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#1
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The investigation has also established that, in the assumed loss condition, wind speeds in excess of 63.4kts on the beam were sufficient to knock Bayesian over. It is possible that Bayesian was similarly vulnerable to winds of less than 63.4kts.
These vulnerabilities (when in the motoring condition with sails lowered, the centreboard raised and 10% consumables on board) were not identified in the stability information book carried on board. Consequently, these vulnerabilities were also unknown to either the owner or the crew of Bayesian. El barco empezó a garrear, tripulante de guardia despertó al patrón, que subió al flying bridge y dió ordenes de arrancar motores y de que toda la tripulación subiera. Cuando los motores estaban listos, una racha rasgó de lado a do el toldo del flying bridge y tumbó el barco 90°. La vulnerabilidad del barco en las condiciones del siniestro no figuraba en el libro de estabilidad y no tenían porque ser conocidas ni por armador ni por tripulación. Que el barco garreara no era suficiente para organizar un abandono del barco, el patrón llamó a la tripulación, e intentó aproar el barco con los motores. Pero una racha tumbó el barco y ya sólo le quedó dirigir el abandono del barco. El barco estaba escorado al garrear entre 10 y 20°, que no es poco, pero no son condiciones para organizar un abandono, y toda la tripulación y el pasaje debió notar la escora. Las curvas de estabilidad y brazo escorante del Maib muestra un par escorante que supera en todo momento al adrizante, pero el informe dice que una racha mucho menor también podría haber volcado el barco por estabilidad dinámica. Un peligro de barco, y una información nefasta facilitada a la tripulación. Si esto no hubiera pasado, podrían pasar años sin que nadie percibiera la estabilidad tan terrible que tenía, porque la estabilidad inicial es abrumadora. ... ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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J.R. (14-07-2025) | ||
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#2
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El barco de al lado sufrió el mismísimo viento, garreó igual, pero la extraordinaria habilidad del patrón evitó el vuelco!!
![]() ![]() ![]() El barco de al lado no volcará nunca a palo seco, ni el Encore en Auckland volcó a pesar de llegar a una escora de más de 80° porque los dos son barcos se-gu-ros, con estabilidad positiva al menos hasta los 90°, si los sesudos ingenieros del Coast Guard inglés y los hiperresponsables ingenieros del ABS norteamericano pensaban que podía ser seguro un velero con menos, se han equivocado, la prueba del algodón no falla, un barco diseñado y construído ajustándose a sus parámetros volcó, y no lo hubiera salvado ni el patrón del Sir Robert Baden Powell ni el mismísimo Tabarly, la física es la física, para los capitanes y para los abogados. Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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#3
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Disculpen pero no tengo el nivel de conocimientos técnicos para prever el resultado de la investigación y del pleito posterior, pero como de derecho se poco, pero algo, las hipótesis planteadas por los contertulios solo contemplan un escenario de culpabilidad o absolución, cuando es más que probable que el resultado de la Sentencia sea determinar una concurrencia de culpas y por consiguiente un reparto de responsabilidades.
En este tipo de procesos es vital importancia el nexo causal, entrando en el mundo jurídico, las teorías filosóficas sobre la cuestión. Desde un punto de vista procesal es un pleito la mar de interesante; una autentica partida de poker, con un resultado ....¿imprevisible? ![]() |
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Galatea Nautica (15-07-2025) | ||
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#4
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Cita:
![]() ![]() Ten presente que en este antro se habla y discute lo que cada uno quiere, sin mas objetivo que pasar el rato. Pero el problema es que hay gente como tu, que haces un comentario en el cual se denota tu basto conocimiento de la materia, y hay otros que tocan de oído, y eso de la corcheas, semicorcheas y demás no van con ellos, y claro interpretar lo que pone una partitura menos. Es muy cierto lo que dices, y quizás seria la posibilidad mas probable cuando hubiera sido un siniestro "sin fallecidos", he estado en muchos pleitos sin fallecidos y en otros con fallecidos como perito de parte y en todos los que produjeron fallecidos, determinaron cúmplales. A veces han salvado los muebles culpando al muerto. Que era el capitán. El juez no entiende de barcos. No entiende de condiciones de navegación, no entiende de particularidades de la gente del mar. El juez entiende de hechos. Y los hechos son: (supongamos) - El barco tiene todos sus certificados en regla. SI/NO - El barco esta despachado convenientemente. SI/NO - El barco no ha sufrido modificación de la estructura y esta tal y como salió del astillero, es decir no ha sufrido reformas irregulares, o no contempladas. SI/NO - El barco tiene la tripulación mínima (profesional) establecida por la legislación vigente para el manejo del buque. SI/NO - El barco tenia todos los dispositivos de seguridad al día, revisados y funcionando. (Uy, pues parece que las balsas no se soltaron, vaya por Dios). Obligación del capitán tenerlas revisadas y funcionando. Según se declara no pudieron soltarlas. Este barco esta obligado a llevar balsas SOLAS, las del timoncito, para que todos nos entendamos, esas tienen disparadores automáticos (si el barco se hunde las balsas salen a flote y se abren solas. Capacidad de balsas el 200 % de la tripulación y pasaje. SI/NO - El barco ha superado con éxito todas las inspecciones obligatorias. SI/NO - El barco se construyó con todos los permisos, aplicando las normas y con la aprobación de los organismos oficiales y de bandera. Muy importante esto SI/NO. Esta ultima es muy importante para dirimir responsabilidades. Sobre todo de los ingenieros navales y del astillero. - El ingeniero naval que firma el proyecto realizó el mismo según la legislación vigente SI/NO. - Los constructores navales, desarrollaron el proyecto de construcción según el proyecto básico, siguiendo el mismo, y las directrices de la sociedad de clasificación y de la inspeccion marítima de la zona. SI/NO - El buque durante los 16 años de vida ha sufrido algún percance, los capitanes anteriores han denunciado el estado deplorable de la estabilidad del barco, modificaciones en su estructura, o algún síntoma que pudiera hacer sospechar que estamos ante un buque inseguro. SI/NO. - Los capitanes o capitán que estuvo durante los nueve años anteriores navegando por todos los mares del mundo, ha tenido algún percance con el barco que hayan sido reflejados en algún organismo del mundo salvamento marítimo ..... etc. SI/NO. - El capitán que ha estado durante 5 años al mando de este buque, ha denunciado, comentando, escrito en el libro de guardia, que el buque es un buque con una estabilidad pésima, o que él tiene sospechas que después de estudiar el libro de estabilidad observa que faltan condiciones de carga a estudiar, y que se siente inseguro en el mismo ya que el barco se queda "dormido". SI/NO. - Algún tripulante, marinero, cocinero , azafata, azafato, ha notado, ha comentado alguna vez que el barco es inseguro, que cuando navega a todo trapo, el barco escora y no recupera, que alguna vez en los 16 años de vida del barco que ha estado navegando por los siete mares, se ha producido algún comentario que nos lleve a sospechar que el buque ha hecho algún extraño. SI/NO. - Hay algún articulo, estudio, análisis, comentarios , chascarrillos en los que se vea involucrado este buque, en los que se este comentado su inseguridad, o que siempre esta teniendo percances relacionados con la falta de ella. SI/NO. - El barco se hundió porque es inseguro SI/NO - El barco se hundió por unas condiciones de viento extraordinarias SI/NO. - El Capitán cumplió con todo lo que se refleja en el libro de estabilidad dentro del apartado "Instrucciones al Capitán", estaban cerradas todos los portillos y asegurado todos los cierres de respiros y ventilaciones. SI/NO. Y no sigo por que le voy a hacer el juicio al abogado ![]() ![]() ![]() Esto es lo que se tendrá que dirimir en el juicio, pero según las contestaciones que deis al principio, se irán salvando los ingenieros y astilleros, y el peso ira recayendo en la operativa y en la prevención del riesgo. Triste, si!!!, pero es asinnnnnn Salud ![]() ![]()
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#5
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#6
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Mal asunto cuando la respuesta es poner risas de burlas para ofender de forma pública. El argumento del incapaz. Creo que ni comprende lo que escribo y corrige públicamente a empresas de nivel mundial e ingenieros sin conocer nada del Bayesian, ni la reglamentación aplicada, si se aprobó y certifico con alguna condición o advertencia o salvedad de uso, sin conocer el proyecto oficial, ni la memoria ni la certificación por una enicre del sector, ni los manuales de operación y estabilidad del barco, ni los procedimientos aprobados y auditados, ni tener ni idea lo que se juzga y lo que es un procedimiento penal con responsabilidad civil, que es este caso y lo que se valora y cómo en un siniestro como este. La ley es la ley para todos aunque la desconozca Alucinante Le bloqueo por las malas formas e insistencia obsesiva circular Editado por Cozumel Reefs en 14-07-2025 a las 20:33. |
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Galatea Nautica (15-07-2025), TORRETA (15-07-2025) | ||
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#7
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Hay un informe Maib bien clarito y el libro de estabilidad fue filtrado poco después del hun-di-mien-to...los barcos seguros no se hunden...
https://loosecannon.substack.com/p/e...tains-official SUMMARY OF FINDINGS The investigation has established the timeline of events on board Bayesian and documented these to the extent possible with the information gathered. The stability information presented is based on documents recovered and information gathered, and the assumption that the yacht’s condition when lost (the loss condition) was similar to the ‘loaded arrival’ condition (i.e. 10% consumables on board). The effects of wind on the mast, boom, rigging and upperworks of Bayesian have been assessed using the available information on the yacht’s construction and equipment. Through ‘desktop’ assessment, the safety investigation has established that, in the assumed loss condition, once Bayesian heeled over to an angle greater than 70.6° (the angle of vanishing stability) there was no chance of a return to an even keel. The investigation has also established that, in the assumed loss condition, wind speeds in excess of 63.4kts on the beam were sufficient to knock Bayesian over. It is possible that Bayesian was similarly vulnerable to winds of less than 63.4kts. These vulnerabilities (when in the motoring condition with sails lowered, the centreboard raised and 10% consumables on board) were not identified in the stability information book carried on board. Consequently, these vulnerabilities were also unknown to either the owner or the crew of Bayesian. The Met Office study and local observations indicated the probable transient presence of hurricane force winds well in excess of 64kts at the time of the accident. These winds were sufficient to knock Bayesian beyond its angle of vanishing stability. Demoledor, como no se discutan estas conclusiones con otros argumentos técnicos más creíbles, ya está dicho todo lo que se tenía que decir.. ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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#8
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Nunca habéis escuchado la expresión, "este es un juício de peritos"..?
Pues eso ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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#9
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Pues aquí vamos a tenerlo de todos los colores:
Juicio en Italia: Abogados+peritos Juicio en Londres: Abogado$$$$$+Peritos$$$$$ Juicio ABS+Coast Guard?: Abogado$$$$$$$$+Peritos$$$$$$$$$$$ Pero es economía circular, puesto que seguro que algún abogado acabará comprando un barco de Perini ![]() |
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caribdis (15-07-2025) | ||
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#10
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Lo que no sé es como alguien no se ofende cuando le dicen que tiene un basto conocimiento sobre algo...
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#11
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Y me encanta que los comentarios y chascarrillos se puedan hacer figurar en una lista de HECHOS a comprobar..
Si señor, o atribuirle infalibilidad a unas normas o unos timoncitos: mundo virtual impecable pero el barco se fue a pique...y no ataquemos a las normas, son intocables, pongamos en duda lo que pudo hacer o no la tripulación. Es lo que hay Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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Rayito (16-07-2025) | ||
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#12
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Es maravillosa la capacidad humana de contestar a algo con otra cosa distinta y quedarse encima tan pancho...
Por irme también por los cerros de Úbeda con lo de las normas y eso, recuerdo cuando le llevé al funcionario de turno el expediente de legalización de un barco, hojas y hojas de cálculos, justificaciones, especificaciones..estuvo cosa de media hora enfrascado estudiándolo muy serio..hasta que de repente se le iluminó la mirada!! El compás ya tenía más de cinco años, y cada cinco años, el compás se tenía que desmontar, enviar a San Fernando y volver a certificar el error de índice...ohhhhh Evidentemente, fuí a la tienda de efectos navales más cercana, compré el compás más barato nuevo y le llevé el papelito al funcionario.. Que el barco no aguante una racha es una nimiedad comparado con que tenga todas las certificaciones y bendiciones papales ... Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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Rayito (18-07-2025) | ||
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#13
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Buenas
![]() ![]() Es importante recordar que esto es un foro de discusión. Un foro donde discutimos temas relacionado con lo que nos gusta, los barcos. No creo que a nadie (por lo menos a mi) le importe, o le afecte, lo que le ocurran a los implicados en este siniestro. Mi interés seria extremo en este tema, si alguna de las partes me constatará de perito, joder como disfrutaría, o en el lado del capitán, o en el lado del armador, realmente en cualquiera de los lados se podría hacer un trabajo magnifico. Y sobre todo aprender un montón. Por lo que entiendo que ofenderse, atacar personalmente a la gente, o intentar menospreciar las aportaciones o comentarios de los demás, únicamente porque no estas de acuerdo con lo que dicen, o interpretas otra cosa, no solo esta fuera de lugar si no que no nos lleva a ninguna parte. Lo sé, porque he investigado un poco y los conozco y se de su forma de actuar, que hay gente intervinientes que les gustan moverse en el fango, que les gustan provocar, y con ello se sienten bien y esconden sus miserias, pero aconsejo que a esta gente se le ignore. Recordad, la ignorancia es el mayor de los insultos. Volviendo al tema normativo, y al tema de las interpretaciones. En el sector naval, existen muchas normas y párrafos de las mimas que terminan con una frase que a mi me pone de los nervios "a criterio de la inspección". En este punto radicará el devenir de los acontecimiento judiciales en este proceso. Desde el minuto cero en el que en este hilo pude ver la forma en la que se hundió este magnifico velero, me dije .- perdida de estabilidad por superficies libres. Sigo pensando, y tenemos que tener en cuenta que este barco debe cumplir inundación. Es decir, debe estar compartimentado hasta la cubierta de cierre por mamparos estancos. No recuerdo si el método de calculo por aquellos años era el probabilístico o determinístico, creo que el primero, por lo que el barco tenia que ser capaz de soportar múltiples condiciones de carga en avería con varios compartimentos inundados. Que significa esto. Que aun estando el punto de inundación a unos 40 grados de inclinación, únicamente se debía haber inundado ese compartimento, y el barco debía cumplir estabilidad en averías. Claro, todo ello suponiendo que los compartimentos estancos estuvieran cerrados como medida de precaución por el mal tiempo que se avecinaba. Quizás estamos debatiendo-considerando unos factores que no serian realmente los causantes del hundimiento. Ya que un barco con esa categoría, se mantiene a flote con un compartimento inundado si o si, el que el barco tenga estabilidad negativa, solo significa que el buque es estable quilla al sol, no necesariamente que se vaya al fondo si tiene todos sus compartimentos estancos cerrados. (Concepto de esloras inundables) Otro siniestro de un pesquero en el que participé, el barco perdió estabilidad, se volcó, y como tenían todo cerrado se quedo flotando días con la quilla al sol, solo se hundió cuando lo remolcaron a tierra y las redes se engancharon en el fondo. Estabilidad negativa significa que el cuerpo es estable en la posición invertida al diseño original. Pero no es condición suficiente para que el barco se hunda. Desde que me he imaginado que me contratan para el siniestro como perito de parte, mi imaginación vuela, me cayo ya que sino le hago el juicio a alguno de los abogados ![]() ![]() ![]() Salud, ![]() ![]()
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#14
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A mi lo que me parece absurdo es que por tener más de 45 m y establecer en un cuaderno de estabilidad que el barco no puede superar tal o cual superficie vélica según la intensidad del viento, a ese barco se le permita tener un ángulo de máxima estabilidad positiva inferior a 90º.
La gama de barcos que se pueden diseñar y construir con esas laxas limitaciones es enorme. Y los habrá seguros, al Perini que le cogió un huracán y estuvo varado más de dos años en los Cayos de Florida, desarboló pero no volcó. Pero con el Bayesian estamos ante un caso claro en que un desaforado mástil de aluminio (podría ser de carbono), una cantidad muy baja de lastre fijo (41,3 toneladas según el cuaderno de estabilidad), llevan a la embarcación a tener un ángulo de máxima estabilidad positiva de sólo 70,3º... La física es la física y una racha relativamente normal podía, por estabilidad dinámica hacer superar ese ángulo, o una racha de 63,4 nudos, que tampoco es tanto para las tormentas veraniegas del Mediterraneo, superar completamente el máximo par adrizante del barco. Se pueden verter y se vierten torrentes de opiniones sobre este caso, pero el hecho real inapelable es que el barco se hundió y que sus curvas de estabilidad demuestran claramente su vulnerabilidad. ![]()
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#15
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A ver si consigo subir mediante enlace el libro de estabilidad del Salute (posteriormente Bayesian) filtrado en la web por Loose Cannon.
Tenemos un experto en veleros aquí que sin duda nos explicará en detalle hasta sus más pequeños entresijos. No parece gran cosa, como decía el informe Maib, hay exhaustivas instrucciones para no llevar a vela el barco hasta condiciones en las que no se superen los minúsculos ángulos de inundación, pero a motor parece que lo considera absolutamente seguro y no le presta mayor atención. La cantidad de lastre, miserable. https://pdfelementcloud.wondershare....6pUuebozEm3kFs ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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#16
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Mientras dejamos a nuestro experto que analice curvas y KNs, me gustaría hacer notar que en los cuadros de las condiciones límite para navegar, a motor y a vela, con la orza arriba y la orza abajo respectivamente, ya aparece que en la condición de llegada a puerto y desplazamiento ligero, el barco no tiene estabilidad positiva hasta 90°, y por ello establece toda una serie de restricciones y precauciones (aparte del sistema automático de liberado de escotas que parece que tenía el barco), para que la estabilidad no quede nunca comprometida.
Y vienen unas curvas muy sencillas con las que el patrón podía saber hasta que viento y escora podía ir con viento estable sin que las posibles rachas comprometieran ni estabilidad ni llegar a los ángulos de inundación. Pero con motor y la orza elevada está todo perfecto, cumple las áreas bajo la curva de estabilidad, los brazos mínimos, la altura metacéntrica mínima... De veras que nadie pensó que este barco, con ese palo desmesurado, no podía ser peligroso con la orza elevada y los tanques semivacíos???? ![]() ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" Editado por caribdis en 22-07-2025 a las 11:23. |
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#17
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Como el hilo ha degenerado de forma tan notoria y ya no viene de aquí...
¿4 grado lateral? ¿Alguien me puede ilustrar? Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk |
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caribdis (23-07-2025), Galatea Nautica (24-07-2025) | ||
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#18
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Cita:
"Más preguntas ¿Quiénes son los herederos hasta el cuarto grado? En ausencia de herederos directos como hijos, padres o cónyuge, los colaterales hasta el cuarto grado tienen derecho a heredar. Esto incluye a hermanos, primos, tíos segundos y sobrinos segundos del fallecido.16 oct 2024" Se dice 4 grado de relación de parentesco y está explicado en el código civil como se calcula. Primero descendientes hasta 4 grado, sino hay, vía lateral y sus descendientes hasta cuarto grado, sino hay se va por los ascendentes. Esto cuando no hay testamento, cuando hay manda este. Esta regla implica que si habrá herederos aún con la hija de la mujer muerta. Ella tendrá el usufructo como cónyuge, como poco. Ya estaba explicado. Las deudas también se heredan si hay sentencia contra la armadora como responsable civil subsidiaria sobre la tripulación contratada, que siempre es así ya sea directamente o a través de una sociedad no se puede renunciar a esa responsabilidad última ni por contrato Por eso se llama norma del cuarto grado. Es muy fácil usar Google. Un saludo Editado por Cozumel Reefs en 25-07-2025 a las 11:44. |
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#19
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Vale.
El problema viene cuando para mantener opiniones (que no hechos) sobre un tema se utiliza Google (o un enlace a "Legálitas", véase la primera respuesta a este post) y no, en este caso, el Código Civil y sus relaciones con el resto del ordenamiento. No existe el cuarto grado lateral ni la regla del cuarto grado. Mírate los artículos 915 y siguientes del Código Civil, que explican cómo se establecen los grados de parentesco, donde verás que solo hay grados de consanguinidad y afinidad y cómo se cuentan. Es decir, existe el cuarto grado de parentesco de consanguinidad (tu primo) o afinidad (el primo de tu cónyuge), pero no el cuarto grado lateral, que suena a campana en demora desconocida. No comento esto para discutir sobre ello (por favor, no te esfuerces, que mi intervención en este hilo empieza y acaba aquí), sino para utilizarlo como medio de calibrar la calidad de otras afirmaciones que has vertido. En mi caso, que sé algo (muy poquito) de derecho, pero que solo utilizo una parte del laboral para mi trabajo, no creo que esté en condiciones de opinar sobre derecho penal, menos aún con la alegría, deshinibición y falta de rigor que hemos leído en este hilo. Un par de pistas... Decía que sé muy poco de derecho penal. Añadamos lo poco que sé de derecho Civil. Menos aún de derecho comparado, pero sí lo suficiente para intuir que el derecho civil español y el italiano vienen del derecho romano y alguna similitud tendrán, pero el anglosajón se puede parecer al nuestro como un huevo a una castaña. Por tanto, algunas de las afirmaciones vertidas en este hilo, que anticipan las resoluciones que tomarán tribunales de otros países, sin margen, no ya para una solución alternativa sino para el matiz, rayarían en la temeridad en un entorno profesional. Afortunadamente, aquí solo lo hacen en el ridículo. Leo y analizo cada día escritos jurídicos. Los años, creo que me han desarrollado un olfato bastante fino para detectar su calidad. Me escama mucho cuando alguien da algo por seguro antes de una resolución o una sentencia. También, cuando se cita la Constitución para un asunto menor: suele ser un indicio adicional de campana no sé dónde. Luego está la reiteración. No por repetir las mismas opiniones (que no hechos) una y otra vez estas van a ser de más calidad. Ya acabo. Queda la parte formal. No solo, como han dicho otros compañeros, el abuso de mayúsculas y negritas, no digamos ya los párrafos en rojo, suponen una falta de educación en la comunicación escrita. A mí siempre me ha parecido un insulto a la inteligencia de los destinatarios, a los que no se les supone la capacidad de discernir lo que tiene importancia y lo que no. En fin. Es una lástima que un hilo tan interesante haya derivado en semejante competición para tener razón. Cordialísimos saludos. Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk Editado por Reivah en 24-07-2025 a las 09:11. |
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#20
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Cita:
"Esta información viene ya predispuesta en el ARTÍCULO 916 del CÓDIGO CIVIL, donde se especifica que: “La serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral. Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra. Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.”" https://navarroynavarro.es/blog/2022...o-y-herencias/ "Tipos de grados de consanguinidad En lo referido a los grados de consanguinidad existentes, hay que señalar: Primer grado de consanguinidad: padres e hijos. Segundo grado de consanguinidad: hermanos, abuelos y nietos. Tercer grado de consanguinidad: bisabuelos, biznietos, tíos y sobrinos. Cuarto grado de consanguinidad: primos, sobrino-nieto, tío-abuelo." https://www.legalitas.com/actualidad...3%ADo%2Dabuelo. A mi me molesta más que se pongan palabras que no se han dicho para buscar el escarnio, el trolleo, la burla, pedir que no se deje opinar a alguien, que se haga burla, que se repitan argumentos falaces reiteradamente el mismo, datos inexistentes y mentiras. Mas que poner mayúsculas como título de una entrada larga o en dato clave o negritas, que es una forma de destacar lo importante, admitida y permitida por esta web. O que solo se permita opinar en una vía sin prueba oficial valida alguna (barco inseguro) es justicia y no en otra (7 homicidios imprudentes por parte del capitán del yate, James Cutfield que es la única via oficial existente a día de hoy, abierta por el jefe de la fiscalía de Termini Imerese, Ambrogio Cartosio y no por mi) es cargarse el foro (que es una forma de echar el foro encima del disidente), siempre en mi caso citando fuentes, copiando textualmente, pantallazos, es decir con datos oficiales. Un ejemplo es esta entrada sobre los herederos (que heredarán las deudas y la sentencia civil como Ud sabe y por eso es relevante para este sinestro y juicio), que se decía reiteradamente que no habían al morir la única hija, se demuestra que la línea no acaba en la hija y se pasa al trolleo por demostrarlo. En lugar de reconocer que si hay herederos que es lo que se debate, se ataca por usar negritas, mayúsculas y mal ambiente, pero no se reconoce lo comentado. Entonces el debate no es sobre el siniestro del Bayesian sino sobre tipografía y edicion de paginas HTML Ese es el problema, que no se debate nada, Saludos PD: comento en PC y pantalla de 22" no en celular, y no queda mal la edición, igual en celulares sí Sin acritud alguna Saludos Editado por Cozumel Reefs en 25-07-2025 a las 08:12. |
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#21
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Cita:
Que el hilo hace tiempo que dejó de tratar sobre el siniestro de ese barco. Lo dejo aquí. Saludos. Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk |
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Ligera (24-07-2025) | ||
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#22
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Cita:
¿los aspectos legales de un siniestro marino de una causa que está judicializada no es tratar sobre el siniestro, máxime cuando se han ido subiendo aquí mismo, de momento un informe oficial preliminar y luego el manual de operación de un yate análogo, que es lo que se está investigando oficialmente por Fiscalía y la actuación de la tripulación o alguna deficiencia del yate? La sentencia final o el auto de archivo, entiendo que se podrá comentar ¿quién decide lo que es el siniestro o no, lo que cubre y cómo debemos opinar? ¿hay descendientes hasta 4º grado? SI Un saludo Editado por Cozumel Reefs en 25-07-2025 a las 08:14. |
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#23
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Ni manual de operacion ni yate análogo.
- Libro o cuaderno de estabilidad. - Del propio yate, evidentemente. Del Bayesian. Editado por Sebasbcn en 24-07-2025 a las 10:26. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Sebasbcn | ||
caribdis (24-07-2025) | ||
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#24
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Para Galatea, en español!!
https://pdfelementcloud.wondershare....476EN-r-BEzZ28 Repase usted que se obtiene primero, si los GZ o los KN ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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#25
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