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Antiguo 03-07-2013, 10:48
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Predeterminado Duda Lista 6ª, uso profesional distinto del charter.

Hola! Unas rondas veraniegas de mi parte .

Tengo una duda sobre lista 6ª, que quizás sea una tontería pero no acabo de encontrar del todo una respuesta satisfactoria.

He leido mucho en la taberna que cuando matriculas una embarcación en lista 6ª, sin pagar IVA ni impuesto de matriculación, el único uso que puedes hacer es el de charter, es decir alquilar con o sin patrón, el resto de usos, especialmente el privado está prohibido. (Esto es lo que he entendido después de mucho leer).

Pero la duda es, que pasa si por ejemplo necesito una embarcación para un uso profesional distinto del charter. Por ejemplo, como embarcación para realizar fotografía submarina profesional. Es decir voy a salir a hacer fotos profesionales y el barco es una herramienta de trabajo más. Lo pongo como ejemplo, pero se me ocurren más casos en los que una embarcación de recreo podría ser utilizada para otras cosas... en caso de que eso sea legal claro.

Un saludo y gracias
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  #2  
Antiguo 03-07-2013, 23:05
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Predeterminado Re: Duda Lista 6ª, uso profesional distinto del charter.

No. La ley es muy clara, el uso es para que se explote en alquileres.
Como el Iva no se paga a la administración tributaria cuando se compra la embaracación, la única manera de que se revierta el IVA es el que se cobra a los clientes al efectuar las facturas por los alquileres.

Si se puede entender un uso profesional por ejemplo a las escuelas de buceo, ya que estas cobran a los usuarios, o por los cursos o salidas que efectuan, y esa facturación liquidará IVA.

Como profesional de la fotografía, te pueden alquilar una embarcación y logicamente usarla, siempre que no sea tuya (temas del IVA).

Es imprescindible a la hora de matricular en lista 6ª (o cambiar de lista 7ª a 6ª) la presentación del alta del Impuesto sobre Actividades Económicas en el epigrafe de "Alquiler de Embarcaciones".

De entrada sin ese documento no se prodría matricular en lista 6ª. (no vale el alta de IAE como fotografo profesional).

Luego si se matricula en lista 6ª, la inspección tributaria (más o menos al los 18 meses) pedirá todos los documentos de ventas efectuadas, y demostración de que se esta ejerciendo la actividad de alquiler, si no..... a pagar los impuestos correspondientes más recargos y sanciones.

No obstante un barco en lista 7ª (pagando todos sus impuestos) podría deducirse el IVA, en la proporción al uso para la profesión. Es decir si cosideramos que se usa un 8o % para la profesión (se tendrá que demostrar por mediación de las facturaciones efectuadas y demás probatorias de que el uso es correcto) podrá deducirse ese 80 % del IVA.

No lo veo muy claro, salvo que se tenga una empresa y que sean los empleados de ésta la que realizan los reportajes, y por tanto la "dirección" "socios" etc. no utilizan la misma para uso propio, por ejemplo una cadena de Televisión compra la embarcación y la usan los reporteros empleados a sueldo.

En fin... Está todo bastante legislado y claro.

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  #3  
Antiguo 08-07-2013, 13:04
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Predeterminado Re: Duda Lista 6ª, uso profesional distinto del charter.

Cita:
Originalmente publicado por Tatatoa Ver mensaje

No lo veo muy claro, salvo que se tenga una empresa y que sean los empleados de ésta la que realizan los reportajes, y por tanto la "dirección" "socios" etc. no utilizan la misma para uso propio, por ejemplo una cadena de Televisión compra la embarcación y la usan los reporteros empleados a sueldo.

En fin... Está todo bastante legislado y claro.

Pero en este caso debería de lista 6ª igualmente ¿No?

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Iñaki
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  #4  
Antiguo 08-07-2013, 22:35
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Predeterminado Re: Duda Lista 6ª, uso profesional distinto del charter.

Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Pero en este caso debería de lista 6ª igualmente ¿No?

No, lista 7ª, ya que no van a explotar el alquiler, es decir no van a emitir facturas a nadie en concreto.

La lista 6ª para poder matricular te exige el ALTA en el Impuesto de Actividades Economicas en el epigrafe 855.2 expresamente. "Alquiler de embarcaciones".

Una empresa que utiliza por su necesidad para reportajes, o hacer negocios, no puede matricular en 6ª ya que no se va a auto-facturar el alquiler (no es viable). Así mismo esta prohibido alquilar por más de 90 días a un cliente para su disfrute. (No así el alquiler de una embarcación a otra empresa que alquila a terceros.)

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  #5  
Antiguo 08-07-2013, 23:36
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Predeterminado Re: Duda Lista 6ª, uso profesional distinto del charter.

Si alquilas la embarcación para chartear, dormir, hacer fotos o lo que sea debe estar en 6a.

Creo que en esto el Real Decreto 1027/1989 es claro:
En la lista sexta, se registrarán las embarcaciones deportivas o de recreo que se exploten con fines lucrativos.
En la lista séptima, se registrarán las embarcaciones de construcción nacional o debidamente importadas, de cualquier tipo y cuyo uso exclusivo sea la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional.

Pero buen intento ;-)
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Etiquetas
charter, lista 6, profesional


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