La Taberna del Puerto Pasch
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  #1  
Antiguo 27-12-2012, 20:00
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BUenas noches y una ronda a todos!
Tengo una en cuanto a la petición de la baja por exportación. En mi caso, ahora soy residente de un país no CE, pero voy a comprar un barco de pabellón español. Mi pregunta es: puedo pedir la baja por exportación sin hacer el cambio de titular en capitanía?
Segun veo, para hacer el cambio de titular, se debe liquidar el impuesto de transmisiones.
Dado que soy residente de otro pais, y el barco se matriculará en otro pais (donde también pagaré mi 4,5% de impuestos, y no hay convenio de doble imposición de ningun tipo) no estaría muy bien que tenga que pagar el impuesto de transmisiones.
Otra duda: Si en el contrato de compraventa pongo que se ha realizado en un tercer país: ¿también se debe liquidar? es decir,la liquidación es relativa al objeto (el barco) o donde se produce?
En cualquier caso, no se si alguien ha pedido una baja por exportación en el momento de la compra, y me puede echar un cable, se lo agradecería enormemente.
para el que haya llegado hasta aquí!
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  #2  
Antiguo 27-12-2012, 20:05
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

El barco lo vas a mover?
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  #3  
Antiguo 27-12-2012, 20:16
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De españa? No. Teniendo en cuenta que mi residencia es Andorra, no puedo traerlo a la aduana de aqui :-)
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  #4  
Antiguo 27-12-2012, 20:25
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Pues la DGMM considera exportación el cambio de puerto base a otro país. Dudo que acepten ese cambio si el barco no se mueve, y mientras sea el barco sea español, se rige por las leyes españolas.
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bote-gin (27-12-2012)
  #5  
Antiguo 27-12-2012, 20:36
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Ummm, gracias por la reflexion, pero eso no creo que sea juridicamente correcto para no residentes. Una cosa es que pague el impuesto de matriculacion, que lo hare en su momento, y otra cosa es que no permitas a un andorrano poner bandera andorrana. Eso dudo mucho que este en ninguna ley. Es decir, en mi caso, yo estoy importando un barco, no exportando. Por cierto que no he leido en ningun lado los supuestos legales que obligan a pedir una baja por exportacion a un armador. Parece tonto pero uno podria abanderarlo en andorra sin decir ni mu a una capitania.
Dado que en Andorra no hay mar, no creo que pueda poner mi puerto base aqui y en cambio si que hay una federacion de vela que entrena en españa con el beneplacito español.
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  #6  
Antiguo 27-12-2012, 20:58
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

La "querida" DGMM pide puerto de destino para dar de baja la bandera española , y las leyes españolas no permiten mantener 1 barco que esté en españa mas de 6 meses con bandera extranjera. La excepción es si lo IMportAs.
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  #7  
Antiguo 27-12-2012, 21:33
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Um, de nuevo te agradezco la idea, pero no estoy seguro de eso de tener que enarbolar una bandera de otro país.
Una cosa es el impuesto de matriculación, y otra cosa es el pabellón. ¿Tu piensas que puedes obligar a un canadiense a navegar bajo bandera española? ¿y con qué titulo? porque el suyo no es convalidable. Es decir, lo que propones es que obligas a los extranjeros a sacarse el per, PY y CY para navegar en españa conprando un barco de bandera española. Y eso que te piden DNI para presentarte al examen, lo que imposibilitaria por tanto poder navegar legalmente con el pabellón español.
Insisto en que no puedes obligar a un no residente a enarbolar una bandera española.
La ley establece lo que copio en lineas inferiores, y en ningún lado aparece como requerimiento legal el proporcionar un nuevo puerto base, ni la salida del barco de territorio español.
Yo aportaré mi DUA. Y dentro de 18 meses pagaré el impuesto que me toque pagar. Pero leyendo la legislación de la web de fomento (no se si hay mas) ni he visto la obligatoriedad de dar puerto base, ni la obligatoriedad de solicitar la baja por cambio de bandera.

Asi que en teoria, legalmente puedo tener dos banderas.
A.9. Baja por exportación de buques o transferencia a otro registro

A.9.1 Buques mercantes o pesqueros ya matriculados en España:

Documentación

Solicitud del interesado con fotocopia DNI, CIF, y Poder Notarial del representante, según corresponda.
Documento acreditativo de transferencia de Propiedad (Contrato, aportación a Sociedad, etc.)En caso de Exportacion provisional Contrato de Arrendamiento.
D.U.A. cuando la exportación vaya a ser a un país no comunitario. (Se puede presentar en el momento de la entrega de la nave).
Certificado de titularidad y libertad de cargas del Registro Mercantil. En caso de que consten cargas inscritas se presentara consentimiento de los acreedores expreso y sin reservas conforme no se oponen a la baja del buque en el Registro.
Tramitación

  1. Se inicia procedimiento 7 .Se solicita al puerto de matrícula Copia de Asiento actualizada.
  2. Una vez aportada, se remite el expdte. a la DGMM para su autorización, si Epp > 6 mts., si es menor de 6 mts. la autorización la concederá el Capitán Marítimo de la provincia. Si es pesquero previamente se remite a Pesca para informe.
  3. Una vez autorizado el cambio de bandera, deberá entregarse bien ante el Capitán Maritimo o bien ante el Cónsul de España, si la entrega se efectúa en puerto extranjero, la siguiente documentación.
    • Rol y Patente de Navegación
    • Acta de entrega de la Nave
    • Documentación reservada en buques mercantes mayores de 1.600 TRB
    • D.U.A. (País no comunitario) Solo si no se ha presentado anteriormente.
  4. Se remite la documentación a DGMM quien autoriza la baja.
  5. Una vez anotado en la Hoja de asiento del buque se remitirá fax a Pesca en el caso de ser pesquero, indicando el motivo de la baja y fecha de anotación de la Hoja de Asiento.
  6. Se expide Certificado de Baja y se comunica la incidencia al Registro Mercantil.
  7. Se remite expediente para archivo a DGMM si eslora pp > 6m
A.9.2. Buques de recreo matriculados en España:

La tramitación es similar, solo que se puede obviar el trámite formal de entrega de nave y cambio de bandera, si consta como entregado en el contrato y se ha depositado Rol o Licencia y Patente, en su caso, anotándose directamente la baja una vez autorizado.
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  #8  
Antiguo 27-12-2012, 23:41
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Con permiso.

Sin meterme donde no me llaman lo mas facil podria ser que el vendedor solicitara la bajada de bandera por exportacion con cambio de titularidad de esta manera al hacer efctiva la compra el barco estaria sin bandera por lo que libremente puedes matricularlo donde quieras. Aunque lo mas legal seria sacarlo durante las gestiones de aguas Españolas a Gibraltar, Portugal o Francia po cercania.

Salud
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  #9  
Antiguo 28-12-2012, 06:10
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Gracias iMystic! Algo asi era la idea que tenia formandome.
Un saludo
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  #10  
Antiguo 15-08-2014, 18:30
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Buenas tardes y unos rones para el cafe.
Mi caso es algo parecido, soy yo el comprador el que quiero cambiar la bandera de española a belga. En la solicitud de baja entiendo que devemos marcar
Baja por exportacion y tambien con cambio de titularidad.
Es que lo quisiera hacer yo... El papeleo... Y aun lo estoy estudiando.
Gracias y rones
para todos que supongo estais secos.
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  #11  
Antiguo 16-08-2014, 17:39
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Gracias a Gestoria Guiral por resolver las dudas y dar luz a la penumbra de mi camimo.

Y ahora a comenzar los tramites.

Ronda para todos y doble para ti Cristina.

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  #12  
Antiguo 16-08-2014, 19:01
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Cita:
Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Pues la DGMM considera exportación el cambio de puerto base a otro país. Dudo que acepten ese cambio si el barco no se mueve, y mientras sea el barco sea español, se rige por las leyes españolas.
No es por llevarte la contraria, pero la situación ahora es la siguiente:

Tanto Hacienda como DGMM consideran perfectamente legal el cambio de bandera y la solicitud de baja por exportación aunque el barco no salga de España.

Por otro lado, en cuanto a la pregunta inicial sobre el Impuesto de Transmisiones, me temo que hay que pagarlo aunque sea para llevarse el barco fuera porque es una entrega de un bien en España y al no ser primera venta, no está sujeto a IVA.

Por supuesto, la baja la puedes solicitar con o sin cambio de titularidad, el problema está en que si la solicitas sin cambio de titularidad, en la hoja final de asiento que se emite como resultado de la baja de abanderamiento en España aparece como titular el propietario anterior, lo que no es problema al abanderar en otro Estado porque estos lo que piden normalmente es el contrato de compraventa ya que registros como el británico o el belga ya avisan de que sus certificados de registro no son prueba de propiedad.

De todos modos, si solicitas la baja con cambio de titularidad, normalmente en Capitanía no te piden que justifiques el pago del Impuesto de Transmisiones.

Si tienes cualquier duda adicional, estoy a tu disposición y la de cualquier cofrade que lo necesite, como he estado siempre.

salud!!!
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jiauka (16-08-2014)
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Este post el del 2012 !!!! Y la normativa es diferente a cuando se planteo
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en crisis ??
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Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
No es por llevarte la contraria, pero la situación ahora es la siguiente:

Tanto Hacienda como DGMM consideran perfectamente legal el cambio de bandera y la solicitud de baja por exportación aunque el barco no salga de España.

Por otro lado, en cuanto a la pregunta inicial sobre el Impuesto de Transmisiones, me temo que hay que pagarlo aunque sea para llevarse el barco fuera porque es una entrega de un bien en España y al no ser primera venta, no está sujeto a IVA.

Por supuesto, la baja la puedes solicitar con o sin cambio de titularidad, el problema está en que si la solicitas sin cambio de titularidad, en la hoja final de asiento que se emite como resultado de la baja de abanderamiento en España aparece como titular el propietario anterior, lo que no es problema al abanderar en otro Estado porque estos lo que piden normalmente es el contrato de compraventa ya que registros como el británico o el belga ya avisan de que sus certificados de registro no son prueba de propiedad.

De todos modos, si solicitas la baja con cambio de titularidad, normalmente en Capitanía no te piden que justifiques el pago del Impuesto de Transmisiones.

Si tienes cualquier duda adicional, estoy a tu disposición y la de cualquier cofrade que lo necesite, como he estado siempre.

salud!!!

Cierto, han cambiado de criterio desde mi consulta.


Y en breve la DGMM se convertirá en la Dir. Gen. de la Marina Menguante.
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Cita:
Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Cierto, han cambiado de criterio desde mi consulta.


Y en breve la DGMM se convertirá en la Dir. Gen. de la Marina Menguante.
Es lo que tiene reflotar hilos antiguos.....

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  #16  
Antiguo 17-08-2014, 12:50
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Predeterminado Re: Duda petición baja Exportación

Cita:
Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Cierto, han cambiado de criterio desde mi consulta.


Y en breve la DGMM se convertirá en la Dir. Gen. de la Marina Menguante.
Ya lo es ... como no se den cuenta de que lo que tienen que hacer es convertirla en Dirección General de la Marina Civil y crear una muy potente Subdirección General de Náutica de Recreo y simplificar normativas, etc ... me da que pronto llegará a perder su razón de ser.

salud!!!
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  #17  
Antiguo 17-08-2014, 13:21
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Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Ya lo es ... como no se den cuenta de que lo que tienen que hacer es convertirla en Dirección General de la Marina Civil y crear una muy potente Subdirección General de Náutica de Recreo y simplificar normativas, etc ... me da que pronto llegará a perder su razón de ser.

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En mi opinión lo más adecuado sería adelgazar la administración, el gasto público (y la burocracia) no engordarla con nuevas direcciones y subdirecciones con las mismas funciones
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