Mi opinión sobre el tema es la siguiente:
- A efectos de los convenios internacionales de seguridad marítima ( que es de lo que aquí se trata), una embarcación de recreo es un buque.
- En principio, SOLO están afectados aquellos equipos marinos, para los cuales se establezca en los convenios internacionales, la obligación de ser certificados por los Estados miembros.
- Cualquier certificado de homologación expedido por un país miembro, pasará a tener validez en cualquier otro Estado miembro.
Saludos