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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buena mar para todos y que fluya el Ron Arehucas por vuestras gargantas.
Estimados Taberneros, me asalta una duda de un compañero que no he sabido contestarle. Es un centro de buceo que adquiere una neumatica con lista 6 de segunda mano 6 años, la normativa obliga a todos los centros de buceo a poseer una embarcación o en su defecto tener un contrato de alquiler con un tercero. Ahora viene la duda la embarcacion es propia del centro esta en lista 6ª, se tiene que hacer un contrato así mismo de alquiler de la neumatica o no es necesario. Gracias. |
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#2
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La respuesta es mala:
Si quién la usa es un centro de buceo, debe llevarla un profesional: no valen títulos deportivos. Si la alquila para usarla como negocio, llevando a buceadores, también. Aunque esté en lista 7. Sorry ![]()
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----------------------------------------------- ...¿y por qué no?... ![]() ----------------------------------------------- |
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#3
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Cita:
Mi pregunta es simple se tiene que hacer un contrato así mismo el centro por ser lista 6. |
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#4
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Técnicamente si la embarcación es del club , son los buzos que la usan quienes son los alquiladores de la lancha .
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