La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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Antiguo 04-12-2010, 09:57
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Predeterminado inspecciones a las empresas de charter

Los criterios que viene utilizando la actividad inspectora de hacienda sobre las empresas de charter, suscintamente son las siguientes:

Guía de inspección: (EL DECÁLOGO)

Indicios:

1.- Verificar en el puerto base, las salidas de las embarcaciones, pues los arrendamientos suelen ser semanales de sábado a sábado.
2.- Nº de embarcaciones registradas por la sociedad mercantil, en especial igual o menor a 2 embarcaciones.
3.- Beneficios declarados por la sociedad con tasa interna de retorno (TIR) inferior al 10%
4.- Contrato de seguro sin inclusión específica de la actividad arrendaticia.
5.- Publicidad de la empresa muy reducida o inexistente

Presunciones:
6.- Facturas de gastos portuarios en periodos diferentes a los que se prueba la actividad arrendaticia y que no corresponden al puerto base.
7.- Contratos de arrendamiento por plazo superior a 3 meses o contratos con socios de la entidad o sus familiares.
8.- Incidencia ocurrida en navegación por parte de los socios y sus familiares: partes de sinistro a la aseguradora.
9.- Inspección por parte del los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, fuera del recinto portuario, llevando a bordo socios, o familiares de la empresa.
10.- Manutención de la empresa por más de un periodo anual con escasa o nula actividad arrendaticia.

La presión en el sector sigue, en muchos lugares del Estado. recientemente era Las Palmas un lugar de actuación, como algun cofrade ya advirtió.

__________________
Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
(Fernando Pessoa -1931)
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  #2  
Antiguo 04-12-2010, 21:55
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Predeterminado Re: inspecciones a las empresas de charter

Cita:
Originalmente publicado por Jangada Ver mensaje
Los criterios que viene utilizando la actividad inspectora de hacienda sobre las empresas de charter, suscintamente son las siguientes:

Guía de inspección: (EL DECÁLOGO)

Indicios:

1.- Verificar en el puerto base, las salidas de las embarcaciones, pues los arrendamientos suelen ser semanales de sábado a sábado.
2.- Nº de embarcaciones registradas por la sociedad mercantil, en especial igual o menor a 2 embarcaciones.
3.- Beneficios declarados por la sociedad con tasa interna de retorno (TIR) inferior al 10%
4.- Contrato de seguro sin inclusión específica de la actividad arrendaticia.
5.- Publicidad de la empresa muy reducida o inexistente

Presunciones:
6.- Facturas de gastos portuarios en periodos diferentes a los que se prueba la actividad arrendaticia y que no corresponden al puerto base.
7.- Contratos de arrendamiento por plazo superior a 3 meses o contratos con socios de la entidad o sus familiares.
8.- Incidencia ocurrida en navegación por parte de los socios y sus familiares: partes de sinistro a la aseguradora.
9.- Inspección por parte del los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, fuera del recinto portuario, llevando a bordo socios, o familiares de la empresa.
10.- Manutención de la empresa por más de un periodo anual con escasa o nula actividad arrendaticia.

La presión en el sector sigue, en muchos lugares del Estado. recientemente era Las Palmas un lugar de actuación, como algun cofrade ya advirtió.

Joer, esto parece wikiJugandiliks
Nos puedes indicar las referencias o reservamos las fuentes.

Editado por wiper en 04-12-2010 a las 22:00.
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  #3  
Antiguo 05-12-2010, 13:07
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Predeterminado Re: inspecciones a las empresas de charter

Saludos tabernarios?

¿Cuando suelen llegar estas inpecciones? ¿Al cuarto año de matriculación(antes de los cuatro años de exeención)?

Gracias
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  #4  
Antiguo 05-12-2010, 13:39
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Predeterminado Re: inspecciones a las empresas de charter

La lucha contra el fraude es una prioridad del gobierno. Ha tenido amplia divulgación en la prensa. Se trata según algunos de recaudar 4.000 millones más, según hacienda "apenas" aumentar un 14% la recaudación.
Hacienda ha introducido protocolos informáticos que pueden servir para vigilar el trabajo de los inspectores. El Secretario General de la Asociación de Inspectores ya se quejó en su día.
Se persigue aumentar la presión sobre los "defraudadores".
Al parecer, estos programas informáticos pueden controlar la calidad del servicio y relacionarlo con las retribuciones variables que suponen un 20% de los ingresos de los inspectores.
Las actuaciones inspectoras se inician por denuncias o bien por decisión de los órganos de hacienda dentro de los programas por sectores y zonas que mantienen. No hay un timpo específico estipulado.
Todo ello, a mi juicio hay que verlo con "normalidad", apenas es bueno estar informado.

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