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VHF: Canal 77 |
#76
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Re: Motor sin documentación
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Pero aquí el problema básico no es que uno piense y otro interprete, sino que quienes piensan e interpretan son la administración (como siempre!). Si te vas a Lugo te dicen una cosa, en Mallorca otra, en Capitanía te dicen blanco, pero en la Consellería (para pagar impuestos) te dicen negro, y la Guardia Civil gris... Incluso, y lo sabéis, basta que el funcionario de la Consellería sea uno u otro para que te pidan una cosa u otra... Sería muy fácil regular las cosas y dejarlas claras! pero entonces ¿como sancionarían?. Si te vas a un puerto y retiras todos los fueraborda que no tengan la cadena de compraventas en regla, venderás muchos remos... Perdonar el rollo pero es que he llegado aquí buscando información porque acaban de denegar el registro de una compraventa en la Consellería (Baleares), cuando les consta registrada la anterior compraventa, y ello porque necesitan "los papeles del motor" (muy español eso de "los papeles") . Le pregunto: ¿qué papeles?, y me contesta "pues alguno que ponga el nº de serie del motor, que ahora hay muchos robos"; ¿y antes no había robos?... O sea, que en la Consellería ahora quieren "los papeles" (cuando hasta ahora no lo pedían), en Capitanía me han dicho que basta con el contrato de compraventa, y la GC no lo sé (por el momento, y toco madera)... Claro, lo que se dice claro, no está! . Por lo tanto, entiendo que sí somos un poquito libres de creer, opinar e interpretar ... Una birra para todos para continuar aguantando que la Admon nos tome el pelo después de sangrarnos. |
#77
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Re: Motor sin documentación
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Lo he planteado también a la GC y me han dicho que con el compra-venta y la liquidación de impuestos, daban por hecho que era legal ya que era la única manera de ir "documentado" Luego les pregunté si había alguna manera de anticiparse a un posible control y controlarlo yo primero, es decir, si tenían la posibilidad de comprobar que ese motor estaba o no denunciado por robo controlando el nº de serie en alguna supuesta base de datos que ellos tuviesen y me han dicho que espere un rato, que lo iban a consultar. (de esto hace algo más de una hora) Esto último me pareció adecuado preguntárselo ya que, si el vendedor no tiene nada que ocultar no tendrá problema en darte los datos del motor y en caso contrario, pues me alegraría mucho poder contribuir con la causa, no sé... |
#78
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Re: Motor sin documentación
Bueno, pues una vez recibida la llamada de la GC, me dicen que en principio sí les valdría y en caso de no verlo muy claro ellos remiten la denuncia directamente a capitanía y si en tal "ente" lo dan por válido, pues voilà, todo chachi piruli.
Lo que no me han dicho es por qué no quieren comprobar de antemano el nº de serie en algún fichero de posibles denuncias. Pregunta que me queda pendiente para capitanía. Por cierto, el consejo del GC que me atendió, (que su trato ha sido de lo más amable) es que me compre un motor nuevo... No habrá ningún GC por este antro??? |
#79
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Re: Motor sin documentación
Unas rondas!!!
Reanudo el tema…. Y si voy por la playa me encuentro un motor fueraborda ??? Lo que te encuentras en la mar tuyo es…. Que pasa entonces? |
#80
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Re: Motor sin documentación
Voy a intentar poner algo de luz sobre el tema a fecha de finales de 2023.
Se viene un tocho. MOTOR NUEVO: Si compras un fueraborda nuevo (de marcas como Mercury, Yamaha, etc), el taller o vendedor debe formar parte de la red de distribuidores oficiales (esto es de mucha importancia por lo que se explicará luego). Te darán: - Factura de la compra (con los datos del vendedor, datos del comprador, IVA desglosado, etc... Una factura oficial vamos) - Certificado de importación (esto demuestra que la marca ha pagado todos los impuestos o aranceles para poder vender ese producto en nuestro país) - Certificado de registro de primer propietario. Y aquí es donde lo de formar parte de la red oficial es importante, ya que solo dichos talleres o vendedores pueden registrar la venta de un motor de la marca en las bases de datos que cada marca tiene y por tanto poder dar dicho documento del registro. - Manuales y accesorios del motor Con todo eso el motor está plenamente documentado. Podremos solicitar a la marca siempre algún nuevo documento si perdemos o se nos estropea alguno. MOTOR DE SEGUNDA MANO: - Contrato de compra-venta (con los datos del vendedor, datos del comprador, datos del motor e importe de la operación). - Si el vendedor era el primer propietario; Debe darnos la copia correspondiente del contrato de compra-venta junto con el certificado de importación, el certificado de primer propietario y copia de la factura de compra original. - Si el vendedor no era el primer propietario; Debe darnos el contrato de compra-venta y tantos contratos de compra-venta como se han realizado a lo largo de la vida del motor (Si ha tenido 3 dueños, el cuarto dueño tendrá que tener 3 contratos de compra-venta, lo que garantiza la trazabilidad de la procedencia del motor), junto con certificado de importación, certificado de primer propietario y copia de factura de compra original. Con eso el motor está documentado. Es un rollo y poca gente lo cumple, básicamente por que con los años hay ciertos papeles que tienden a extraviarse o dañarse y no se reponen. Además los señores de verde suelen conformarse con la factura de compra o contratos de compra-venta, siempre que el motor tenga sus números de serie visibles, no manipulados y coincidan con los papeles. Pero si se ponen quisquillosos, eso es lo que un motor debe tener para estar plenamente documentado. Motores mal documentados: - Comprar un motor nuevo y que nos lo vendan con un contrato de compra-venta. Es casi seguro que ese vendedor está fuera de los canales oficiales y por ello no podrá registrar la venta a nuestro nombre como primer propietario. Este defecto atañe también a la garantía. (Lo explico más abajo en otro apartado) - Motores de segunda mano que solo tienen un contrato de compra-venta pero carecen de cualquier otro documento que acredite su procedencia. Hay mil casos más que se pueden comentar. Si el motor estaba acoplado en otra embarcación Esto da para otro tocho y vamos a dejarlo, pero lo más practico para el que vende y el que compra es con un certificado de libre disposición. No es obligatorio pero si recomendable para evitar algunos problemas que no voy a nombrar ahora. En resumen. Si en un motor nuevo no te dan todos los documentos que he detallado, MALO. MUY MALO. El vendedor puede estar trapicheando con motores nuevos traídos de otros países sin toda la documentación correspondiente, importaciones ilegales, etc... Si en un motor usado solo te dan un contrato de compra-venta. MALO. MUY MALO. No hay forma de justificar su procedencia. Pueden estar vendiéndote un motor sin documentación o directamente un motor que es robado. En lo que se refiere a registros de ventas o revisiones os cuento: Un taller, vendedor o servicio oficial al realizar una venta de un motor accede a la base de datos de registros de la marca e introduce unos datos. Desde el motor y su número de serie a los datos del primer propietario y los datos del barco donde se instala. Al cliente se le entrega un documento de ese registro sellado y firmado, lo que lo acredita como primer propietario. Luego las sucesiva revisiones se registran también y se da igualmente al propietario otro documento de registro de esa revisión. Si no se realiza así, la marca limita el periodo de garantía al mínimo que establezca la ley o incluso puede aplicar una exclusión de la garantía parcial o total. Luego hay otras cosas, como si te entregan un libreto (como los de los coches antiguamente) para ir sellando igualmente las revisiones o cosas de la garantía. Hay marcas que dan las dos cosas, otras solo dan una de ellas, etc... Ya he puesto demasiado tocho. Si quedan dudas sobre esto intentaré responderlas. Adjunto imagen de un certificado de registro de una revisión de un Mercury. El de registro de la venta nuevo es muy similar. Editado por NORAY T.N. en 29-11-2023 a las 15:07. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a NORAY T.N. | ||
jorgesanchis (09-12-2023) |
#81
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Re: Motor sin documentación
Cita:
Pero vamos…. Que si yo me encuentro un motor en la playa creo que lo podría poner y nadie debería decirme nada…. Pero vamos!!! |
#82
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Re: Motor sin documentación
Yo voy a exponer un caso.
Motor procedente de un siniestro, la compañía de seguros paga el importe estipulado en póliza como pérdida total (casco, motor, equipamiento). Un avispado coge ese motor (puede ser el mismo propietario del mismo) repara el motor y te lo vende con un contrato de compra venta. Tienes problemas? Si ya que el motor está dado de baja y a todos los efectos está abonado. Al que lo vendió, traspaso o apañó se le puede caer el pelo, si le pillan y le señalan como autor directo pero tú de momento te quedas sin motor por qué ese motor realmente NO tiene que existir Creo que no me equivoco |
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