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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas noches y una ronda para todos,
![]() Hoy me ha comentado un asesor fiscal, que un cliente suyo de la zona de Cataluña le ha dicho que en su club náutico, Hacienda ha ido pidiendo la relación de propietarios de los amarres y de los dueños de los barcos amarrados. El objetivo es cruzar los datos de los amarres arrendados y luego poder comprobar que han declarado el ingreso en Renta, o sea que ojo a los que seáis propietarios y alquiléis el amarre , que Hacienda ya está empezando a ir también tras estos ingresos que alguno, o muchos, no lo sé, no los declaran. Siento dar esta mala noticia, pero es para que estéis prevenidos |
| 4 Cofrades agradecieron a Pura vida 361 este mensaje: | ||
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#2
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Y el derecho de protección de datos?
Y más aún: EL DERECHO A SER ESPAÑOL Y VIVIR EN ESPAÑA SIN SER UN PICARO/LADRON como tantos y tantos de nuestros gobernantes pasados, presentes y futuros? El que no coincidan los nombres del titular del pantalán y del barco no implica cobro de renta. El titular del pantalán puede estar temporalmente sin barco y dejarle el amarre a un familiar o conocido hasta que vuelva a tener barco, sin necesidad de dinero por medio. O darse el caso de que el titular del amarre navegue en el barco de un 2º y pilotado por un tercero que es el único con titulación, cada uno aporta lo que tiene. Ni se cobra alquiler por el amarre ni sueldo por patronear. Pero con los que dirigen el chiringuito no hay forma. Para que luego se empeñen en hacernos creer que se llegó a la luna.... |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Karonte1888 | ||
Samecsa (14-12-2017) | ||
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#3
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Todos tenemos que pagar impuestos, nos guste o no..... cada uno sabemos las barbaridades que pagamos..... a la hacienda pública.... Me parece muy bien que se persiga a los defraudadores,,,,Lo que no pagan ellos lo pagamos los demás . YA ESTÁ BIEN ,, COÑO.....Luego despotricamos contra los políticos corruptos,,esto también es corrupción y conste que nos soy INSPECTOR DE HACIENDA.
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| 17 Cofrades agradecieron a asturias este mensaje: | ||
bem me quer (14-12-2017), Bob (14-12-2017), cerverano (14-12-2017), Edu (19-12-2017), Fanso (21-12-2017), gd300 (14-12-2017), Isengard (14-12-2017), manganegra (14-12-2017), markuay (14-12-2017), Pura vida 361 (14-12-2017), putrum (14-12-2017), Racamento (18-12-2017), Rony (14-12-2017), Tinguaro (22-04-2018), trempallamps (15-12-2017), Turni (15-12-2017), whitecast (14-12-2017) | ||
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#4
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Para defraudar hay que cobrar alquiler y no declararlo. El resto son especulaciones y presunción de culpabilidad, que creen los gobernantes que todos son como ellos.
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| 3 Cofrades agradecieron a Karonte1888 este mensaje: | ||
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#5
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no creo que se pueda generalizar que los gobernantes sean unos ladrones, es una boutade como cualquier otra.
por otro lado, los impuestos hay que pagarlos, nos guste o no, porque es bonita carretera o calle que lleva a nuestro puerto deportivo y que es de uso común a todos, con algo hay que pagarlo otra cosa es que pensemos que la Administración podría gastar de forma más eficiente. Pero eso,mientras no se encuentre un sistema mejor que la democracia, pasa por votar con cabeza en las elecciones. En todo caso, la taberna no va de política. Es de agradecer el aviso del forero que ha abierto este hilo para que los que alquilan sin declarar tengan la oportunidad de empezar a hacerlo, antes de que les sancionen saludos |
| 3 Cofrades agradecieron a gd300 este mensaje: | ||
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#6
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¿Y a alguien le parece raro que se crucen datos? No hay que ver el fraude con simpatía; si no se declara es dinero negro. Matices los justos.
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| 2 Cofrades agradecieron a Simsolo este mensaje: | ||
Pura vida 361 (14-12-2017), whitecast (14-12-2017) | ||
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#7
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Cita:
![]() Un trabajador medio español trabaja desde del 1 de Enero hasta el 29 de Junio SOLO para pagar impuestos. Esto es ,madrugamos , nos chupamos el trafico para ir a la oficina, aguantamos al jefe ,nos estresamos (y si ud es autónomo ni se lo cuento) etc durante MEDIO AÑO únicamente para pagar hacienda. El resto lo dedicaremos a pagar nuestros gastos corrientes, la luz, el agua el cine o las vacaciones, la hipoteca, en nuestro caso el barco el impuesto de matriculación ,el IVA, la T-5 y los gastos parafiscales como las ITBs etc. Estimado cofrade, no defiendo el fraude pero estoy hasta e gorro de pagar tantos impuestos (por ejemplo mas que paises como Holanda o Noruega con contraprestaciones por parte del estado ni comparables con estos países) Mi queja no es que hacienda quiera cobra , mi queja es que YA esta bien de la insaciabilidad Tributaria. ![]()
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Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:
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| 4 Cofrades agradecieron a pil pil este mensaje: | ||
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#8
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El chico que me alquila el amarre a mí por 110 euros al mes, está claro: lo ha hecho por los costes. Lo que paga él al puerto, más lo que se lleva la gestoría por hacerme el recibo cada mes, total, no le queda nada de nada, está claro, además la concesión se termina en abril 2018.
Ha hecho el negocio del siglo. Vamos, sólo le falta que le diga Hacienda que debería haber pagado no sé cuanto de impuestos... Cuando en realidad, comprar un amarre no es ningún negocio, sólo pagas por adelantado el uso y disfrute de algo, que nunca va a ser tuyo.
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"Erase una vez, una mujer de un barco enamorada...." ![]() Atención personal sobre seguros, presupuestos, gestiones urgentes, asesoramiento gratuito... email: mibarcoseguro@gmail.com Visita mi FACEBOOK: https://www.facebook.com/mibarcoseguro/ |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bohemia | ||
Karonte1888 (18-12-2017) | ||
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#9
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#10
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En algunos casos el beneficio si que es importante. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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#11
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Eso no existe para los organismos públicos. Si tienes una empresa te pueden crujir por tener datos de clientes no declarados ante la APD, pero entre Ayuntamientos, Hacienda y SS se los pasan como quieren, lo que tampoco es muy legal que digamos. No por el hecho de ser organismos públicos están exentos de cumplir la ley, pero en la práctica...
Cita:
En teoría, tendrías que pagar el ITP hasta si le das la paga a tu hijo, ya que no se establece una cantidad mínima exenta. Que de ningún modo justifico el fraude, pero no creo que al 100% legal esté nadie en este país.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#12
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Cita:
Respecto a que darle la paga a tu hijo genera ITP no es cierto, el itp grava las transmisiones patrimoniales onerosas, es decir con ánimo de lucro y salvo que seas el padre de neymar no encuentro el lucro en ese caso.En todo caso tributarías por impuesto de sucesiones y donaciones, si la "paga" es de cierta entidad, un piso por ejemplo el donante tiene que declararlo en irpf y el donatario liquidar por sucesiones y donaciones |
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#13
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https://www.elconfidencial.com/espan...lidad_1175169/
https://elpais.com/economia/2016/12/...00_432972.html
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#14
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#15
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si te beneficias de los ingresos de un alquiler. lo lógico es que los declares. al igual que si alquilas un bajo, una casa... piso... ![]()
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Hemos recorrido más de 100.000 Li de inmensas superficies marinas y en el océano hemos visto olas gigantescas, que se elevaban al cielo como montañas... nuestros ojos han visto regiones bárbaras y remotas, ocultas por una niebla azul e impenetrable. Mientras nuestras velas, desplegadas cual nubes, seguían su curso, raudo como el de una estrella. Zheng He (1371-1435) |
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#16
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supongo que se declara la resultante de ingresos menos gastos, no es oro todo lo que reluce.
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#17
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Cita:
Unas ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Lechuck | ||
RICARDOT (14-12-2017) | ||
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#18
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Mucho jurista veo yo aquí. Las BBDD de los puertos han de estar dadas de alta en la agencia de protección de datos, y cuando se dan de alta se ha de rellenar el formulario en el que se pone el objeto de la misma. Y esto sirve también para las administraciones públicas con una excepción, las BBDD de terrorismo y crimen organizado que no están sujetas a la agencia de protección de datos. En cuanto a lo que nos interesa, si en el formulario el objeto de la base de datos no viene recogido que se abre como fin para poder hacer cesión de los datos a quien fuere, no se pueden ceder. Pero en el caso que hacienda haya establecido convenio o bien uno de los objetos de la BBDD sea la cesión a hacienda, no veo yo donde van a sacar lo de los importes. En el puerto puede figurar un propietario y un usuario distinto, pero no figura ningún tipo de relación. Para la inspección oportuna hay que justificarlo y abrir expediente a ambos, cosa que dudo yo se haga para acabar recaudando el tanto por ciento sobre 4 o cinco mil euros anuales. Este bulo tipo watsap....pues eso....que de un caso que viene por otro lado se saca una norma general.
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| 2 Cofrades agradecieron a kuovadix este mensaje: | ||
Karonte1888 (14-12-2017), port bo (15-12-2017) | ||
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#19
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En mi opinión, no existe la propiedad de un amarre, es cesión de uso.
Se puede ceder la cesión de uso sin contraprestación a un tercero, mediante documento, o con el acuerdo de que el cesionario pague los gastos de mantenimiento del amarre. Otro aspecto es que si el que tiene derecho al uso no lo utiliza, de forma continuada en el tiempo, la ley contemplase la retirada de esa cesión. Se entiende que, cuando se está "alquilando" el punto de amarre, hay un permiso/autorización, tácita o expresa del puerto de que se trate.
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En el mar el peligro es la tierra (Geoffrey Williams) Ganador OSTAR 1968
Editado por 3er cuadrante en 14-12-2017 a las 15:39. |
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#20
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Estaria bien que alguien haya vivido la experiencia de que han cazado a un propietario cobrandole 150 € a un conocido por dejarle usar y disfrutar de su amarre, nos lo apuntara aqui. Pero vamos a ver, es que para que no te cacen tienes que cobrar en mano, no por transferencia
. Creo que despues de abrir este hilo, algunos cofrades ya estaran corriendo a decirle a su amigo que las proximas compensaciones pecuniarias por el uso y disfrute de la plaza de amarre que ocupa el espejo de aguas con el num . X las tendra que hacer efectivas de forma discreta y sin testigos desconocidos mas alla que el camarero que le sirve las cervezas en el chiringuito ![]() . Este pais no tiene arreglo.![]() |
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#21
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En mi caso y tras la venta del barco, me quedé con el amarre " con la idea que ocuparlo de nuevo en un breve espacio de tiempo " ( iluso.
).Durante el tiempo en que estuve pagando por el no-uso un amigo iba a trasladar su barco una temporada por mi zona. Dado me mi amarre estaba vacío y siendo amigos le propuse amarrar durante el tiempo que necesitaba en mi amarre vacío. Hecha la consulta al club para ver cómo se formalizaba eso, me dijeron que no podía ser. La única fórmula aceptada es que yo le comprara aunque fuera el 1% de su barco y apareciera como primer titular en la relación de propietarios del barco. Es decir, nadie podía amarrar su barco si no justificaba que, aunque fuese en una mínima parte, era propietario del mismo. Por otro lado, en el caso de alquileres y como ya se ha comentado por aquí, entiendo que la liquidación es por el neto resultante de la operación. Si cobro 200 de alquiler y pago al club 200 el beneficio es nulo ¿ no ?. Aunque lo del alquiler de un bien del que, en esencia, tu no eres exactamente propietario del mismo no sé bien cómo estará reglamentado, ya que lo que se tiene es un derecho de uso preferente, que no la propiedad, de un espejo de agua. En fin, que si toca pagar, pues se paga. Está claro. Sólo me gustaría pedir que lo hiciéramos todos, toditos, todos.... ejem... Que con lo fácil miran a otro lado y aquí se meten una faena para recuperar, probablemente ( quizás nos llevemos sorpresas ) " el chocolate del loro ". ![]() Agustín. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Alocen | ||
J.R. (14-12-2017) | ||
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