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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Estimados cofrades,
Todavia no lo he leido, pero me ha parecido interesante el colgar aqui el BOE por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante. Ya lo comentaremos despues de una reposada lectura y su correspondiente analisis. Saludos PD. Bueno, pues no puedo subirlo no se porque, os pongo en su lugar el enlace donde lo he encontrado. www.patronesprofesionalesdebarcos.com |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a CapHawk | ||
nyolo (07-08-2009) | ||
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#2
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Cita:
Saludos. Lus |
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#3
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Esto de la libertad es fabuloso. A ver si mantienen la arrancada y aprueban certificados profesionales que habiliten para evitar todos los monopolios profesionales y no sólo el de los profesionales del mar.
Así podríamos comprar medicamentos en comercios, solicitar actas notariales a gestores administrativos, presentar proyectos sin el sangrante gasto de las firmas de ingenieros y arquitectos, etc, etc. Una ronda por el cachondeo al poder. |
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#4
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Vidrieras
Leete la Directiva Bolkestein y luego sique tienes que asustarte. Se conoce como Directiva Bolkestein la propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea relativa a los servicios en el mercado interno, presentada por la Comisión Europea en febrero de 2004 y aprobada finalmente en noviembre de 2006, entrando en vigor el 28 de diciembre de 2006 (Directiva 123/2006/CE) No hemos de hablar de competencia desleal de los recreativos , sino de lo que nos viene encima Un saludo |
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#5
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Yo no he hablado de competencia desleal. Yo navego con un título recreativo como todo el mundo. Lo que quiero decir es porqué el bien jurídico desprotegido por las normas no alcanza a todos en beneficio de todos. Así evitaríamos el corporativismo monopolista y antiliberal de tantas profesiones, y no menciono cuales porque estoy seguro que a ellas pertenecen la mayoría de cofrades que estan buscando cursos baratitos.
Una ronda para la mafia al poder. |
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#6
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Hay que esperar a la publicación del Reglamento por parte de la MM, que debe de ser antes de la publición en el BOE del decreto del 02/07/09, todo lo demás colo con especulaciones, supongo que no pedirán tener anotadas en la Libreta Maritima , los embarques realizados anteriormente, ya que no es posible para un recreativo anotarlo.
Igual es como la demotración para la RYA , de las millas navegadas. Hay que esperar, estamos en Agosto y las neuronas no corren en este tiempo, almenos las de la administración, pero me temo que no será facil, ni la demostación de las navegaciones realizadas, ni la supuesta evalución a pasar. Dejemos que corra el tiempo y sabremos a que atenernos. Un saludo |
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#7
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Pego el texto del BOE para los vagos
![]() Disposición adicional quinta. Certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo. 1. Se crea el certificado de patrón profesional de embarcación de recreo y que será emitido por la Dirección General de la Marina Mercante a las personas que cumplan los requisitos que se indican a continuación: a) Estar en posesión del título de capitán de yate. b) Aportar una declaración responsable en la que se acredite, con indicación del nombre del buque y su matrícula, haber navegado, al menos, 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía, esta travesía deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas. c) Haber cumplido 20 años de edad. d) Poseer el certificado oficial de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, el de formación básica y el básico de pasaje o buque que transporten cargamento rodado (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos de buques ro-ro, además de los de supervivencia y contraincendios de primer y segundo nivel. e) Superar el reconocimiento médico de embarque marítimo realizado por el Instituto Social de la Marina. f) Superar la prueba de conocimiento que determine la Dirección General de la Marina Mercante. 2. Se otorgará directamente el certificado a los poseedores de una titulación profesional de la sección de puente o cubierta de los artículos 5 a 9 y al patrón mayor de cabotaje y patrón de cabotaje. 3. El certificado tendrá una validez de cinco años debiendo revalidarse transcurrido este período. 4. Los poseedores del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo, tendrán las siguientes atribuciones: a) Gobierno de embarcaciones matriculadas en la lista sexta o séptima, siempre y cuando no lleven más de 12 personas, incluida la tripulación, en las zonas y condiciones que determine la Dirección General de la Marina Mercante. b) Actuar de instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo. |
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#8
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hola a todos
soy de la zona de barcelona y hace un par de años que me saque el capitan de yate. profesionalmente no me dedico a ello, pero me encantaria seguir estudiando mas sobre el tema. estoy interesado en el curso de formacion basica (que por lo que contais, es un eslabon necesario tanto para los estudios profesionales como para el patron profesional de recreo) sabeis de alguna academia especializada en ello ? es factible prepararse y presentarse por libre al examen ? sabeis donde conseguir documentacion ? gracias |
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#9
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Lamento la ignorancia que teneis sobre el tema porque me impide mantener un dialogo al nivel de mis conocimientos. A esto hay que añadir el sistema de censura actual, cesados los censores franquistas, se acude a los aficionados a la sicología que inventan cada día figuras para descalificar lo que no puden combatir con argumentos. La escasa formación se demuestra teniendo que acudir a enciclopedias informáticas de escaso rigor.
Una ronda para los enamorados de los encantos del mar |
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#10
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Buenas y unas
para todas las personas que lean esto, que el calor aprieta.Estoy intersado en hacer los cursos de patrón profesional en Barcelona. Por ello, cualquier cosa que se intente organizar para ello, me interesa. Saludos. |
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#11
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Cita:
Anda tomate un roncito y calmate |
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#12
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Cita:
Soy un navegante gay y misógino, que aborrece de los mercaderes del templo y que se acerca al mar para observar los cangrejos- Espero que a partir de ahora los ignorantes censores me permitan a mí tambien legislar. Una ronda para los que incluyen webs sin interés económico. ![]() ![]() ![]() Soy |
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#13
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El que seas homosexual no te permite dar ordenes. Llonguet tiene razón, deverias tomarte algo. Yo hago punto y me calma mucho.
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#14
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Hola cofrades
Soy nuevo en la taberna y en este foro, aunque esta nueva titulacion me llega a mi un poco tarde, soy un "retired" que dicen algunos, me interesa estar al dia de toda esta movida, informandome, aprendiendo y colaborando tambien en todo lo que pueda. Por el momento tengo una duda a nivel de operatoria general que no acabo de entender y agradeceria que alguien me sacara de mi estado de ignorancia, es la siguiente somera observacion que he realizado la que me ha generado la confusión La primera aportacion la de CEDEMONT, tiene fecha de registro 09/06/2009 - pero la fecha de la cabecera es 03/07/2009 y tiene 76 mensajes. La decima aportacion la de QUESTIONSAILING, tiene fecha de registro 27/10/2006 - pero la fecha de la cabecera es 07/07/2009 y tiene 2.109 mensajes. la ultima aportacion la nº 82 en este momento que estoy escribiendo es la de IGER, tiene fecha de registro 07/05/2007 - pero la fecha de la cabecera es 21/08/2009 y tiene 359 mensajes. Agradeceria que algun cofrade mas experimentado que yo en estas lides me explicara la razon de estas diferencias de fechas y mensajes. Salud2 ![]() |
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#15
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te escribo desde madrid marcos si pidiera estaria alli sin duda apenas le conocia pero me parece un detallazo solo t puedo decir que esa mañana cuando salga a currar un modesto sdi rugira en mostoles en su nombre...
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#16
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Ronda para todos
Tema Operador Restringuido Para medianos de Septiembre hay previsto un curso de 5 dias para la obtención del Certificado de O.R. , máximo y mínimo para 6 personas, quien se apunta ? Yo definitivamente, si, hay que ir sacandose los certificados , si se quiere optar al PPR. Pongo los datos , para vuestra información. Tel. 93 514 98 99 Móvil 675 488 408 csrcm@csrcm.es www.insersomayores.csrc.es/centro.html |
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#17
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Iñaki/Sirvenguen:
Yo soy de Barcelona, CY, y estoy interesado en hacer los cursos mas o menos integrales tal y como propones. Me apuntaría al grupillo. A ver si lo montamos ¡¡¡ Cerveza para todos, |
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#18
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Gracias iger
Salu2 |
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#19
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hay novedades d esto???
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#20
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Que no se encuentran centros ni pagando , la peña esta aún en periodo postvacacional
Haber si se animan |
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#21
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Arriba con este hilo...
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.... De pronto un día sentirás que el viento pasa por dentro de tu cuerpo antes de que llegue a la vela y, cuando percibas esa sensación, ya no habrá nadie que pueda enseñarte nada. Entonces dependerá todo de tu inspiración... Manuel Vicent
(Son de Mar) ![]() |
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#22
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Hola,
Una vez tengas PPR sólo puedes impartir practicas de PNB y PER ? Sabeís si tambien se puede PY y CY? Se comenta en el foro que dependes de un director de una academia, y sabéis que titulación hay que tener para poder abrir una academia? gracias y un saludo. ![]()
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Lluvia antes de viento…. Guárdalo todo y métete dentro!
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#23
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![]() ![]() Cerveza para todos No dependes del director de la academia, para montar una academia sigue los pasos que tienes en el BOE- 3 noviembre de 2007- ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.La siguen las mayorías de las comunidades autónomas. Con este nuevo titulo, si quieres montar una academia, tendrás que buscar socios que tengan la titulación que regula esa orden, solo podrás trabajar tu para dar clases del per: teoria-practica. La otra opción ofrecerte como instructor a academias ya homologadas, solo para el per. Otra opción buscar gente con barcos privados y tu los gestionas para charter, y que no superen los 12 pasajeros, o con tu barco privado, hacer excursiones o prácticas de vela, reuniones de empresa, bautismo en el mar, lo que quieras, mientras el barco cumplan las condiciones de seguridad de acuerdo a las zonas que vas a navegar. Un saludo y buena proa http://www.nauticapatronrecreo.com/ |
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#24
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Aquí desde Menorca pregunto ¿hay algún sitio en Baleares donde se puedan hacer esos cursillos? Ya se que esta el ISM pero me temo que eso va a ser lento y para algunos que ya ejercemos de profesionales pero de tapadillo , demasiado lento. Supongo que también debe haber alguna escuela privada en Mallorca o Ibiza , en Mahón nasti. Por otra parte me dicen que para acceder a los cursos del ISM tienes que estar empadronado en la Autonomía correspondiente , esto último me gustaría que alguien me lo aclarara. Por último aunque supongo que nadie lo sabe ¿En que consiste la prueba de conocimiento que determine su majestad la DGMM?
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Navegar es preciso |
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#25
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Hola a toda la folta.
Marcel 1975, a ver si me puedes aclarar unas cuestiones. En la orden FOM, en los parrafos que hacen referencia a la titulación necesaria del profesorado, indica que también serán válidas las titulaciones de diplomado o licenciado de marina civil así como titulaciones superiores o medias con competencia profesional en los temas. ¿A qué titulaciónes se refiere o donde se puede consultar estas titulaciones con competencia? ¿Disponiendo de alguna de estas titulaciones, se podría montar una academia? O, como también dice: El jefe de estudios deberá poseer un título profesional marítimo de nivel igual o superior al de piloto de segunda, ser diplomado o licenciado en náutica... ¿Es necesaria la figura del jefe de estudios? Gracias y perdón por arremeter con mis preguntas. Invito a unos chupitos de Mistela. |
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