicitarlo aqui... hay cofrades que son de las directivas de clubs aunque no lo creas ![]() |
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#7
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Como sigue diciendo el abuelo de mis hijos, " las sociedades de uno. Y desconfiando del presidente ".
Pues eso. ![]() Agustín |
| 4 Cofrades agradecieron a Alocen este mensaje: | ||
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#8
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gracias por vuestras respuestas, y en contestacion a alguno de los comentarios soloaclarar que lo que intento es buscar el resquicio legal.si es cierto como han dicho que no puede sentar bien a la gente que esta en lista de espera pero desgraciadamente vivimos en España y es uso frecuente en todo tipo de menesteres buscarse cada uno sus avichuelas pq sino........
lo dicho gracias y ahora solo queda poner en una balanza pros y contras para decidir. no me queda muy claro cuando decis que si hay enbargo precintan el barco. yo entiendo que embargarian el 1 % de ese titular |
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#9
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No embargan ni precintan nada, se pone una nota en el registro para que no se venda sin saldar lo que sea
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#10
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Cita:
Sin acritud, no quisiera molestar a nadie. Una ronda del mejor ron, piratas. Sent from my GT-I9195 using Tapatalk |
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#11
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Cita:
...¡Genial! |
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