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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() ![]() Hola cofrades He usado el buscador pero no soy capaz de encontrar la respuesta a lo que necesito saber: yo compro un barco,el barco que compro tiene un seguro a nombre de su anterior armador con una vigencia aún de 6 meses a partir de la fecha de la compraventa. Al comprar el barco cambia el armador (que seria yo ):¿estoy yo y mi barco cubierto por este seguro a nombre del primer armador? ¿o no? ¿he de hablar con la compañia de seguros porque haya que cambiar el nombre del tomador del seguro,o se puede dejar asi como está hasta el fin de la vigencia de este seguro anual? Muchas gracias por lo que podais aportar ![]() |
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#2
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![]() Funcina igual que los seguros de coche. Salud y buena mar
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En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan. Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778) Albaid en youtube |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Kiro | ||
Mirlotu (22-05-2012) | ||
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#3
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Hola Mirlotu:
Habla con la compañía. Saludos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LP706 | ||
Mirlotu (22-05-2012) | ||
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#4
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Cita:
Yo hace un par de años vendí el barco en el mes de Julio, y hasta marzo del año siguiente el seguro no vencía. Hablé con mi compañia, y me comentaron que si me compraba otro barco durante ese mismo año, me devolvían la parte proporcional y me lo descontaban del nuevo barco. Al final como no tenia pensado comprarme uno nuevo hasta el año próximo, decidí regalarselo al comprador y era un gancho más para la venta. Llamé a la compañia, y se pusieron en contacto con él , actualizaron los datos y listo. Luego en marzo del año siguiente, el nuevo propietario decidió o no quedarse con el seguro o contrató uno nuevo. La lastima es que el barco lo vendí en julio y en en enero me dieron el nuevo, por lo que lo podria haber utilizado 3 meses. Sin embargo, el nuevo barco que compré que era de 2ª mano (tenia 6 meses), la nautica no me quiso regalar el seguro del antiguo propietario y el precio de la parte proporcional era muy elevado, por lo que el seguro se perdió. Yo no lo pude utilizar, pero el antiguo propietario también lo perdió. No lo entiendo pero es así. Si me hubieran dado un precio razonable pues todavía, pero es que casi me costaba lo mismo 3 meses que todo el año en otra compañia con los dos a todo riesgo. Cada uno tiene una forma de hacer las cosas. ![]() |
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#5
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Hombre, todo depende del tipo de seguro. Lo normal es tener un seguro a terceros y responsabilidad civil. Osea, que ni te cubre a ti ni a la embarcación, lo que estaría cubriendo son los daños que tu hicieras a otras embarcaciones o personas con la embarcación.
No existe ningún problema en continuar con el seguro anterior, aunque conviene que por el anterior dueño se comunique dicha situación a la aseguradora. ![]()
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ |
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#6
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Hola a todos:
El seguro es un contrato entre el propietario del barco y la compañía de seguros. El propietario cuando vende el barco, no puede ceder su posición en el contrato sin que la otra parte lo sepa y lo consienta. Tendrá que ser el vendedor, el que comunique a la compañía que cede sus derechos al nuevo propietario. La compañía, normalmente, le hará un nuevo contrato bonificándole la parte no consumida, que suele ser muy poco. Si no se comunica y luego pasa algo..................................... Saludos |
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