![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Hola estimados cofrades ,
venga unas que nos van a venir muy bien ¡¡Esta mañana al comunicar que el barco hace un año que es de otro propietario en capitania ,(se pagaron tasas ,contrato compraventa ,etc ) nos han dicho que el periodo ´máximo para comunicarlo es de tres meses y que ahora nos toca sanción de 400 o 500 € ¡¡¡ pero estámos locos o que ?? Mi pregunta es : Es posible arreglar esto de otra manera en otra capitania mas permisiva que no se fijen en las fechas de iquidacion y contrato ? Seria posible otra solución mas economica como volver a pagar tasas ,nuevo contrato compraventa y presentarlo nuevamente con fecha actual ?? saludos y como siempre agradezco vuestra colaboración
__________________
Así es como se hace la maniobra de "abandono de buque" ...http://www.youtube.com/watch?v=wiDfJ...eature=related Editado por TILIKY en 09-09-2010 a las 05:57. |
|
#2
|
||||
|
||||
|
amigo TILIKY,
¿al comprador no le resulto estraño que en la hoja de asiento no apareciera su nombre como nuevo armador? lo unico posible como en todo es que seas 2amigo de un amigo" del capitan maritimo y te lo arregle por la feis. ![]() un saludo ibon |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Pues no se, pero no se supone que es el nuevo propietario el interesado en comunicarlo a capitanía para que el barco pase a figurar a su nombre en el registro?.
Cuando yo compre el barco el año pasado, dudo que el anterior propietario comunicase la venta, tuve que llevar yo la documentación a capitania para que constase la venta, y tener mi documentación en regla. Lo mismo que cuando transfieres un coche, normalmente el que compra se encarga de la transferencia (aunque al que vende la suele interesar comprobar que la misma se ha realizado para evitar que lleguen "recetas"). Lo de 400 o 500 euros me parece una pasada. Yo preguntaria que cual es la ley o la orden ministerial que indica ese plazo de 3 meses, porque a lo mejor especifica quien es el responsable de comunicar la transferencia a la capitanía, y si el es comprador, pues multa que te ahorras. Suerte PD: por cierto que la capitania en la que tienes que tramitar el cambio no es opcional, es aquella en la que se matriculó el barco por primera vez, así que lo de irte a otra más "laxa" pues va a ser que no se puede. |
|
#4
|
||||
|
||||
|
nonsei gracias por tu aporte
Quizás deba decir que esta es una de esas compra-venta familiares y despues de liquidar los impuestos transmisiones "nos fuimo a tomar unos vinos" y hasta hoy Un error que es "compartido" aquí no hay comprador y vendedor Se me ocurre volver a venderselo nuevamente ....es una locura pero la mas economica ¡¡ Si nosotros solo queremos la inscripción en capitania , el resto son absurdas normas (que mas dará el tiempo que hace que hiciste contratos y liquidaciones si estás ahí voluntariamente unos meses mas tarde dispuesto a colaborar....no vino la GC a casa a OBLIGARME ) que os parece ?? ![]()
__________________
Así es como se hace la maniobra de "abandono de buque" ...http://www.youtube.com/watch?v=wiDfJ...eature=related |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Pues no se si se lo puedes vender otra vez y ya está, desde luego es una opción que a mi nunca se me habria ocurrido. A lo mejor vale, pero tienes que pagar otra vez el impuesto de transmisiones.
Si a hacianda le llevas el contrato de compra venta y pagas, no creo que te vayan a poner pegas (aunque yo miraria si en los papeles de la liquidacación consta el nombre y matricula del bien que transfieres). Luego te vas a capitania con el contrato el resguardo de hacienda, y ellos que saben si lo estás vendiendo por segunda vez!!. Si eso te sale más barato que la multa pues puede servir. Lo único asegurate de que no "se han quedado con tu nombre" no sea que además del segundo pago de impuestos te toque pagar la multa. Lo que me parece una locura es que habiendo ido tu a capitanía, te impongan una multa, como bien dices no es que ellos lo hayan encontrado. A lo mejor podrías argumentarlo, pero si lo haces, descarta ya la opción de revender el barco, porque entonces si que no cuela. Suerte y espero que lo podais arreglar. |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Hola , en esta historia finalmente tendremos final feliz ¡¡¡
![]() Seré valiente y contaré que habíamos registrado el barco en capitania(ninguno nos acordabamos ...y éramos tres ) pero desgraciadamente no estaba junto con la documentación restante del barco y unicamente disponíamos de la hoja de asiento anterior a la transmisión y la libreta verde de navegación sin este apunte , de ahí este equívoco.......pero después de buscar por aquí y por allá todos los papelicos desesperadamente por todo el barco ,casa,moto aparecieron en un sobre todos los trámites realizados en dichas gestiones de compraventa y registro Ayer noche , ya lo celebramos como si de una loteria se tratase ![]() que en estos tiempos con tanta homologación ,tasas,seguros,amarres,Itb,etc no estamos para estos sustos muchas gracias por vuestras aportciones como siempre y buenos vientos a todos A esta ronda invito yo ![]() ![]() ![]() ![]()
__________________
Así es como se hace la maniobra de "abandono de buque" ...http://www.youtube.com/watch?v=wiDfJ...eature=related |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Me alegro mucho.
Ya sabes, la proxima vez, todos los papelitos juntos. Saludos.
__________________
|
|
#8
|
||||
|
||||
|
Cita:
Para la náutica de recreo, puedes hacer TODOS los trámites en CUALQUIER Capitanía. Bueno, creo que incluso algunas cosas puedes hacerlas en un Consulado de España si estás fuera del país..... Yo, por ejemplo, compré una embarcación matriculada por primera vez en Alicante y he hecho todos los trámites en Tenerife (incluido el cambio de propietario). Esto que digo está escrito en una normativa. Si quieres, te la busco y te digo. |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Hola Tiliky,
Me alegro de que el final todo quedase en un susto. ![]() Hola edurogar, A lo mejor me expresé mal, pero mi experiencia no es exactamente como cuentas. Cuando compre el barco en diciembre pasado, presenté los papeles de la compra en Madrid, pero ellos verificaron que estában las cosas y se limitaron a trasladarlos a Barcelona, que fue donde los revisaron en detalle, hicieron las modificaciones en el registro y me devolvieron la documentación. De hecho me pidieron aclaraciones de un par de cosas, y lo hicieron desde Barcelona, sin implicar para nada a la oficina de Madrid en la que presenté los papeles (por cierto el barco evidentemente no está en Madrid, sino en Alicante). Si por hacer los tramites te refieres a presentar los papeles, estoy contigo en que lo puedes hacer en cualquier capitanía pero, al menos la inscripción en el registro de la venta de un barco se realiza en la capitania donde ese barco se matriculó por primera vez (lo cual además es razonable pues es donde tienen el libro de registro del barco, que me temo que no lo deben tener informatizado). Una birras para todos. ![]() ![]() |
|
#10
|
||||
|
||||
|
Una vez que se ha cerrado el contrato de compra-venta y la embarcación ya ha pasado a manos del adquirente, deberá comunicarse la nueva situación a la Administración competente, a efectos de realizar el expediente de cambio de dominio, en el plazo máximo de tres meses (artículo 54 del RD 1027/89).
La Administración competente es, en principio, el Distrito Marítimo donde se encuentra matriculada la embarcación. No obstante lo anterior, el artículo 4.2 del RD 544/07 de 27 de abril, en relación con las embarcaciones inscritas en la lista séptima, establece que las transferencias de titularidad y demás actos registrables podrán realizarse ante la Capitanía Marítima (o Distrito Marítimo) del puerto de matrícula o ante cualquier otro, mediante la presentación del título de adquisición de la propiedad. ![]()
__________________
Dicen los que han navegado que la grandeza del mar esta delimitada por nuestra propia imaginación y que el horizonte hasta donde nuestra vista alcanza es tan sólo el punto donde comienzan nuestros sueños... Dicen los que han navegado que la sal, las olas y el viento son forja de grandes amistades.... dicen los que han navegado que la mar es libertad. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|