Tienes vías legales para proceder al desalojo del usurpador; el hecho de que no exista contacto escrito no significa que no exista , y aún presuponiendo que no tienes el consentimiento del titular del amarre para el subarriendo del mismo, nada te impide la recuperación de la posesión. Me falta detalles para un mejor diagnóstico, pero salvo error, la situación de hecho pasa por una cesión a tu favor (no sé si a titulo gratuito u oneroso, hecho que afecta a la naturaleza de tu título para poseer ) del amarre y un posterior contrato de arrendamiento verbal con el usurpador. Insisto en linea de principio, tienes acción judicial , que no siempre es la más rápida....
PD: las acciones posesorias tienen plazo cortos para su ejercicio.
Suerte