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VHF: Canal 77 |
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Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Buenas noches amigos
Está en período de consulta pública el proyecto de real decreto sobre las condiciones de seguridad en actividades de buceo en aguas españolas. Por si interesa https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG...O_01022018.htm Este es el texto https://www.fomento.gob.es/NR/rdonly...brero2018a.pdf Unos tragos a mi cuenta |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Marinosinbarco | ||
Perri (07-02-2018) |
#2
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Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Muy interesante, no lo he leído completo pero lo que he leído, de momento no me ha parecido ninguna locura.
De momento evita la obligación de una embarcación de apoyo para inmersiones a menos de 200 metros de una playa o de 50 metros de la costa. Un avance, para variar. 🍻🍻🍻🍻 Enviado desde mi SM-G935F mediante Tapatalk |
#3
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Re: Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Si. No tiene mala pinta. Legaliza ya de forma clara el buceo de infantería sin necesitar embarcación de apoyo.
Lo que parece que también hace es subir a 16 años la edad mínima de recreativo. Justo hace un año lo habían revisado a la baja algunas comunidades autónomas. A lo mejor 16 es un poco exagerado. ¿No? |
#4
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Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Lo he guardado para leer luego. De momento lo que decís tiene mucho sentido. 200m de una playa es justo la “frontera” de las embarcaciones para fondear. Ergo es de sentido común y por lo dictado por la propia ley, que a menos de 200m no se necesite embarcación de apoyo porque de hecho sería ilegal y está sancionado con multa.
Por otra parte tengo una curiosidad, los INSTRUCTORES de buceo recreativo (PADI o demás empresas) tienen o han de tener algún título habilitante profesional? Porque por lo que he visto hasta ahora la mayoría solo tiene un título dado por una de las citadas empresas para ser “master diver” y no tienen un título profesional de buceo como Buceo de 1ª o 2ª Clase (o 2ª Restringida) oficiales y homologados por la administración española. Alguien me corrige o me aclara esa dudilla? Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
#5
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Re: Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Por lo que yo sé y no es que sea una experta en el tema, tan sólo buceadora, hay que distinguir entre "buceo deportivo" y "buceo profesional".
Buceo deportivo- al igual que otros deportes como fútbol, tenis, etc. existen escuelas, con monitores o instructores que imparten cursos y dan una titulacion deportiva. En España está la FEDAS(Federación española de actividades subacuáticas) que tiene sus propios instructores y que si superas el curso te dá una titulación propia. También existen otras escuelas como o PADI que tiene sus propios títulos. Al final, lo importante es tener el título en una u otra escuela para que haya una aseguradora que te cubra la actividad. Por lo demás es igual en que escuela te lo saques Buceo profesional- esto ya es desde hace unos años una enseñanza reglada, y en algunas comunidades (ya que está transferido) se ofrece incluso como módulo de FP. Los cursos por lo tanto ya no los impartes los club de buceo o federaciones y los titulos los otorga la administración pertinente. estas titulaciones , según el nivel que se obtenga, te permiten ejercer una actividad profesional, cosa que con los titulos recreativos no se puede. Espero haberte aclarado algo. y si me he equivocado en algo, seguro que por aquí hay cofrades que nos lo aclaran . Salud y |
#6
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Re: Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Buenas tardes
Aún no he tenido tiempo para para leerlo detenidamente. A priori hay cosas que parecen de mera lógica que las dispongan así. Gracias por vuestras aportaciones. Si alguno lo puede leer con detenidamente y le apetece comentar...... Un ronda |
#7
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Re: Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Un burrada que yo he visto es para el buceo bajo techo.
Artículo 21. Inmersiones bajo techo. Las inmersiones en grutas, cuevas, interior de barcos hundidos o cualquier tipo de inmersiones que se desarrollen bajo techo, sea real o virtual solo podrá llevarse a cabo en el supuesto y con los requisitos previstos en el artículo 19.3. Y el 19.3 dice que hay que ser mayor de 18 años. |
#8
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Re: Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Mis humildes comentarios una vez leído por encima:
Cita:
Cita:
Personalmente me he encontrado en el caso de estar navegando 2 personas (ambas con titulación náutica) pero tan solo una de ellas con titulación de buceo (PADI). Si la persona "buceadora" que tenia el equipo necesario a bordo, hubiera deseado bucear por la zona que estábamos fondeados la ¿ley se lo impide? No lo veo lógico ni que se ajuste a la realidad dado que "mi caso" o similares se darán bastante habitualmente. (al final solo buceamos en apnea en la zona de fondeo, con el balizamiento adecuado mediante flotador con bandera en superficie y bandera ALFA izada en el velero cono se recoge en el RIPA y se cita en este Proyecto de RD). Cita:
No veo lógico, seguro, justo ni "legal" que quien ejerce de instructor / monitor / docente en buceo recreativo/deportivo y realiza por ello una actividad profesional remunerada no tenga que tener una titulación profesional OFICIAL. Y no una recreativa de una organización/empresa/entidad nacional o extrajera que se haya "inventado" una serie de títulos (y que además cobra una cantidad de dinero (como poco discutible) periódicamente para renovar "el carnet" en algunas de las modalidades (que me corrija/matice/especifique si lo desea quien sepa mejor del tema). |
#9
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Re: Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Gracias por vuestras aportaciones. Aún no he podido leer con detenimiento el texto, si puedo, este fin de semana.
Os traigo las primeras impresiones de los profesionales del sector http://www.subaquaticamagazine.es/pr...decreto-buceo/ Saludos |
#10
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Re: Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Cita:
En la náutica deportiva, durante los últimos años, si eras Capitan de Yate y con experiencia podías sacarte el PPER y enseñar e incluso ofrecer tus servicios profesionales. En escafandrismo, si eres un buceador con experiencia, puedes sacarte el título de monitor y enseñar... aunque hoy por hoy, no puedes vender tus servicios profesionales ni en actividades sencillas como recuperar unas gafas caidas en un puerto.... En todo caso, ¿para qué queremos títulos y pedimos experiencia si, al final, no quedamos ni siquiera capacitados para enseñar a otros? ¡Ah! y sobre la pareja obligatoria... Si, efectivamente, en algunos casos y situaciones es un incordio... ...pero como en otras actividades de riesgo, como la escalada, la experiencia demuestra que, yendo 2, el 80% de los posibles accidentes se convierten en incidentes sin importancia.
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#11
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Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Despues de leerlo completo y unicamente valorando el buceo recreativo. Hay dos cosas que si que creo que faltan.
Por un lado no reconocen el buceo técnico como recreativo y el buceo con mezclas de gases lo recojen en el buceo profesional cuando actualmente ya existen organizaciones que titulan buceadores para bucear con rebreather, trimix,...... como TDI. Aparte de bucear a mas de 40 metros ya es el maximo recreativo que en el caso del trimix se supera con creces. De hecho el buceo técnico es el siguiente paso del buceador recreativo que quiere seguir formándose. Por otro lado siguen sin esclarecer los limites entre un club de buceo y un centro de buceo pudiendo los primeros hacer competencia a los segundos sin tener que cumplir con las mismas obligaciones. Es un tema importante de cara a la viabilidad economica de los centros de buceo. El buceo a 2 me parece imprescindible, la seguridad es lo primero y aunque un compañero puede que no haga falta nunca si eres meticuloso con tus inmersiones el dia que te hace falta te salva la vida. El exceso de confianza suele ser el antecedente principal de un accidente de buceo. Alguien preguntaba sobre los instructores y su formación. Actualmente en España no existe una titulación específica para instructores o monitores de buceo y es un asunto que al igual que las titulaciones nauticas está traspasado a las CCAA por lo que en unas están mas avanzadas que en otras donde, por ejemplo en Cataluña, son pioneros en hacerlo. En cualquier caso a lo maximo que han llegado ha sido a emitir un titulo de buceo oficial si presentas tu título de cualquier organizacion reconocida en España como FEDAS, PADI, IDEA, ACUC, SSI,....... En cuanto a la formación recibida por instructores y monitores por parte de estas organizaciones es por regla general bastante buena por una razon muy sencilla. Sus instructores y monitores les hacen ganar dinero por lo tanto les interesa que tengan un buen nivel, de hecho hay mucha gente que quiere ser OWD de PADI porque piensa que es la mejor organizacion cuando la realidad es que la organizacion es lo de menos, todas tienes unos estandares parecidos quien marca la diferencia es el instructor y el monitor, si te enseñan bien serás un buen buceador independientemente de la organizacion que emita el título. Por ultimo no entiendo porque a los instructores y monitores siguen sin reconocerlos como profesionales cuando realmente lo son. Realizan un actividad por la que cobran y son su sustento por lo tanto son profesionales. Deberian reconocerselo sobre todo de cara a su cotizacion a la SS. Al fin y al cabo estan trabajando en ambiente hiperbárico cada día al igual que cualquier otro profesional. 🍻🍻🍻🍻🍻🍻 Enviado desde mi SM-G935F mediante Tapatalk Editado por Perri en 14-02-2018 a las 18:58. |
#12
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Re: Proyecto de RD Condiciones de seguridad bueceo
Este fin de semana se reunen en madrid varios cargos de las diferentes asociaciones y certificadoras de buceo para tratar el tema y presentar cambios al estado, para ver si conseguimos hacer una legislación más realista y estandarizada con el resto del mundo.
Segun me enteré de cosas las iré poniendo por aquí, ya que veo interés. Igualmente pido que el que se entere de cualquier cosa también lo comparta, que soy muy cotilla je je. Saludos y decobirras para todos |
2 Cofrades agradecieron a j.fernandez este mensaje: | ||
Marinosinbarco (14-02-2018), Perri (14-02-2018) |
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