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#1
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Alguien se ha presentado al examen de Patrón en Valencia, el dia 4 Abril 2025.
Es que en la pregunta 18 de navegación a la carta entre la respuesta C (la correcta) y la B hay una diferencia mínima de latitud=0,9 minutos y Longitud=1,5 minutos. Al igual con la D. Enunciado: 18. Navegando a Ra = 240º con velocidad = 8 nudos, viento E que nos produce un abatimiento de 4º, a HRB = 04 10 vemos Fº Pta. Cires y Fº Pta. Alcázar enfilados con Da = 220º. A HRB = 04 31 marcamos el Fº Pta. Cires por el través de babor. ¿Cuál será la situación observada a HRB 04 31? a) l = 35° 55,5´N L = 005° 19,3´W b) l = 35º 56,5´N L = 005° 27,8´W c) l = 35° 55,6´N L = 005° 29,3´W (correcta) d) l = 35º 56,6´N L = 005° 27,1´W Lo mismo ocurre con la 20: 20. A HRB 10 30 navegando al Ra = 194° y una Vb = 6 nudos, observamos simultáneamente la enfilación del Faro de Cabo Trafalgar - Faro Cabo Roche con una Da = 326°, y simultáneamente el faro de Punta de Gracia con Da = 095°. Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y a HRB 12 30 cambiamos de rumbo para ir al puerto de Tánger (luz verde). Aumentamos la velocidad del buque Vb = 10 nudos, y se aprecia viento SW que nos produce un abatimiento de 5°, para el nuevo rumbo dm = ‒ 3° y Δ = 2° NW. ¿Cuál será el Ra para llegar a Tánger? a)Ra = 132º (correcta) b)Ra = 136° c)Ra = 130º d)Ra = 128° Entre la a) y la c) hay una diferencia de 2º. Después de todo el recorrido. No es un error asumible?? Creéis que se pueden impugnar. |
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#2
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Cita:
17. A HRB 13 13 navegando al Ra = 190° con viento de levante que nos produce un abatimiento de 4°, y una velocidad de 19 nudos, obtenemos simultáneamente con el radar una distancia de 7´ del Faro de Cabo Trafalgar, y una distancia de 8´ del faro de Pta. Gracia; dm = 3° yΔ = 2°. Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y al tener el faro de Cabo Espartel por el través obtenemos una sonda de 200 metros ¿Qué HRB tendremos al encontrarnos al través del faro de Cabo Espartel? a)HRB 14 05 (correta) b)HRB 13 59 c)HRB 14 12 d)HRB 13 56 |
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#3
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Buenas tardes compañero:
Respuesta corta: (para mí) la 18 no es impugnable, la 20 y la 17 si. Respuesta larga: mírate por gusto la convocatoria de julio 2023 de Alicante y la de hace un año (abril 2024), verás la desfachatez del tribunal. La 20 es de juzgado de guardia y en la 17 terminan con un enunciado que no hay por donde cogerlo (aparte que ni editar las preguntas y menos las respuestas) el enunciado de la 17 termina por no saber por dónde tomar nada. Por supuesto que los he visto, revisado y resuelto. Solo dime si quieres que me extienda en este tema. Rondas para Ares. Pd: siéntate antes de ver las convocatorias que te digo porque te va a dar una subida de tensión. ![]()
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#4
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Saludos compañero tablisca63 y a toda la cofradía:
Comencemos con el ejercicio 18 de patrón de yate de esta convocatoria de abril de 2025 en Valencia, o también podríamos decir que es una copia/pega de la convocatoria de julio de 2023 en Alicante ajustando las respuestas algo más que en el ejercicio original. Si bien, teniendo algo más de un minuto tanto de diferencia de longitud como de latitud entre las diferentes opciones, creo que es un margen de maniobra aceptable para marcar la respuesta válida. En la resolución que adjunto me he ido una décima con respecto a la opción que dan por buena. Se entiende que no es lo mismo resolverlo en tu zona de confort, tomándose todo el tiempo necesario para ajustar u reajustar medidas y trazados necesarios que bajo la presión que se pueda tener durante la prueba; no obstante (a mi parecer), considero que el ejercicio tiene margen en las respuestas y no le veo causa impugnable. No opino lo mismo en los otros dos ejercicios, que si tienen miga como os voy a mostrar en los siguientes post. ![]() ![]() Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
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DaniJP (05-05-2025) | ||
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#5
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Sigamos con el ejercicio 20 de esta convocatoria de abril de 2025 en Valencia, o, mejor dicho, con el ejercicio 11 de la convocatoria de julio de 2023 en Alicante, porque es el mismo… salvo las opciones de respuesta.
Como podéis comprobar el de Alicante tiene un margen de respuesta acorde con el desarrollo del ejercicio, a saber: El trazado de dos líneas de posición para obtener una situación observada, el trazado de una línea de rumbo y una distancia meridanamente considerable de 12’ para llegar a una situación de estima desde donde nuevamente trazamos la línea de derrota sobre la que nos preguntan… vemos (que con buen criterio) en examen de la convocatoria de Alicante hay 5 grados de diferencia en cada una de las opciones (no podemos ir un par de grados por la acumulación de estimas y medidas perfectamente). Quienes somos profesionales en la materia, perfectamente un grado es asimilable como acumulación de errores analógicos (los cuales cada quien minimiza con su proceder). Debajo está resuelto (por supuesto marcando en el puntito central de la marca de cada faro con lupa cuenta hilos, lápiz con punta de cirugía láser, compás con límite de clavado en la aguja y arbolito de navidad con todos los apechusques, vamos que para esa solución no se ha hecho con unas tenazas chumberas y un tizón de la chimenea con una regla de albañil de enfoscar) Pero igualmente, volviéndolo a repetir, me podría dar 131º perfectamente… pues tenemos un problema entre la opción del 130º y el 132º… donde quiero llegar con esto es: viendo las opciones con margen de 5º en cada una de las respuestas en el ejercicio original de Alicante 2023 y las opciones de esta convocatoria… es una maniobra por parte del tribunal que no sabría cómo calificarla (tod@s sabemos cómo calificarla, pero no encuentro sinónimos a los calificativos que tengo en mente para que no suene soez ni sea desagradable ni ofensivo a la maniobra que ha tenido el tribunal con este ejercicio). Ánimo, que nos queda aún el 17, que navega por la misma corriente. ![]() ![]() Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
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#6
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Pues nos queda el 17 de postre, por si (no) querías caldo, ¡toma dos tazas!
El ejercicio 17 de esta convocatoria de Valencia de abril 2025, mejor dicho, el ejercicio 17 de hace un año justamente (abril 2024). El ejercicio, resuelto más abajo (tomando con valor positivo tanto la dm como el desvío) nos da una situación de estima a 16’ de la salida (15,9’ para ser “tiquiskiquis”) lo que son 50 min de derrota, siendo la ETA 14:03. En el enunciado de 2024 no hay problema en marcar la respuesta, pues dan 14:02, aunque tampoco indican el signo de la dm ni del desvío. Al compararlo con el enunciado de 2025 vemos que ha sido editado, no han puesto los signos de la dm ni del desvío, pero nos descoloca al decir que está en el veril de 200m en demora a Espartel y una ETA de 14:05; para llegar donde supuestamente dice el enunciado, la dm debería de ser -3º y el desvío de +2º y el viento de poniente, me explico: Con la ct= -1 y viento de poniente tenemos: Rv= 189º, Dv=099º, Rs= 185, y 16,5’ que a 19Kn son 52’ de derrota a ese punto (esto es sólo por interpretar el enunciado) La otra opción es que como el resultado da una ETA 14:03, es cambiar las respuestas y poner 13:59 y 14:05 para que te de un resultado intermedio y volverte loco (el mismo proceder que han hecho con el ejercicio 20) Aparte que ni editar las respuestas saben (se ve como ponen a) 14:05 y “a)” 13:59), no quiero pensar que se pueda caer tan bajo (ni el Trol mirando como caen las brevas porque no tiene ni idea de subirse a por ellas). Lo que os comento, con la edición del 17 y el cambio de enunciado y respuestas… no hay por dónde cogerlo, por eso al final hasta he intentado validar la respuesta 14:05 pensando que erraba el enunciado con el viento y los signos de la ct. En cualquier caso, sigo sin encontrar calificativos al proceder del tribunal (que a la vista lo tenéis). Sin más, mendigo una ronda a quien me la quiera convidar y por supuesto me gustaría saber vuestras opiniones (porque toda esta retahíla no deja de ser eso, mi humilde opinión, pero con fundamento). Apoyo y le doy ánimo al compañero tablisca63 (y a quienes hicieron ese examen) porque no me quiero imaginar cómo debe sentirse ante tales desfachateces de un tribunal. ![]() ![]() ![]() Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
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#7
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Cita:
¿Qué opinas ahora? c![]() Basta de tomaduras de pelo y de tribunales incompetentes que editan ejercicios de otras convocatorias a mala idea y no ponen signos elementales en variables! Pd: Sólo he revisado esos tres ejercicios que comentas (sin reparar en el tiempo ni dedicación), supongo que el resto del examen seguirá la misma tónica.
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![]() Capitanæs Del Infierno Editado por rascarcio en 08-04-2025 a las 16:44. Razón: postdata |
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#8
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Buenas tardes nos traiga Ares:
No he podido resistir comprobar el resto de ejercicios; Ejercicio 11 (abril 2025) -> Ejercicio 11 abril 2024 Valencia (tal cual). Ejercicio 12 (abril 2025) -> Ejercicio 12 julio 2023 Alicante (disfrazado). Ejercicio 13 (abril 2025) -> Ejercicio 13 abril 2024 Valencia (tal cual). Ejercicio 14 (abril 2025) -> Ejercicio 18 febrero 2024 Alicante (ojo no redondear el rumbo de 84,2 a 84 que se nos van 30 millas de diferencia en la distancia que son 742,5’). Ejercicio 15 (abril 2025) -> Ejercicio 15 abril 2024 Valencia (ojo a las respuestas que parece que algo no cuadra, pues dan una diferente en cada convocatoria siendo el mismo ejercicio… habrá que comprobarlo). Ejercicio 16 (abril 2025) -> Ejercicio 12 abril 2023 Valencia (Casi que mejoran el margen de las respuestas). Ejercicios 17, 18 y 20 ya hemos comentado lo suyo. Ejercicio 19 (abril 2025) -> Ejercicio 19 abril 2024 Valencia (siguiendo la tónica de ajustar el margen de respuesta). ![]() Rondas para ese tribunal que se sale! (ironía) - Compadre nos pilla el toro para el examen! - Trinca el del año pasao, ajústale las respuestas y métele alguno de otra convocatoria. - Ahílollevas! - Enga, una servesilla que no vaserto trabajá. ![]()
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#9
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Cita:
Un saludo y lo dicho. Gracias Eternas |
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rascarcio (09-04-2025) | ||
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#10
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Buenas noches del recién estrenado Júpiter de esta semana:
No íbamos a dejar en el tintero el ejercicio 15 de esta convocatoria de abril de 2025, que como hemos comprobado es el copia y pega del ejercicio 15 de la convocatoria de abril de 2024 (cambiando las respuestas, como podéis ver). Al revisar los diferentes ejercicios que habían sido sacados de otra convocatoria, vimos que la respuesta de este ejercicio no concordaba con la respuesta válida del examen anterior… y eso olía mal, (y tanto), ya no sólo no es que no sepan copiar un ejercicio y dejarlo tal cual, es que, si cambian las opciones de respuesta, ¡Qué menos que dejen la válida! ¿Es que acaso ni siquiera comprueban los ejercicios? ¿Es que sólo se trata de que unas dos situaciones que distan tres millas y una diferencia de latitud de 0,4’ para que sea casi imposible que no tengas error en el ángulo del trazado? ¿Es que sólo se trata de ir a la pillería y lo de menos sea evaluar conocimientos? –Se ve a la legua (no hagáis rima en metros) que esa es la intención. Me parece INDIGNANTE evaluarse con este tipo de tribunales (de la comunidad Balear mejor ni hablar). Ya pueden ir anulando el ejercicio 15, vamos con el: ![]() ![]() Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
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![]() Capitanæs Del Infierno Editado por rascarcio en 10-04-2025 a las 02:07. |
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DaniJP (05-05-2025) | ||
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#11
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Es que es tal despropósito el que gasta este tribunal que no vamos a dejarle rendija de escapatoria y tenga que anular este ejercicio 15 (al igual que debe hacer lo propio con el 17 y el 20), pero para este aún más si cabe; para ello vamos a resolverlo analíticamente y no dejarles margen de réplica.
Coordenadas del Faro de Cabo Roche (en carta*): l = 36º17,8’N L = 006º08,3’W *Abajo incluyo las coordenadas GPS, que como bien sabéis en la carta deben ser desplazadas 0,08’N (4,8”N) y 0,07’E (4,2”E) También las medidas del ejercicio resuelto gráficamente en el cual se basa esta resolución analítica. Situación observada1 (So1) a 5’ al W/v (Dv=090º) del Faro de Cabo Roche: DL= 0º05,0’W / Cos 36º17,8’= 0º06,2’W -> L’ = 006º08,3’W + 0º06,2’W = 006º14,5’W So1(HRB 07:00): l = 36º17,8’N L = 006º14,5’W Vamos a navegar desde esta situación observada por estima directa: Rs= 142º (S38ºE) Vb= 10kn T= 08:10:00 – 07:00:00= 01:10:00 D= Vb x T= 10 x 1º10’= 11,67’ (0º11’40”) (Tiene cachondeo la distancia… tomar 11,67’ con el compás y luego un margen de 0,4’ y 3’, no me extraña nada que ni siquiera saquen el Rc) Dl= (0º11’40”) x Cos 38= 00º09,2’S l’= 36º17,8’N + 00º09,2’S= 36º08,6’N lm= 36º13,2’N A= (0º11’40”) x Sen 38= 0º07,2’E DL= 0º07,2’E / Cos 36º13,2’= 000º08,9’E L’= 006º14,5’W + 000º08,9’E= 006º05,6’W Se(HRB 08:10): l = 36º08,6’N L = 006º05,6’W Coordenadas del Faro de Cabo Trafalgar (en carta*): l = 36º11,0’N L = 006º02,0’W *Abajo incluyo las coordenadas GPS, que como bien sabéis en la carta deben ser desplazadas 0,08’N (4,8”N) y 0,07’E (4,2”E) También las medidas del ejercicio resuelto gráficamente en el cual se basa esta resolución analítica. Situación observada2 (So2) a 2’ al S/v (Dv= N) del Faro de Cabo Trafalgar: Dl= 0º02,0’S -> l’ = 36º11,0’N + 0º02,0’S= 36º09,0’N So2(HRB 08:10): l = 36º09,0’N L = 006º02,0’W Con una estima inversa entre la situación de estima y la observada a HRB 08:10, tendremos el rumbo de la corriente: lSo2= 36º09,0’N LSo2= 006º02,0’W lSe = 36º08,6’N LSe = 006º05,6’W Dl = 00º00,4’N DL = 000º03,6’E lm= 36º08,8’N A= 0º03,6’E x Cos 36º08,8’= 0º02,9’E Rlx (Rc)= Cotg (0º02,9’E / 00º00,4’N)= N82,17ºE= 082,17º Con la distancia entre ambas situaciones dividida entre el tiempo navegado obtendremos la IHC: Dlox= 00º00,4’N / Cos 82,17= 0º02,94’ (2,94 millas) IHC= 2,94’ / 1º10’ = 2,52’ Y con esto, el ejercicio 15 debe de ser anulado a la de YA! ![]() ![]() ![]() ![]() El ejercicio 20 ha de ser anulado, ¿Se pondría cualquier miembro del tribunal delante de un juez a realizar el ejercicio 20 con 1º de margen de error?, eso ni es moral ni debe ser permitido (y viendo como es expresamente lo que se busca cambiando las repuestas del ejercicio original con 5º de margen en cada opción de respuesta. El ejercicio 17 ha de ser anulado, primero porque no se indican los signos de la dm ni el desvío (debe obligatoriamente tener signo, si no lo tiene se considera valor absoluto, esto no es un número normal y corriente que sin signo se pueda considerar positivo, tanto la dm como el desvío como la Ct deben indicar el valor con su signo), segundo porque en la convocatoria anterior, la respuesta válida era ETA 14:02 y se ve la modificación de las opciones de respuesta en 13:59 y 14:05, la cual queda equidistante a ambas no habiendo opción válida, tercero por la modificación del enunciado el cual nos indica una demora por el través al Fº de Cabo Espartel y una SONDA DE 200m, lo cual es imposible. El ejercicio 15 ha de ser anulado, creo que ha quedado bastante claro y no da tregua a réplica por parte del tribunal. TRES ejercicios que deben ser anulados, incluso el tribunal examinándose con su propio test andaría en la cuerda floja del APTO. Si alguna persona envía estas impugnaciones, me gustaría conocer la contestación del tribunal. ¡BASTA YA! Rondas para este foro tabernario y sus cofrades. Pd: Como siempre pido disculpas por la turra, pero este podría haber sido vuestro examen y supongo que os gustaría recibir estas ayuditas ante tales incompetencias.
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![]() Capitanæs Del Infierno Editado por rascarcio en 10-04-2025 a las 02:37. Razón: rondas |
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DaniJP (05-05-2025) | ||
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#12
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Hola a todos,
¿alguien conoce cual es el procedimiento que se debe seguir para hacer una alegación?. ![]() En La convocatoria ( DOGV) no queda demasiado claro si se puede tramitar de manera telemática y quizás en este foro alguien pueda dar algo de luz. Por otro lado, si finalmente prospera alguna impugnación, ¿Cómo se se resuelve la corrección del examen?. Disculpad si hago alguna pregunta que no procede, pero los que nos presentamos por libre nos sentimos un poco " David contra Goliat". Muchas gracias por adelantado. ![]() |
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#13
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Cita:
Y la otra pregunta que haces, si estiman las alegaciones (yo gracias a nuestro compañero rascarcio he presentado 3 alegaciones), dan todas las respuestas por buenas. A ver si hay suerte. Una ronda para todos |
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#14
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Cita:
gracias Editado por josean82 en 10-04-2025 a las 20:29. |
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#15
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Cita:
Hola buenas tardes pero el 20 esta bien no ? y el 18 también lo resuelvo y me da lo que a ti |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a custodio | ||
rascarcio (10-04-2025) | ||
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#16
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Cita:
El ejercicio 20 también sale si se es bastante preciso en su resolución gráfica, lo que pasa con el 20 eso que el margen de error es de un grado, porque como te de 131 en lugar de 132 ya tienes un problema porque en las respuestas tienes 130 y 132, en el examen anterior de donde han hecho el copia y pega tenía cada opción de respuesta 5 grados de diferencia, lo que han hecho es poner el 130 también como opción, es decir, que con un grado que te vayas ya tienes un problema. Lo que digo del 20 es que me parece una gran falta de moral dar ese pequeño margen entre las respuestas 130 y 132, a mi me dio el 132, pero si me hubiese dado el 131 lo hubiere puesto la imagen igualmente. Es una patraña considerable hacer eso con las respuestas que tenía originalmente el ejercicio. Espero que se entienda la causa de querer impugnar el 20 que no es otra que la de reducir el margen de respuesta intencionadamente a un nivel de precisión que no lo tiene ni el propio tribunal. Ya explicó mi parecer en cada ejercicio, por favor lean y no me hagan repetir. Gracias
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![]() Capitanæs Del Infierno Editado por rascarcio en 10-04-2025 a las 18:37. |
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#17
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Cita:
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#18
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Pregunta
Alguien sabe cual fue el examen original ? y en que año se redactó porque siguiendo la tonica que llevan igual que lo han copiado ahora lo pudieron copiar antes,de otros años e incluso de otras comunidades buen dia |
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#19
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Buenos días,
Me gustaría preguntar si ha alguien le ha pasado lo que me ha pasado a mi Realicé el examen el día 4 de abril, me tocó el examen B, a la hora de entregar las respuestas en vez de poner examen B puse A por error. Hay manera de recurrir?, porque entiendo que en mi dossier estarán guardadas mis respuestas junto con el modelo de examen que realicé verdad?? Alguien me informa? Muchas gracias |
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#20
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Cita:
Lo mismo si nos ponemos a revisar los de la comunidad Balear con los de Valencia, lo mismo nos llevamos alguna sorpresa que otra (pero esto sólo es conspirar), no voy a perder el tiempo en ello. A/A tribunal Comunitat Valenciana: Anulación de los ejercicios 15, 17 y 20 YA! En Baleares (al menos en CY) se suelen repetir algunos ejercicios de convocatorias anteriores con relativa asiduidad, no por ello debe de haber objeciones. Hablando de los cuestionarios de exámenes de Baleares... ya están publicados los de la convocatoria de Abril 2025
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![]() Capitanæs Del Infierno Editado por rascarcio en 11-04-2025 a las 12:47. |
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#21
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Repito, veis normal que en la 16 las respuestas sean distintas a las del examen? En navegación carta… yo no le veo sentido slguno…
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#22
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Cita:
Buenas tardes compañero Mms96, en este caso el tribunal (increíblemente) mejora el margen entre las opciones de respuesta, que ponga delante Vb Vm o Vs (porque las tres son la misma), a mi parecer, es intrascendente para marcar la respuesta en nudos que es la unidad de medida en velocidad. ![]() ![]() Y siguen sin indicar el signo del desvío, parece que esa irregularidad la tiene normalizada este tribunal.
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![]() Capitanæs Del Infierno Editado por rascarcio en 11-04-2025 a las 15:27. |
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#23
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Estos tribunales de copia/pega trabajan menos que quien le pone los nombres a los Audis
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![]() Capitanæs Del Infierno |
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#24
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Cita:
Supongo que deberás enviar un escrito al tribunal con lo que te ha ocurrido al marcar el tipo de examen cuando se abra el plazo de alegaciones. Ronda digna de Venus.
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![]() Capitanæs Del Infierno Editado por rascarcio en 11-04-2025 a las 15:16. Razón: Ronda para viernes. |
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dbellver (12-04-2025) | ||
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#25
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Hay un caso de un chico de valencia, que me conto el instructor de practicas que le paso tu caso y intento reclamar, pero no tuvo suerte. De todas maneras deberias intentarlo, porque es una gran p....
Mi caso es algo parecido no recuerdo haber llenado esa casilla ni A ni B. Pero bueno el examen lo tengo aprobado si me suspenden se porque sera y a reclamar seguro. Suerte y ronda para todos. |
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Ver todos los foros en uno |
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