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  #1  
Antiguo 24-05-2010, 11:42
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Grumete Pirata
 
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Thumbs down Lanzamiento de Cohetes de Emergencia

Hola Gente,

Quería haceros una pregunta en referencia al lanzamiento de cohetes sin motivos de urgencia.

Os cuento: estábamos fondeados una noche absolutamente apacible en una gran bahía, a aproximadamente 25 metros de un espigón. Empezamos a tomar unas copitas y tras el anuncio de boda de un un amigo, pues... una cosa llevó a la otra... total, acabamos lanzando tres cohetes de emergencia .

Al poco rato apareció una patrulla de la policía en el espigón y posteriormente llegó la patrullera de la policía. Nos tomaron los datos y nos notificaron que se abría un proceso que derivaría en una sanción.

Fuimos conscientes de la que habíamos armadao al poco tiempo, y reconozco la tontería, el mal uso de los cohetes, la imprudencia, la temeridad, el uso de medios de emergencia sin motivo y, en fin, que somos unos anormales como la copa de un pino y que nuestra actitud no tiene justificación y que merece una multa. Como patrón del barco desde el que se lanzaron los cohetes soy el único responsable de lo ocurrido.

En fin, tan sólo pretendo saber si alguien conoce el importe y consecuencias de la multa.
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  #2  
Antiguo 24-05-2010, 12:10
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Predeterminado Re: Lanzamiento de Cohetes de Emergencia

Pues me alegro por tu amigo y siento que te vaya a costar una pasta la celebración, pero así son las cosas.

Como patrón ya sabías que eso no se debe hacer.

Prueba a buscar los distintos tipos de sanciones para la Marina Mercante en la web, a ver si hay suerte y vas ahorrando para hacer frente.

Que nos sirvas de ejemplo, pues un día tonto lo podemos tener todos.

Saludos
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  #3  
Antiguo 24-05-2010, 13:44
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Predeterminado Re: Lanzamiento de Cohetes de Emergencia

Pues, puede ser de cualquier cantidad.

Mirate la ley , capitulo III, Articulo 113, en pagina 40.

http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/2.../Ley271992.pdf

Saludos y suerte...
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  #4  
Antiguo 24-05-2010, 13:48
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Predeterminado Re: Lanzamiento de Cohetes de Emergencia

Hombre. Teniendo en cuenta que al lanzar los cohetes se puede poner en marcha un dispositivo de salvamento, menos de 3 o 4.000 € de multa me parece insuficiente. Y teniendo en cuenta que todo acabo en un susto, mas de 10.000 € me pareceria demasiado. O sea, que a groso modo, 7 u 8.000 € me pareceria una multa proporcionada.

Pero lo digo a ojo y por referencias indirectas (no porque sepa que criterios concretos aplica capitania).

Salut!
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  #5  
Antiguo 24-05-2010, 20:41
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Predeterminado Re: Lanzamiento de Cohetes de Emergencia

Me parece muy bien lo de la fiesta, el anuncio de boda......etc y enhorabuena para tu amigo.

Pero me parece El Velas que te va a tocar soltar una pasta, ya que esos falsos avisos de emergencia están sancionados.

Si quieres alegar algo, alega ignorancia, aunque esto no es eximente, si hablas de las copitas puede ser peor.

Suerte
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"No tengo talentos especiales, solo soy apasionadamente curioso" Albert Einstein .

El Piloto patrón de la Raya Azul

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Editado por El Piloto en 24-05-2010 a las 20:44.
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  #6  
Antiguo 24-05-2010, 21:46
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Predeterminado Re: Lanzamiento de Cohetes de Emergencia

Hola El Velas.
Te recomiendo que vayas a hablar a Capitania que son los que sancionan para intentar que no te pongan la maxima. Pero sancionar te
la sancionarán.

¿Te imaginas que en ese momento hubiese un barco en apuros de verdad y deciden enviar la patrullera en tu ayuda primero en vez de ir a ayudar al otro y por esa causa hay una desgracia?

Como verás me pongo en el peor de los casos, gracias a Dios no pasó nada, pero es posible que te den ese argumento.

Bueno te deseo mucha suerte con este tema porque me dá qure has aprendido la lección.

Saludos.
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  #7  
Antiguo 24-05-2010, 22:13
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Predeterminado Re: Lanzamiento de Cohetes de Emergencia

Pues a la vista del link que ha puesto Klas, me he mirado la Ley. Y la conclusion a la que llego es bastante peor de lo que a voleo suponia.

Segun el Art. 116.2.d (pagina 44 del pdf), emplear, sin necesidad, señales de socorro es una infraccion muy grave contra la seguridad maritima. Y de acuerdo con el Art. 120.3.b (pagina 47 del pdf) las infracciones muy graves contra la segurida maritima se castigan con multa de hasta 900.000 € (150.000.000 ptas, dado que la Ley es antigua y todavia esta en pesetas).

Lo que no dice la Ley es el minimo, solo el maximo. Y, sinceramente, no se si puede tomarse como minimo de las sanciones muy graves, el maximo de las graves. Si fuera asi, la sancion minima seria de 180.000 € (30.000.000 ptas.), (art. 120.2.b).

No creo que se me hubiera ocurrido nunca lanzar la pirotecnia como cachondeo. Pero por si acaso, ya se algo que no voy a hacer pase lo que pase.

Suerte (la vas a necesitar).





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