La Taberna del Puerto Social
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  #1  
Antiguo 23-05-2021, 11:45
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

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Originalmente publicado por moryak Ver mensaje
ANEN en su web tiene un resumen. Os invito a verlo y de paso localizar la empresas asociadas para no comprarles material.
Puedes poner el enlace?

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  #2  
Antiguo 23-05-2021, 12:10
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Aquí os dejo la relación básica de material aplicable para embarcación de fibra menor de 7 metros y motor fueraborda para navegar en zona 4. Si alguno le echa un vistazo y detecta alguna anomalía o algo por incluir agradecería lo haga constar para modificarla. Gracias.
PD. Esta lista está personalizada por una Beneteau Antares 550 con fueraborda 60 cv y navegación en zona 4.
https://flic.kr/p/2m1bv96
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  #3  
Antiguo 23-05-2021, 12:37
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Por el decreto hay varias exenciones de cumplir con los requisitos de seguridad:

Barcos construidos antes de 1950 (y reproducciones exactas), barcos totalmente dedicados a regata, barcos de diseño novedoso incompatible con cumplir las normas y, cuidado aquí, también abre la puerta a montar equipamiento de seguridad novedoso en lugar del prescrito en la ley (pero con sólo si está autorizado por el Director General de la MM), que entiendo que aquí puedan entrar las bengalas eléctricas y similares.

Vamos, que tampoco podemos decir que hayan modernizado, pues sólo han "abierto la puerta" a autorizar modernidades. Aún que viendo el largo historial de facilidades de la DGMM a la hora de reconocer homologaciones varias, estamos bien apañados .

Yo creo que este decreto tiene una vocación demasiado generalista para no haberlo tramitado en sede parlamentaria. Se echa en falta más claridad en el redactado, y acompañarlo de un reglamento para las cosas más concretas (tema electrónica, por ejemplo). Cualquier malpensado diría que es una ley sospechosamente parecida (incluso en su mediocre prosa) a la que viene a sustituir.


A mí, personalmente, los únicos cambios que me afectan es la obligación de montar luces en los chalecos si hago navegación nocturna, y que me ahorro 3 bengalas, tres cohetes y un bote de humo (este último lo seguiré comprando igual que el detector de humo y el extintor extra, por seguridad, no por legalidad).

Si brindo porque hayan alejado las cuantías de las multas de esas barbaridades que se aplican a los mercantes.

Editado por Dorf en 23-05-2021 a las 13:03.
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  #4  
Antiguo 23-05-2021, 13:27
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Hombre....
  • 100-150 eurotiens por CADA luz de chaleco
  • 300-400 euros por no llevar placa o etiqueta que recuerde ventilar el cuarto de máquinas por al menos 4 minutos (ni 3 ni 5)
  • 200-250 euros por CADA carta (¿cada carta? Si solo seria exigible la de la zona en la que estas...)
  • 100-150 por CADA bengala....
Muy sensato todo. Si si si ....



Es mejor que antes, no te quito razón ....


Pero esto es una estrategia bastante conocida y usada:

Te acostumbran un rigor y cuando aflojan un poco, solo un poco, ya saltas de alegría...
Esto es lo que ha pasado con las multas...



Año 2021, era de IA, gloables, hiper comunicados, avances tecnológicos que quitan el hipo, viajes a marte, genética, ....



Y estos impresentables quieren sacar pasta por no tener "compás de puntas".....



No te jode....
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  #5  
Antiguo 23-05-2021, 15:01
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Predeterminado decreto sobre material de seguridad

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http://www.anen.es/download/general/...ATIVA-2021.pdf

Y aquí las empresas:

http://www.anen.es/asociados/
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  #6  
Antiguo 24-05-2021, 08:54
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Predeterminado decreto sobre material de seguridad

Acabo de encontrar dentro del derecho internacional algo llamado "Zona contigua", que es es todo aquel territorio perteneciente a un estado con extensión marítima de 12mn donde puede establecer su reglamentos para beneficio del país, esto se suma a las 12mn de las aguas territoriales, con lo cual, parece ser que las aguas territoriales mas la zona contigua queda en 24mn donde se puede ejercer los reglamentos del pais.
Ojito que si esto es asi de zona 4 nada de nada, pasamos a zona 3.
Algun jurista puede confirmar o desmentir esto?

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  #7  
Antiguo 24-05-2021, 09:03
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Muy buenas,
Mientras este Real decreto esté en vigor (a partir del próximo 1 de julio) y hasta que lo pongamos en tribunales y ganemos (ojalá...), habrá que cumplirlo para evitar multas...

Y como todos, por esto lo estoy leyendo...
He visto que en los chalecos dice (artículo 7 punto 4):
Los chalecos salvavidas inflables serán revisados:
"...En estaciones de servicio, autorizadas conforme al proceso que proceda, que sean competentes para efectuar las operaciones de revisión, tengan instalaciones de servicio apropiadas y utilicen solo personal debidamente capacitado."

Entiendo que se acabó lo de comprar la botellita de gas, la sal y hincharlo durante 24 horas en casa...habrá que hacerlo en un tienda...
Pero, si se llevan también en el barco chalecos no inchables, bastará con no enseñar los inchables,no?
¿Cómo lo veis?

Y por cierto, la guía sanitaria de a bordo versión reducida en su portada dice que es para embarcaciones que naveguen hasta 10 millas de la costa...esta versión reducida tiene 176 páginas...la versión completa 460 páginas...
En barcos de pabellón extranjero, con la versión reducida estamos dos millas a merced de una multa de 100 a 150 eur...anda que...
Vaya, así lo entiendo...
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  #8  
Antiguo 24-05-2021, 09:57
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

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Originalmente publicado por BichoBola Ver mensaje
Acabo de encontrar dentro del derecho internacional algo llamado "Zona contigua", que es es todo aquel territorio perteneciente a un estado con extensión marítima de 12mn donde puede establecer su reglamentos para beneficio del país, esto se suma a las 12mn de las aguas territoriales, con lo cual, parece ser que las aguas territoriales mas la zona contigua queda en 24mn donde se puede ejercer los reglamentos del pais.
Ojito que si esto es asi de zona 4 nada de nada, pasamos a zona 3.
Algun jurista puede confirmar o desmentir esto?

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Las aguas territoriales son las que son, 12 millas desde las lineas de base, excepto cuando se superpongan con las aguas territoriales de otro pais, no hay mas.

La zona contigua y la zona economica exclusiva son otro tema.
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.

Slava Ukrayini!.
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  #9  
Antiguo 24-05-2021, 18:14
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

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Originalmente publicado por markuay Ver mensaje
Las aguas territoriales son las que son, 12 millas desde las lineas de base, excepto cuando se superpongan con las aguas territoriales de otro pais, no hay mas.

La zona contigua y la zona economica exclusiva son otro tema.
Efectivamente.
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  #10  
Antiguo 24-05-2021, 13:43
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Predeterminado decreto sobre material de seguridad

Está tan clara la norma que voy a poner el puto cartelito hasta en el fueraborda
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  #11  
Antiguo 24-05-2021, 19:56
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Predeterminado decreto sobre material de seguridad

No veo insultos (para ser insulto debe ofender, o tener esa intención... )
¿Quizás estén en otro hilo?

Si que alguien no te respete es una ofensa... bueno... nos habrán insultado más de una vez en nuestras vidas...

Desprestigio si, a la DGMM. Y no es gratuito....las razones son evidentes. Se lo han ganado a pulso por su pobre labor con los navegantes de recreo.

Socorro en el mar... El mismo que cualquier país le brindará a una bandera española en sus aguas... ¿o acaso un barco español llama a las autoridades de Españ cuando navega por el Caribe?
No veo este punto


Lo de la orden judicial, si, es un poco excesivo.
Hay jurisprudencia acerca de las dependencias privadas (camarotes) o sea que subirse si, entrar ya no está tan claro...

Y gracias a este RD podrán comprobar el material de seguridad y el equipo de prevención de contaminación... si ésos que también le piden a los "buques"


Que sea "la autoridad" no significa que tengan carta blanca... eso pasa habitualmente en países tercermundistas... Ah, cierto..., y a veces en España desde que tenemos la Ley de Seguridad Ciudadana.


A un esquife marroquí cruzando el estrecho a toda velocidad....¡claro que lo abordan!
Porque hay sospecha cierta que trafica droga...es decir que esta cometiendo un delito penal.

No es comparable al barco con una familia a bordo disfrutando de una tarde de verano en una cala y que no hayan comprobado que la regla de 40cm no estaba bajo la mesa de cartas... No señor... ni de cerca.


Y si, seguramente habrán agentes que sean exquisitos en su trato... lamentablemente aún no me he cruzado con ninguno... todo lo contrario...
Cuando me tope con uno, vuelvo a este hilo y rectifico mi escala de respetos...

Salud




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ARIELON (24-05-2021), el brujo (26-05-2021), LSV (25-05-2021), markuay (26-05-2021)
  #12  
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

La verdad que da pena ver en Tabarca a una patrullera de X cientos de miles de euros + una tripulación profesional que ha costado formar X miles de euros, a la solanera del mediodía pidiendo la bocina de niebla o el compás de puntas o el cubo. Da pena...
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ddelgrac (24-05-2021)
  #13  
Antiguo 24-05-2021, 20:24
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Cita:
Originalmente publicado por ARIELON Ver mensaje
La verdad que da pena ver en Tabarca a una patrullera de X cientos de miles de euros + una tripulación profesional que ha costado formar X miles de euros, a la solanera del mediodía pidiendo la bocina de niebla o el compás de puntas o el cubo. Da pena...
Tan real como la vida misma. Y si no el acoso y derribo a los de pabellon Europeo.

A mi me da asco y vergüenza.
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  #14  
Antiguo 25-05-2021, 10:17
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Predeterminado decreto sobre material de seguridad

¿aceptable para los navegantes con pabellón español?

Hasta que nos demos cuenta de la trampa de pedir tanta publicación nautica y además actualizada.

En vez de entender el futuro del sector y su evolución tecnológica siguen anclados en las técnicas el siglo XIX. Unos ejemplos, pirotecnia, cartas papel, publicaciones papel, sextante. Y a eso lo llaman modernizarse.

Además, contiene errores. Otro ejemplo, en artículo 13 2 b) piden un botiquín tipo balsa salvamento con contenido según RD 258/1999. Ese RD fue modificado por la Orden PRE 2315/2015. ¿Y ahora cual es la que aplica?

Este RD afecta negativamente a todos, independientemente del pabellón que enarboles.

Saludos, Oscar



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el brujo (26-05-2021), PAOM (25-05-2021)
  #15  
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Cita:
Originalmente publicado por Oscar1966 Ver mensaje
... en artículo 13 2 b) piden un botiquín tipo balsa salvamento con contenido según RD 258/1999. Ese RD fue modificado por la Orden PRE 2315/2015. ¿Y ahora cual es la que aplica?
Si una norma se deroga deja de aplicarse totalmente.
Si una norma se modifica, se aplica con la modificación.
Para ver el resultado de un RD modificado se puede consultar la versión consolidada.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-4527

(Debajo del título, a la derecha, "Ver texto consolidado".)

Un saludo.
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Y como siempre en este cruce de legislaciones.... el RD (consolidado) habla de "buques" (eslora > 24 metros)


Es decir, ni se han calentado la cabeza en elaborar normativa para embarcaciones de recreo...


Nos han metido en el mismo saco que un portacontenedores...
Muy sensato, si señor.
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el brujo (26-05-2021)
  #17  
Antiguo 25-05-2021, 13:28
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Cita:
Originalmente publicado por Oscar1966 Ver mensaje
¿aceptable para los navegantes con pabellón español?

Hasta que nos demos cuenta de la trampa de pedir tanta publicación nautica y además actualizada.

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Esas publicaciones llevan toda la vida siendo obligatorias. ¿Lo sabías?
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  #18  
Antiguo 25-05-2021, 13:49
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Si, y debieron derogarse hace algunos años


Tenemos teléfonos satelitales, varios GPS en cualquier barco (móviles), cartas electrónicas, apps offline con el Almanaque náutico y muchas otras utlidades....



Si quieres llevarlo, perfecto. Que muchos llevamos material extra que consideramos necesario A NUESTRO CRITERIO de navegantes



Obligarlo es lo que se discute.



Obligan llevar un sextante y cronómetro... pero ¿y la calculadora para resolver el teorema de los cosenos? ¿Y las pilas de respeto? ¿O quizás debamos cargar con una regla de cálculo, ya que estamos...

Y un astrolabio...





Yo llevo en mi 31 pies... que ni sueña con hacer travesías oceánicas...


- GPS Garmin conectado a la NMEA del barco
- Un portatil con GPS USB, OpenCPN actualizado y AIS

- Un IPad con Navionics, CMAP, Boating App, y NavX

- Mi teléfono personal con unas 30 apps diversas (meteo, NAV, etc.)

- Un teléfono de respeto en la grab bag con su banco de energía solar


Ah si, y las cartas, y sextante, y el compás de puntas... para cuando estoy aburrido y me entretengo calculando rectas de altura...




¿Vemos claramente ahora lo obsoleto de los que se nos requiere por decreto?
Esta gente se quedó estancada en el tiempo....


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el brujo (26-05-2021)
  #19  
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Cita:
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Esas publicaciones llevan toda la vida siendo obligatorias. ¿Lo sabías?
Yo interpreto que en la ley anterior, FOM/1144/2003, sólo eran obligatorias las cartas náuticas y portulanos de puertos para zonas 1, 2, 3 y 4.
El cuaderno de faros, derrotero, anuario mareas, manual de primeros auxilios, reglamento de radiocomunicaciones y código internacional de señales sólo eran obligatorios para zona 1.

En cualquier caso, el mensaje que quiero transmitir es que no se han modernizado en nada.

Yo también llevo cartas en papel, y me situo con mi compás de marcaciones y hago cálculos de estima, pero por hobby no por necesidad, porque mi Plotter me informa de mi posicion con mayor precisión y rapidez que yo con mis ejercicios. El derrotero que uso es el del Imray, más útil para nosotros que el del IHM, y de los otros libros tampoco veo gran utilidad para embarcaciones de recreo, quizás si fuera a cruzar el Atlántico o dar la vuelta al mundo.

Saludos, Oscar

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Mariate (25-05-2021)
  #20  
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

Cita:
Originalmente publicado por Oscar1966 Ver mensaje
Yo interpreto que en la ley anterior, FOM/1144/2003, sólo eran obligatorias las cartas náuticas y portulanos de puertos para zonas 1, 2, 3 y 4.
El cuaderno de faros, derrotero, anuario mareas, manual de primeros auxilios, reglamento de radiocomunicaciones y código internacional de señales sólo eran obligatorios para zona 1.

En cualquier caso, el mensaje que quiero transmitir es que no se han modernizado en nada.

Yo también llevo cartas en papel, y me situo con mi compás de marcaciones y hago cálculos de estima, pero por hobby no por necesidad, porque mi Plotter me informa de mi posicion con mayor precisión y rapidez que yo con mis ejercicios. El derrotero que uso es el del Imray, más útil para nosotros que el del IHM, y de los otros libros tampoco veo gran utilidad para embarcaciones de recreo, quizás si fuera a cruzar el Atlántico o dar la vuelta al mundo.

Saludos, Oscar

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Ese es el gran problema, que no se han modernizado y lo peor de todo es que quién legisla no tiene ni idea del tema, cosa de funcionarios, y el pato lo pagamos nosotros, cartas ¿quién quiere cartas en papel o anuarios de mareas o libro de faros? cuando toda esa información la tenemos en el plotter.
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  #21  
Antiguo 25-05-2021, 17:09
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

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Originalmente publicado por Mariate Ver mensaje
Ese es el gran problema, que no se han modernizado y lo peor de todo es que quién legisla no tiene ni idea del tema, cosa de funcionarios, y el pato lo pagamos nosotros, cartas ¿quién quiere cartas en papel o anuarios de mareas o libro de faros? cuando toda esa información la tenemos en el plotter.
Los que te las venden por que así las llevaras dobles
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  #22  
Antiguo 25-05-2021, 18:23
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

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no se han modernizado y lo peor de todo es que quién legisla no tiene ni idea del tema, cosa de funcionarios, y el pato lo pagamos nosotros
Ayer me tragué las 2 horas de Debate en youtube sobre el futuro RD, y que ya es una realidad, y que PAOM colgó por aquí...

Debate donde intervino Sonia Barbeira, Jefa del Area Funcional de la náutica de recreo. de la DGMM (Ver aquí la plana mayor de la DGMM

En el debate, Sonia, dejó entrever su amplia experiencia en la náutica de recreo. Alguna perlas que recuerdo:

- "No tengo barco, ni pienso tener barco, pero eso no impide que haga bien mi trabajo...". ¿Será por eso que no se está al día con los avances tecnológicos y que no aparecen por ningún lado en el RD?

Hablando sobre marcados CE: ..."el nuevo RD es una oportunidad para modernizar la flota, ya que hay muchos barcos sin marcado CE y por eso han escapado a la bandera holandesa, que España no reconoce. Se debe abanderar el barco en España y pagar un proyecto a un ingeniero naval (creo que esta persona también lo es. Hay que ser corporativista ...) ..."

- "Las Banderas extranjeras no aceptan barcos sin marcado CE ya que va en contra las leyes europeas...". En este punto un interviniente le cortó y dijo que eso no era verdad, ya que su propio barco no tenia marcado CE y lo tenía abanderado en Bélgica, además de añadir que otros países de la UE también abanderaban barcos sin marcado CE, p.e. Holanda, Polonia, Bélgica, ect....

Respuesta: "Entonces TODOS los países de la UE que hacen eso lo están haciendo mal..." Llegados a este punto, el moderador muy educado y elegante, empezó a cambiar de tercio, ya que el charco cada vez era mas grande y profundo y la debatiente estaba quedando en evidencia......


Ahora entiendo que la pegatina del ancla en todos los artefactos homologados, debe venir de alguien que vio esta peli "náutica" tan actual como el RD y se le quedó grabada el botón a fuego...:

Editado por Yakosub en 25-05-2021 a las 18:28.
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  #23  
Antiguo 25-05-2021, 13:31
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

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Originalmente publicado por Oscar1966 Ver mensaje
¿

Además, contiene errores. Otro ejemplo, en artículo 13 2 b) piden un botiquín tipo balsa salvamento con contenido según RD 258/1999. Ese RD fue modificado por la Orden PRE 2315/2015. ¿Y ahora cual es la que aplica?

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A buen entendedor pocas palabras bastan, el RD 258/99 nunca fue derogado, simplemente han vuelto a lo legislado en el mismo, o sea, Botiquín para balsas, en esto es una de las pocas cosas que mejora lo existente, yo llevaba un botiquín que parecía una uvi, ahora con aspirinas, calmantes, desinfectante y algunas compresas y apósitos vamos en regla. Mucho más sensato y lógico, pero estos tipos no han inventado nada, es lo que ya teníamos y ellos cambiaron.
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  #24  
Antiguo 26-05-2021, 12:20
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Predeterminado decreto sobre material de seguridad

Unirte a alguna asociación para tener más fuerza.

Mira lo que está haciendo PAOM... ya están moviendo fichas. Presentando escritos en Bruselas y en las embajadas.

ANAVRE aún está en fase de contemplación y estudio...

Quedarte como espectador es justo lo que no hay que hacer.

Cuanto más seamos y más unidos estemos, tanto mejor.

Nuestro enemigo es muy poderoso. Tiene dinero (ANEN) y autoridad (DGMM)
Y muy poca vergüenza....


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ddelgrac (26-05-2021)
  #25  
Antiguo 26-05-2021, 12:38
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Predeterminado Re: decreto sobre material de seguridad

No les conozco más que de lo que postean por aquí o lo que les pude escuchar el otro día en el video, si me dieran más info, evidentemente considero meterme en su plataforma.
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