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VHF: Canal 77 |
#1
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Vivienda en el mar
Saludos a todos!
Soy nuevo en el foro. Tengo una idea de vivir en una plataforma flotante (12mx5mx3m) en el mar más cerca posible de la costa. Tengo conocimientos para construirla. Me preocupa mucho la legislación de mi proyecto en España. Es legal realizar este proyecto? Y si lo es, por dónde tengo que empezar y cuantos serán los costes de los permisos necesarios? Gracias por adelantado. |
#2
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Re: Vivienda en el mar
Cita:
Suerte con el proyecto |
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Drunklord (02-02-2024) |
#3
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Respuesta: Vivienda en el mar
Cita:
Creo que deberías de dar una vuelta a esa idea. Saludos y, por cierto, bienvenido a la Taberna Rafa
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RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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Drunklord (02-02-2024) |
#4
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Re: Vivienda en el mar
Creo que no te va a hacer falta pensarlo mucho. Tiene pinta de que, con la Ley de Costas en la mano, no te van a dejar ni intentarlo, pero tu vé y pregunta, a ver qué te dicen...
Saludos y
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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Drunklord (02-02-2024) |
#5
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Re: Vivienda en el mar
Según la Ley de Costas, NO:
La Ley de Costas española no menciona explícitamente la posibilidad de vivir en una plataforma flotante. Sin embargo, hay algunos artículos que podrían interpretarse como relevantes para este tema: Artículo 3: Este artículo establece que la zona marítimo-terrestre es de dominio público y está destinada al uso general y al servicio público. Esto significa que cualquier persona tiene derecho a usarla, pero no puede apropiarse de ella. Artículo 22: Este artículo prohíbe la construcción de obras fijas en la zona marítimo-terrestre, salvo en casos excepcionales. Las plataformas flotantes no se consideran obras fijas, por lo que este artículo no las prohíbe directamente. Artículo 23: Este artículo establece que las instalaciones y obras que se autoricen en la zona marítimo-terrestre deberán ser compatibles con los usos públicos de la misma. Esto significa que las plataformas flotantes no deberían interferir con el uso y disfrute de la costa por parte del resto de la población. En base a estos artículos, se podría interpretar que la Ley de Costas no permite vivir en una plataforma flotante de forma permanente, ya que esto podría considerarse una apropiación de la zona de dominio público. Sin embargo, es posible que se autorice la instalación de plataformas flotantes para usos temporales, como el turismo o la investigación científica, siempre que sean compatibles con los usos públicos de la costa. Fuente IA
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MMSI 224433790 |
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Drunklord (02-02-2024) |
#6
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Re: Vivienda en el mar
Tengo entendido que la zona marítimo-terrestre es:
"Espacio comprendido entre la línea de bajamar escorada o máxima viva equinoccial y el límite hasta donde alcancen las olas en los mayores temporales conocidos, o cuando lo supere, el de la línea de pleamar máxima viva equinoccial. Ley 22/1988, de 28-VII, de Costas, art. 3." Yo estoy hablando de una plataforma a unas millas de distancia de esta zona ( o de la costa) Gracias por la respuesta detallada, saludos. Editado por Drunklord en 02-02-2024 a las 16:31. |
#7
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Re: Respuesta: Vivienda en el mar
He sido marinero durante casi tres años
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#8
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Re: Vivienda en el mar
No puedes hasta las 12 millas ni hasta las 200 millas de la ZEE. A 201 millas ya no lo sé, pero imagino que el fondeo se complica.
Otra cosa diferente es que el "artefacto naval" entre dentro de la categoría de embarcación o buque, con su matrícula y su medio de propulsión, entonces podrías estar fondeado sin mayor limitación que las normas locales. El problema no es la distancia, el problema es la plataforma. Cita:
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Drunklord (03-02-2024) |
#9
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Re: Vivienda en el mar
Otra cosa diferente es que el "artefacto naval" entre dentro de la categoría de embarcación o buque, con su matrícula y su medio de propulsión, entonces podrías estar fondeado sin mayor limitación que las normas locales. El problema no es la distancia, el problema es la plataforma.
Le hice la pregunta este pasado verano al teniente de la guardia civil , de la patrullera que suele andar por la zona en la que yo navego , si podía tener por ejemplo , un velero de 10 metros , fondeado con ancla todo el año en una zona que no interrumpiera la navegación y me respondió que no, que ellos si estas una semana hacen la vista gorda y no te dicen nada . pero si son mas días lío , y lo de poner un muerto y amarrarte eso si que no esta permitido , para eso tienes que pedir permiso a costas y no recuerdo a quien mas me dijo y hacer un estudio de ocupación , pagar un canon y que entonces igual te otorgaban una licencia de ocupación por un tiempo determinado . |
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Drunklord (03-02-2024) |
#11
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Re: Vivienda en el mar
Lo del muerto está prohibido, aunque en mi zona (Baiona) hacen la vista gordísima.
Hace unos meses leí (puede que aquí) que había un velero extranjero que fondeaba por las Rias Baixas largas temporadas. Se le acercaba la GC a pedirle papeles y tal pero tengo entendido que le dejaban en paz. Cita:
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Drunklord (03-02-2024) |
#12
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Re: Vivienda en el mar
Quiero usar dos contenedores de 40 pies. Juntarlos y usarlos como el casco. Me gustaría hacer una plataforma semisumergida, como dios manda, pero voy escaso de dinero para eso.
Yo planeo el fondeo a la profundidad de unos 120-150 metros, pero no tengo experiencia en eso y voy recogiendo información sobre el tema. De momento no lo tengo muy claro. Sin saber el lugar es un poco complicado. si alguen tiene una idea mejor, me gustaría oírla, tavernicolas. Editado por Drunklord en 03-02-2024 a las 10:27. |
#13
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Re: Vivienda en el mar
Cita:
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#14
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Re: Vivienda en el mar
Estudiando el PPER, en varias leyes relativas a cuestiones marítimas, hacen distinción entre buques, embarcaciones, artefactos navales, etc... y plataformas marinas fijas y móviles. Las plataformas tienen un tratamiento específico en muchos enunciados de las diferentes leyes y normas.
Hasta ahí puedo acordarme
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Drunklord (06-02-2024) |
#15
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Re: Vivienda en el mar
Fuera de la zona II de los puertos, lejos de los 200 metros en zonas de playa y 50 en resto de costas, que problema habría en largar un fondeo? ademas de zonas protegidas, y casos así, pregunto que no afirmo. otra cosa es que sea lo idoneo para permanecer allí.
De todas maneras veo el mayor problema que homologuen, si es así como se dice, la casa flotante, ahí supongo que habrá mucha tela que cortar. |
#16
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Re: Vivienda en el mar
Me puedes decir, porfa, que leyes tengo que mirar? Es que hay tantas que me pierdo
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#17
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Re: Vivienda en el mar
Lo siento, pero no tengo tiempo. Por otro lado, tampoco soy abogado.
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MMSI 224433790 |
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Re: Vivienda en el mar
Cita:
https://www.nauticalegal.com/legis/C...FqdA5zuE17HCB3 Las dudas gordas las solucionan seguro en Marina Mercante. Ruiz de Alarcón uno de Madrid. Pregunta por el dpto. de construcción amateur. suerte |
#19
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Re: Vivienda en el mar
Quisiera solo preguntarte por una duda que me surge. La vivienda flotante puede ser prácticamente autónoma: con placas solares, aerogeneradores, baterías y algún generador de combustión de respaldo tendrías energía; con una desaladora tendrías agua potable... pero si es una plataforma estacionaria en un lugar en el mar, pero más o menos próxima a la costa para poder acceder a la tierra con cierta facilidad... ¿cómo tienes pensado gestionar las aguas sucias de los sanitarios?
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#20
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Re: Vivienda en el mar
Cita:
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#21
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Re: Vivienda en el mar
Inodoro químico, abonos, hay varias formas. todavía no he pensado en serio sobre el tema.
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