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VHF: Canal 77 |
#1
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Duda impuesto de matriculación
Buenos días a todos.
Estoy mirando de comprar un barco y tengo una duda que os paso a explicar. El barco ha estado matriculado en España en lista séptima durante 10 años con todos sus impuestos pagados pero el último comprador de nacionalidad Irlandesa lo ha matriculado en Polonia y ahí surgen mis dudas sobre si solo tengo que pagar el impuesto de transmisiones o también debo pagar el impuesto de matriculación que es el 12 %. Muchas gracias y esta ronda está pagada para toda la taberna.... |
#2
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Re: Duda impuesto de matriculación
El art. 65 de la ley 38 92 recoge el hecho imponible:
b) La primera matriculación de embarcaciones y buques de recreo o de deportes náuticos, nuevos o usados, que tengan más de ocho metros de eslora, en el registro de matrícula de buques, ordinario o especial o, en caso de no ser inscribibles en dicho registro, la primera matriculación en el registro de la correspondiente Federación deportiva. Estará sujeta en todo caso, cualquiera que sea su eslora, la primera matriculación de las motos náuticas definidas en el epígrafe 4.º del artículo 70.1. Desde mi ignorancia y sumisión al poder omnímodo de la AEAT, yo diría que tu a barco no le es exigible el impuesto de matriculación. Pero te arriesgas a penas de 30 años de cárcel, allá tu. Del de trasmisiones, si eres residente fiscal en españita, que parece que sí, no te libras. |
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Ouessant (30-06-2024) |
#3
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Respuesta: Duda impuesto de matriculación
Muchas gracias.
Soy residente fiscal en España y ya cuento con que tengo que pagar el Impuesto de Transmisiones pero mi duda es si este barco que ya ha estado matriculado en España al volver a comprarlo y el dueño ser de otro país y tener bandera Polaca tengo que volver a pagar el 12% de Impuesto de matriculación... |
#4
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Re: Duda impuesto de matriculación
Creo que no, obviamente y como su propio nombre indica, es un impuesto a la primera matriculación.
Pídele al vendedor los justificantes de los impuestos pagados y listo. Mi barco se compró en Francia con bandera francesa. Lo traje a España y lo matriculé aquí, por supuesto pagué porque era la primera vez que se matriculaba en España. Hace unos 7 años lo abanderé en Bélgica y hace dos en Polonia. Me han parado una vez y simplemente les enseñé la baja de la bandera española, con eso quedo claro que estaban todos los impuestos pagados, porque si no está todo liquidado no te dan la baja.
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. Slava Ukrayini!. |
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Ouessant (30-06-2024) |
#5
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Respuesta: Re: Duda impuesto de matriculación
Cita:
Con esa baja de bandera me llegaría para justificar los impuestos pagados? Editado por Ouessant en 30-06-2024 a las 16:51. |
#6
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Re: Duda impuesto de matriculación
Si el barco ha estado abanderado en España, debería tener los justificantes del pago de los impuestos correspondientes;
.- Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (modelo 576) .-Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados .-Baja de abanderamiento. .- la documentación del barco, si tiene la anterior (española) mejor. Creo que ya está, pero que me corrijan si algo no esta correcto.
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. Slava Ukrayini!. |
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Ouessant (30-06-2024) |
#7
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Re: Duda impuesto de matriculación
Sólo para ampliar la información del cofrade markuay:
Si el barco ha estado abanderado en España, el pago de los impuestos queda recogido en la Hoja de Asiento; como se trata de un documento oficial, es perfectamente válido para acreditar dicho pago, en caso de que se hayan extraviado las cartas de pago. Por otra parte, como la DGMC mantiene el expediente del barco incluso cuando ha sido dado de baja, siempre se puede pedir un ejemplar original de la Hoja de Asiento. Es lo único bueno que ha hecho la DGMC… Saludos y
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 30-06-2024 a las 23:19. |
#8
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Respuesta: Duda impuesto de matriculación
Muchas gracias por vuestras respuestas ya que tenía bastantes dudas sobre si tenía que pagar el famoso impuesto de matriculación!!!
Editado por Ouessant en 30-06-2024 a las 21:02. |
#9
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Re: Duda impuesto de matriculación
En cualquier caso, el devengo, se produjo por la primera utilización en España del barco y esa obligación hace mucho que prescribió. No podrían (o no deberían) pretender el cobro.
Artículo 68. Devengo. 1. El impuesto se devengará en el momento en el que el sujeto pasivo presente la solicitud de la primera matriculación definitiva del medio de transporte. Si no pagas y/o no se inicia el proceso para cobrarte el impuesto, a los 4 años prescribe el derecho la administración para cobrarlo. Otra cosa es que la Chiqui haga como el Sr. Burns y ordene soltar a los perros. Pero tranquilo que ese impuesto no lo vas a pagar. |
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Ouessant (30-06-2024) |
#10
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Respuesta: Duda impuesto de matriculación
Lo que no entiendo es lannexesidad de abanderara en España con la pesadez de normativa patria.... en Polandia cafa vez hay mas barcos ex-pañoles.
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#11
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Re: Duda impuesto de matriculación
Cita:
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#12
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Re: Duda impuesto de matriculación
Hasta donde recuerdo, tiene que haber estado abanderado en España y poder demostrarlo, si no es así hay que pasar por caja aunque no se abandere aquí.
Todo ello si eres residente y el barco está en territorio español.
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. Slava Ukrayini!. |
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Sarty (01-07-2024) |
#13
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Re: Duda impuesto de matriculación
Cita:
Y si no ha sido matriculado en España y eres residente, también hay que pagar IEDMT. Pero solo se paga una vez, aunque lo cambies de bandera las veces que quieras o te lo lleves y lo traigas. Pero hay que guardar los justificantes de pago. Un saludo. |
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Sarty (01-07-2024) |
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