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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#376
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Y tampoco las leyes internacionales obligan a ello, lo he buscado y rebuscado. Te agradecería muchisimo si las encuentras, mucha gente me ha dicho que estoy obligado a llevar la bandera de cortesía, pero NADIE me ha dicho que ley -Belga, europea o internacional- me obliga a ello. |
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#377
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Ya he encontrado el enlace con Valerie.
Salu2 |
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#378
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"My boat is my island" |
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#379
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Alguien que haya realizado el tramite para para obtener el nº mssi con bandera belga podria explicar los pasos a realizar. Ya que la radio lo puede hacer pq no tener operativo el boton rojo que esperemos no tener que apretar. Gracias y a refrescarse
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#380
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Si hablamos de normativa, lo unico que sirve es ver la normativa. Suponer, opinar, imaginar, etc. es perder el tiempo. Hace un par de dias me pregunto sobre el mismo tema un amigo desde Barcelona y lo estuvimos comentando. He revisado por encima la Convencion de las Naciones Unidas del Derecho del Mar, que es la que regula el paso inocente y no me ha parecido ver nada. Tendre que repasarla con mas detalle, no sea que haya algun precepto escondido por ahi, mal ubicado sistematicamente. Y si no esta en la Convemar, no se me ocurre donde puede estar. Probablemente sea que no existe esa norma. Y si se confirma que no existe, entonces lo de que la bandera de cortesia es obligatoria no sera mas que una leyenda urbana: el que quiera que la lleve y el que no, no. Y quien lo prefiera, que se ponga la de su club de futbol favorito, o la bandera reivindicativa que quiera, etc. Salut! Tupac Amaru |
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#381
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Cita:
![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#382
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Como su nombre indica , la Bandera de "Cortesia" es eso mismo , una atencion que se da desde el barco al pais anfitrion,(y que se realiza el 99% de las veces)
Es mas importante , en segun que paises (fuera de Europa) poner la "Q"
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? Editado por dunic en 09-07-2012 a las 19:27. |
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#383
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Una cosa importante de la que me acabo de enterar sobre el asunto de la radio:
Ahora mismo estoy en Santiago de Compostela haciendo el curso de Operador restringido, que en teoría es el que sirve para operar la VHF con bandera extranjera. Pues según dice un cofrade en otro hilo no te lo homologan a no ser que se tenga el curso de "formación básica", que son otras 70 horas, e imagino que otro tanto de dinero.... ![]() ![]() ![]() |
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#384
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Estoy viendo el tema de la radio con bandera belga, quién no te lo homologa, españa o el país de bandera del barco (bélgica u holanda)?
Yo pensaba que con el Harec valía... Estoy hecho un lío |
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#385
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Con el certificado Harec no tienes problemas. Yo me refiero al equivalente en España , que es el Operador Restringido del Servicio Mundial de Socorro y Seguridad Marítima. El problema está al ir a homologarlo a Capitanía.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Javi-Miss Regina | ||
ARIELON (09-07-2012) | ||
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#386
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Bueno, creo que la cosa está en el aire. He estado ojeando la página de la Marina Mercante y no encuentro nada que diga que haya que tener el curso de formación básica para que te homologuen éste:
http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...do/default.htm Ya veremos... |
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#387
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Cita:
Pues eso. Si no hay normativa, es por cortesia, que es una cosa personal. Y uno puede decidir que una determinada bandera no estatal es de mas cortesia y mas apropiada a las aguas territoriales en que navega. Incluso variedades de la bandera con añadidos estrellados "a la cubana", por ejemplo. Y, como no es una cuestion de normativa, si a alguien no le gusta, es su problema. Cita:
Salut! Tupac Amaru |
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#388
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Yo tengo una pregunta que no he visto por ahí...¿cómo saben las autoridades que el barco no ha sido transportado a las aguas de su nueva bandera o a cualquier otro sitio fuera de el estado español? Porque vamos, si te pillan por estos lares tú les puedes decir perfectamente que estás de paso y no deberían decirte nada, o es que ya no puedes navegar por aguas españolas por miedo a que te empapelen (si es que se da vuelta la tortilla y deciden ponerse duros). Me extraña...
Para solicitar la baja como pregunta algún cofrade por ahí, os cuento lo que yo he averiguado: Antes que nada decir que para solicitar la baja hay tres supuestos casos, siniestro, exportación (con o sin cambio de titularidad) y desguace. Y no es más que eso, solicitar, luego ya si te la dan o no será otra historia. Si te la dan, en un par de meses te llega a casa. Tras leer en el foro que algunas capitanías te la dan y otras no, llamo a la capitanía de Valencia. La señora que me atiende el teléfono me dice que si quiero solicitar la baja para abanderar otro pabellón es ilegal tener el barco en aguas Españolas, y si lo quiero exportar tengo que presentar pruebas, tanto si hay cambio de titularidad como si no. Llamo a la capitanía de Barcelona, el señor que me coge el teléfono dice que lo va a preguntar. Al rato me dice que sí se puede, y añade: tú la solicitas, una vez tengas la baja ya puedes hacer lo que quieras con el barco, a nosotros no nos incumbe. Hasta ahí lo que yo sé. Pero vamos, mi duda radica en la pregunta formulada al inicio ¿alguien me lo podría aclarar? Iván ![]() |
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#389
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Desde el 1 de enero de 2011 ya no es obligatorio matricular un barco que este matriculado en la UE para navegar con el por aguas territoriales del Estado español. Solo hay que pagar el impuesto o pedir la exencion. Lo que no es legal es darse de baja y matricularse en otro sitio. Pero, en general, la DGMM ha venido aplicando una manga ancha y hasta ha dicho en algun documento que si se puede. Si mantendran este criterio en el futuro o lo restringiran, eso ya se vera. Lo que si es cierto es que, dado que es la propia DGMM la que ha contribuido a la confusion, si cambia de criterio no podra imponer sanciones a los que se dieron de baja inducidos por ella. Lo unico que podria es obligarles a rematricular. Algunos funcionarios, como parece la de Valencia que te atendio, parece que no se han enterado ni de lo primero. Salut! Tupac Amaru |
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#390
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A lo mejor no me he explicado bien:
Comentáis que no es legal cambiar de bandera para hacerte la vida más fácil, sino que realmente tienes que exportar el barco. Entonces yo pregunto: ¿Cómo sabe la guardia civil o quien sea si yo me llevo el barco o no, a un país comunitario? Si me pillan en aguas españolas cuando ya se han puesto a la "caza" de los "tramposos" ¿cómo podrían saber si realmente me llevé el barco y estoy de paso o nunca se exportó físicamente? Digo esto porque comentáis que si se ponen a las bravas y te pillan te puede caer un buen paquete, de ahí mis dudas ¿alguien me lo explica? Iván ![]() |
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#391
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2. El guardia civil no multa ni mete paquetes, solo denuncia. Y luego la capitania de turno puede iniciar un expediente sancionador o no, en el que podras hacer tus alegaciones y aportar tus pruebas. Si estas de acuerdo con la resolucion final, se acabo. Si no, pones recurso, administrativo o judicial (contencioso-administrativo). 3. Por otro lado, capitania te puede requerir para matricular amparandose en que tu barco no se encuentra encuadrado en el supuesto de exencion de la obligacion de matricular. Y podria precintarlo hasta que este matriculado y con certificado de navegabilidad. Frente a eso tambien podrias poner recurso administrativo y/o contencioso-administrativo. 4. Los puertos y clubs nauticos regularmente pasan a capitania un listado de los barcos que tienen (creo que cada trimestre, pero no estoy seguro). Esto podria ser una prueba en contra, que serviria a capitania para entender que no ha existido exportacion y reimportacion. 5. Luego tu podrias intentar demostrar que el barco fue exportado de verdad y matriculado en el pais, y que luego volvio. ¿Pruebas? Las admisibles en Derecho, y que el juez valorara a su propio criterio. En definitiva, documentos y/o testigos que acrediten la exportacion y estancia en el pais que sea: pago del amarre, impuestos pagados en el pais que sea, gastos, tus viajes para usar el barco, otros gastos de mantenimiento, tracks de AIS, seguros contratados mientras estabas fuera, etc. Por supuesto, la falta de pruebas razonables que lo normal seria tener puede ser tomada como un indicio en contra. Por ejemplo, puedes decir que te llevaste el barco a Grecia y lo tuviste tres años fondeado en una cala, mientras tu trabajabas en una empresa en tu ciudad, y sin acreditar viajes a Grecia... Si esa es tu version, vale. Pero lo tienes claro. Salut! Tupac Amaru. |
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#392
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tras leer y buscar me parece entender que tras el abanderamiento belga.
1- no es necesaria ninguna titulación náutica ¿ni por aguas españolas?. 2-ninguna revisión ni del barco ni elementos de seguridad. si, la titulación para operar con la radio que Bélgica admite,seguro. ¿y punto?. Dios, solo falta que te den patente de corso. .![]() ![]() |
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#393
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Pues te vas a hartar de comprar materiales, porque te piden todo esto:
Un chaleco por persona. Una luz con rabiza. "Cohetes". Compás. Luces de navegación. Sirena de niebla. Escandallo. Ancla. Martillo. Bomba. 20 metros de cabo. Una linterna. Un extintor. Un juego de velas. La póliza. Una barbaridad vaya ![]() Iván ![]() |
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#394
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¿pero esto es enserio? necesito un martillo pero no el patron de yate para cruzar a ibiza o a columbretes. lo pregunto porque no me queda claro y no me lo puedo creer. ![]() si alguien que lo tenga claro me pudiera confirmar esto.una rondita bien fresca. ![]() ![]() |
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#395
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repasando he encontrado la respuesta a mi pregunta.
no hace falta titulacion ninguna. desdeluego seria para ni pensarselo,pero como cambien la ley ........... no quiero ni pensar para regresar al pabellon nacional,eso si da pereza. ![]() ![]() |
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#396
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No hace falta titulación, como en muchos otros países. Pero sí hace falta saber navegar. De hecho, no exigen, pero recomiendan tener alguna titulación.
Iván ![]() |
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#397
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Felicidades a todos los que habéis abierto el camino para poder "inscribir" en Belgica, es una gran logro
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#398
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Para solicitar la licencia de radio en Bélgica, no necesitas ningún titulo.
Solo es exigible para operar con ella, y si la utilizas en España, tu titulación española te ampara; aunque nadie te vá a comprobar nada. Saludos.
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
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#399
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#400
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Muy buenas,
Me asalta una duda. Entiendo que para poder poner pabellón belga o holandés necesito un título que acredite que sé usar una radio. Me pregunto si el título de radioaficionado (que está reconocido a nivel mundial) es suficiente para que me den de alta la radio. La verdad es que es más económico que el restringido y de este modo puedes instalar de manera legal un equipo de radioaficionado en el barco (en sustitución de las carísimas blu). Espero me podáis aclarar mi duda. Si la cosa marcha me pongo las pilas con el de radioaficionado porque llevo años intentanto hacer la formación básica y no hay manera. No tengo dinero para pagar la F.B. ni el de radio. LAs tasas de radioaficionado son más asequibles. Un saludo y muchas gracias ![]() |
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