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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos dias a todos los cofrades de buena voluntad, como hace tiempo que no me pasaba por aqui, creo menester invitar a unas rondas generosas de un buen ron
![]() ![]() A lo que iba, mi pregunta es la siguiente. Estoy pensando en comprarme un barco de segunda mano y dedicarlo al alquiler sin patrón. ¿es posible teniéndolo en lista 7ª? Saludos y buen viento
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Cuida de los pequeños gastos; un pequeño agujero hunde un barco |
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#2
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En Galicia no lo se, pero aqui tendrias muchos problemas, la actividad no se puede llevar a cabo en 7ª, se ha hablado muy mucho de esta actividad en hilos antiguos, si te pillan hay que asumir...
SALUT ![]() ![]() |
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#3
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Esto es lo que dice el REAL DECRETO 544/2007, de 27 de abril, por el
que se regula el abanderamiento y matriculación séptima del Registro de matrícula de buquesde las embarcaciones de recreo en la Lista Artículo 2. Definiciones. A efectos de lo previsto en este real decreto se entenderá ánimo de lucro o para la pesca no profesional.por: a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarcación »): embarcación civil de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros y esté destinada a la realización de actividades de recreo u ocio sin Parece que no cabe la explotación empresarial de la embaración y la inscripción en la Lista 7ª. Lo siento compañero ![]() |
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#4
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hola cofrade
es muy simple no puedes... capitania no te diria nada, es hacienda ya que estas en una actividad economica no declarada.... es como alquilar un piso, o habitacion en negro.... otra cosa es que cambies la lista, a 6ª, cumples con lo que te pidan y sin problemas, con la particularidad que ya tiene pagados los impuestos con lo que no tengo claro, lo de ue no podrias tu llevar el barco es un extremo interesante de saber. cuidaros |
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#5
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Por poder, si puedes, pero estarías incumpliendo la ley y te arriesgarías a que te sancionaran, en cuanto que alguien, que se dedique a eso y esté legal te denunciara.
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Vivir no es necesario, navegar sí (Plutarco) Es preferible estar en tierra deseando estar en la mar que estar en la mar deseando estar en tierra ![]()
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#6
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Si el barco en lista 6ª tiene los impuestos pagados, o tiene más de 4 años desde la fecha de matriculación definitiva, puedes llevarlo para tu uso y disfrute y de tus amigos, eso si, sin cobrar nada, ya que supongo que no tienes el titulo de patrón profesional.
En caso de que seas patrón profesional, si que puedes llevarlo tu mismo y alquilarlo con tus servicios incluidos. En lista 7ª, como ya te han dicho, no se puede alquilar ni efectuar actividad alguna con carácter lucartivo. ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#7
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Es decir, tendría que pasarlo a la 6º. A ver si me podeis ayudar. Entiendo que tendría que crear una empresa lo cual no seria problema, soy autónomo y aqui las preguntas.
1.- ¿cuanto mas me costaria tenerlo en la 6ª? 2.- Teniendo los impuestos pagados, ¿lo podría utilizar yo? se entiende sin estar haciendo charter Un ronda por cuenta de la casa ![]()
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Cuida de los pequeños gastos; un pequeño agujero hunde un barco |
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#8
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Cita:
te tendrías que dar de alta en el epigrafe de IAE de "alquiler de embarcaciones", y logicamente cumplir con las obligaciones fiscales que lleva. Pasar el barco de lista 7ª a 6ª es fácil, solicitud a la Capitania Maritima, cumplimentando los requisitos que exigen (es fácil) y no es caro más si lo realizas tu mismo y que puedes hacerlo con un poco de información y una par de viajes a las oficinas y hablar con los funcionarios. ![]()
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#9
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Muchas gracias, me pondré a hacer números.Lo que intento es rentabilizar la inversión, utilizarlo para alquiler sin patrón y cuando no esté alquilado utilizarlo yo.
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#10
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Que va , eso de usarlo tú o tu familia, .... ! olvidalo, lo siento, entonces todo el mundo haría exactamente lo mismo: lo meten el lista 6 y luego lo usan como lista 7.
Si quieres rentabilizar la compra del barco, compartirlo es algo más suavecito...., con un socio o varios, o con gente que quiera navegar ocasionalmente... Pero que NO estés tú a bordo? le dejarías tu barco a cualquiera? madremía... más vale que algún cura te lo bendiga. |
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#11
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Pero tenia entendido que si el barco esta en la 7ª (luego con los impuestos pagados) y lo pasas a la 6ª, si puedes llevarlo tu.
¿no es así?
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Cuida de los pequeños gastos; un pequeño agujero hunde un barco |
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#12
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Si el barco en lista 6ª tiene los impuestos pagados, o tiene más de 4 años desde la fecha de matriculación definitiva, puedes llevarlo para tu uso y disfrute y de tus amigos, eso si, sin cobrar nada, ya que supongo que no tienes el titulo de patrón profesional.
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#13
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Estimados cofrades, el lío de la lista 6ª es de órdago.
1. Es de uso lucrativo exclusivo. 2. El barco no se puede emplear por personas vinculadas con la propiedad. 3. No se puede alquilar a la misma persona, si te buscas a otro, por periodo superior de tres meses al año. 4. Deben coincidir los alquileres con el amarre en puertos que no sean la base o con la participación en regatas. 5. Hacienda va directamente a buscar a las empresas que no tienen mas de dos barcos o que presentan pérdidas en el balance anual. 6. No está permitido el uso particular en ningún caso fuera de la actividad, de acuerdo con la ley del IRPF No sé si se puede alquilar un barco en lista 7ª, aunque supongo que sí, al igual que alquilas una casa, una habitación o prestas una máquina, es una consulta que se debería hacerse a la AEAT, pero en cualquier caso el uso no exclusivo dedicado al alquiler, caso de usarlo tú en ocasiones, te impediría deducirte los gastos de la embarcación. Beber para olvidar, invito YO ![]() ![]() ![]() PD: lo de los 4 años es para la exención de algunos impuestos, no te hablita a usarlo como particular, a no ser que lo pases a lista 7. |
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#14
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Cita:
Por ahí hay algunas gestorías náuticas que les dicen a sus clientes defraudadores que si pagan el IESDMT de su flamante nueva embarcación no tendrán problema en ponerla en lista 6ª y desgravarse los gastos, no pagar el IVA de la compra a la vez que la pueden usar para disfrute personal... Como podéis imaginar eso no va con la filosofía tributaria, asi que es MENTIRA. Feliz 2010!! |
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#15
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Que follon, joeeee, aver si me pueden decir algo en la AEAT, pero me parece que que quedarán ![]() Lo que has dicho ![]() ![]() ![]()
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Cuida de los pequeños gastos; un pequeño agujero hunde un barco |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a SanYago | ||
lropi (04-06-2010) | ||
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#16
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En mi opinion todo lo explicado por el cofrade TATATOA es cierto y correcto, no hay nada mas que añadir a lo que el ha explicado con total claridad.
saludos.
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No hi pots perdre res, si vols podràs no pots perdre el temps, els dies s’estan acabant Viu la vida viu, no paris mai sent que cada respir és de veritat (Clepton) |
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#17
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Al "hilo" de esto:
Considere todo el que haya pensado en esta opción que EL SEGURO NO CUBRE ya que en el contrato del seguro añade siempre que "los datos declarados por el contratante se dan por ciertos de buena fe bajo su palabra". Sin embargo al alquilarlo ya incumplimos el contrato del seguro y NO SE HARÍA CARGO DE NADA en cuanto tengas una reclamación de cualquier tipo. Consulta hilos sobre "barcos compartidos" y "gastos compartidos". Aaaaaaaadiós.
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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#18
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Una cosa que no se menciona es que un barco en lista 6ª paga mas de seguro, y ademas la ITB la tiene que pasar cada 2,5 años.
Un saludo |
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#19
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Barco en 7ª kista no
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Buen día
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#20
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hola San Yago. ahora mismo en estos dias me cojes haciendo el cambio de lista 7ª a lista 6º y mi consejo es que no se ocurra alquilar en 7ª, que en negro es muy bonito todo que venga sin tener que pagar, pero estamos hablando de barcos en un medio inestable y ten en cuenta que a la gente que vas a subir a tu barco, no sera especialmente marinera, ni estara muy puesta en la posibilidad de los accidentes a los que se pueden esponer, un resbalon en cubierta dandose un mal golpe, una caida al agua por un golpe de mar, si es pescando se pueden clavar un ansuelo etc. etc.
En fin, un tema que te puede costar mas el collar que el perro, si lo piensas alquilar pasalo a 6º y teniendo los impuestos pagados has lo que me han dicho a mi tanto capitania como mi gestor cuando des de alta en hacienda la actividad, has constar que el barco lo vas a usar tambien para disfrute personal, y me han dicho que no hay mas problema, al tener los impuestos pagados. |
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#21
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MUchas gracias Paco, me has aclarado bastante.
Te invito a unas rondas ![]() ![]()
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Cuida de los pequeños gastos; un pequeño agujero hunde un barco |
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#22
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-Un lista 7ª charter NO
-Un lista 6ª disfrutarlo tú cn menos de 4 años NO, con más si, pero ilegal. -Un lista 6ª con más de cuatro años y cobrando sin ser profesional MULTA DE 12000 PAVOS, lo se por experiencia de un amigo. -Un lista 6ª te va a costar el doble de mantenimiento, pues cada 2 años ITB y revisiones de equipamiento de seguridad. -OJO CON EL SEGURO, si te ocurre algo cobrando en 6ª sin título profesional, no tendrás suficiente vida para pagar el meollo en que te vas a meter. Yo he ido como patrón varios años y he tenido que hacer unas pirulas increibles por si las moscas, no tenía nigúna necesidad, simplemente la de navegar en barcos grandes, te aseguro que no vale la pena pasar el CAGANCHO cuando ves a aduanas por la proa, ahora ya no lo hago MAMA, por si hay alguno de estos OJO AVIZOR .
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Se dueño de tu silencio que no prisionero de tus palabras. MMSI 225996746 |
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#23
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Un lista 6ª disfrutarlo tú cn menos de 4 años NO, con más si, pero ilegal. ????
![]() Será igual ? ![]()
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#24
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Cita:
Que follón ![]()
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Cuida de los pequeños gastos; un pequeño agujero hunde un barco Editado por SanYago en 05-01-2010 a las 22:54. |
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#25
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Eso ya es otra cosa.
En que zona lo alquilas?
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Se dueño de tu silencio que no prisionero de tus palabras. MMSI 225996746 |
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