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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Buenas y vayan las copas por delante que va a hacer falta.
El tema es el siguiente, ya se ha comentado por partes pero no veo la solucion global en el foro: Compra de un barco que ya esta en lista 6 de una "empresa de alquiler", entre varios amigos, subrrogandose a leasing que queda por pagar o cambiando a hipoteca. El barco es de agosto de 2007, ¿hay que pagar imp de matriculacion? Si los compradores formamos un SL patrimonial, ¿el barco puede estar en lista 7? (No se va a alquilar, es para uso y disfrute de los amigos y familia) ¿Se paga IVA o ITAJD al comprar una sociedad patrimonial? ¿Se puede hacer hipoteca en barco de 2ª mano? Creo que esto es todo amigos, otra ronda para el que se haya terminado la anterior. ![]() |
#2
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![]() bueno vale!!!! seguire leyando el foro a ver si encuentro la respuesta a todas las preguntas...
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#3
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![]() En las circunstancias en que dices, mi opinion es que deberiais hacer una Sociedad Limitada entre los cuatro amigos y y comprais el barco a nombre de la sociedad.
Esa sociedad luego os alquila el barco a cada uno de vosotros, ya sea por partes iguales o en funcion del uso que hagais del barco. De esa manera no necesitariais cambiarlo de lista 6ª a 7ª. Eso ademas os da la posibilidad ( si quereis ) de icluir a un nuevo socio con vistas al disfrute, o de recomprar la parte de uno si quiere abandonar la sociedad en caso de que alguien desee abandonar la aventura. Y llegado el caso tambien de alquilarlo a un tercero. En cuanto a la hipoteca, no te puedo decir mucho, porque depende de que tengas a alguien en un banco que le caigas bien.. Es mi opnion, pero seguro que hay mas tabernarios que han echo algo similar a lo que pretendes tu. Unas birras y suerte con la aventura.. ![]() |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Galeon de Manila | ||
Zirano (11-06-2010) |
#4
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![]() Cita:
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#5
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![]() La solución legal si es para uso y disfrute de los socios, es constituir si se quiere una comunidad de bienes, o bien poner el barco a nombre de los socios,
pagar los impuestos del barco, matriculación y el IVA correspondiente que os hará en la factura el actual propietario, el impuesto de matriculación del barco se os informará en Hacienda, pero declararlo de forma voluntaria, y despues hacer el cambio de lista de 6ª a 7ª, que con toda la documentación en regla e impuestos pagados, se paga poco, solo unas tasas casi sin importancia (comparado con todo lo anterior). ![]()
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tatatoa | ||
Zirano (11-06-2010) |
#6
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![]() GRacias Tatatoa, algo asi me temia yo, pero, si se constituye una Sociedad patrimonial con el fin solo de compartir el barco, no de alquilarlo, ¿Se puede dejar en sesta? ¿se puede tener en 7ª a nombre de sociedad patrimonial?
¿Si es de agosto de 2007, en agosto de 2011 ya no se pagara imp de matriculacion? igual conviene un alquiler durante un año y despues ejecutar la compra... Gracias y unas copas. |
#7
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![]() Si vas a mantener en 6ª, pensar en las responsabilidades legales, papeleo, alquileres, contratos y declaraciones ya que es muy probable la inspección y que no pillen a ningún socio ni pariente de socio en el barco.
Tener en cuenta que si se deja en una patrimonial, ningun gasto será deducible, aunque se entiende que ya está en lista 7ª, si no lo mejor es dejar en 6ª y esperar ese año sin cambio de papel alguno, todo caso un contrato de alquiler por no más de tres meses a cada uno de los socios y contrato privado de compra-venta una vez finzalizado el periodo de prueba que se hará por cada uno de los socios (no es legal, pero evitara que el actual dueño se lo pueda vender a otro), y una vez pasados 4 años desde la matriculación definitiva, que figura en los papeles del barco (no confundir con los 4 años desde la compra del barco a astillero), hacer los cambios. ![]()
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#8
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![]() GRacias, tenemos claro que a nombre de sociedad patrimonial no se puede desgrabar nada, no es nuestra intencion, pero creemos que asi es mas facil vender o comprar "partes del barco", creo que es la mejor opcion segun dices.
Entonces lo mejor es alquilarle al actual propietario el barco por un año, 3 meses a cada socio, y ejecutar la compra en un año para ahorrarse el impuesto de matriculacion. Muchas gracias por todo. |
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