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VHF: Canal 77 |
#1
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Titulacion para navegacion fluvial
Antes de nada una ronda para todos
Pido disculpas por no leer las normas primero Bueno si alguien puede ayudar a un proyecto de marinero de agua dulce Super Por algo se empieza Titulacion? en empresas de alquileres turisticos de embarcaciones dicen que no es necesario, pero no lo veo claro, si alguien tiene idea del tema, y me hecha un cable. Por aqui andare, pagando rondas y limpiando retrinas |
#2
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Re: Titulacion para navegacion fluvial
¡Hola¡
En principio me imagino que la ley es para todos o En función de la eslora necesitaras un permiso u otro salu2 rolando
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Solitario, mudo, ceñidas
las sienes de hojas otoñales. En la boca reseca, el gusto de la sal de todos los mares. La sal que dejaron las olas de los días al derrumbarse |
#3
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Re: Titulacion para navegacion fluvial
por los canales de francia, irlanda , escocia etc... hay empresas de alquiler que no piden titulacion, en alemania creo que si, pero por rios, no se como estara el tema... en españa no se si hay de estas empresas de alquiler, pero si es asi , seguro que piden licencia a partir de ciertas esloras
suerte |
#4
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Re: Titulacion para navegacion fluvial
Buenas noches.
Consultada la página de navegación fluvial de la Confederación Hidrográfica del Tajo http://www.chtajo.es/usos_agua/ut_navega.htm pone lo siguiente (párrafos 7 y 8, literales): "El manejo o gobierno de las embarcaciones deberá ser efectuada por aquellas personas que estén en posesión del correspondiente título expedido por el Organismo competente, si fuese necesario, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 17-06-1997 del Ministerio de Fomento (B.O.E. nº 158 de 03-07-1997). y punto pelota, digo, Roma locuta, finita disputa. Saludos, mirindas y de todo lo que os apetezca, hoy sigo generoso.
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Entia non sunt multiplicanda praeter necessitatem (Occam) To Do is to Be (Sócrates) To Be is to Do (Kant) Do Be Do Be Do (Sinatra) Ya Ba Da Ba Do (Pedro Picapiedra) Bee Bee Bee Beeeeee (oveja Dolly) EB4FFV Editado por ex-pi en 03-10-2008 a las 00:01. |
#5
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Re: Titulacion para navegacion fluvial
La verdad es que nunca me lo he preguntado, pero echando un vistazo a la Orden FOM 3.200/2007 nos encontramos con que regula exclusivamente las atribuciones de cada título referidas de la línea de costa hacia afuera,( si no, para navegar en Madrid tendrías que ser de CY para arriba) y, por su parte el R.I.P.A:
a) El presente Reglamento se aplicará a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima. Añadidamente, y en los muchos años que he navegado en pantano no recuerdo que entre los requisitos (matrícula, seguro, etc) se encontrase ninguna titulación ni que haya tenido que exhibirla en la Confederación. Osease, mi impresión es que, o se me olvida algo,o depende la la normativa de cada Confederación, o en España no se precisa titulación para navegar en aguas interiores. ¿estoy en un error? |
#6
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Re: Titulacion para navegacion fluvial
....Continuo Veo que EX-PI se me ha adelantado, y ha dado con la norma de la CHT
...Por cierto, ¿seguirá con el mismo texto?, porque entonces habría que examinarse "a la antigua" |
#7
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Re: Titulacion para navegacion fluvial
yo estoy viviendo en MEQUINENZA y hay dos grandes pantanos el de RIBAROJA Y EL DE MEQUINENZA , y des de que paso el hundimiento de la OCA en BAÑOLES , las cosas se han puesto duras .
antes cada ayuntamiento mas o menos hacia su regulacion , pero des de los hechos son competencias de marina , escepto las matriculaciones y licencias de pesca , que pertenecen a confederacion hidrografica del ebro . salut kiqu
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kiqu |
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