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  #26  
Antiguo 09-06-2023, 14:55
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Pirata pata palo
 
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Predeterminado Re: Cambio Motor Intraborda Por Fueraborda

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hace bastantes años que los fuerabordas no se acoplan a los cascos, basta el contrato de compraventa o la factura para demostrar que es tuyo y que no lo has robado.

Esto no es exactamente así.

Cierto que al menos en 7ª lista no hay obligación de acoplar o asentar el motor al casco, pero si solo tienes un contrato de compraventa, te falta documentación del motor, por lo que tienes un motor mal documentado.

Como ejemplo. Si compras un coche tienes un contrato de compra-venta, pero tienes una documentación que pertenece al coche. Pues los fuerabordas tienen su propia documentación, que se debe ir pasando según se van realizando compras o ventas de dicho motor.

Un motor que se vende nuevo se entrega con factura de compra, Documento de importación del distribuidor y según la marca se entrega un documento de primer propietario, un libro de primer propietario donde se sellan las revisiones, etc... Varía según la marca, pero solo un contrato de compra y venta no tienes un motor bien documentado y puedes tener problemas.

Como dato esta misma semana nos ha comentado un cliente que lo ha parado la Guardia Civil y le han pedido que la próxima vez tiene que tener a bordo el documento de importación o lo multarán.
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  #27  
Antiguo 09-06-2023, 16:08
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Cambio Motor Intraborda Por Fueraborda

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Originalmente publicado por NORAY T.N. Ver mensaje
Nosotros hacemos este tipo de transformación habitualmente y no nos complicamos la vida intentando hacerlo con bandera española (burocrática y monetariamente es casi inviable). Casco que se transforma, casco que se pasa a bandera polaca.

En nuestro caso construimos los soportes con aluminio marino, lo que aligera mucho el peso del propio soporte.

Hay que tener en cuenta el cambio de reparto de pesos, pues estamos aplicando una palanca de X kg a X distancia de la popa.

Por otro lado la altura del motor debe ser diferente, pues a medida que se separa el motor del espejo de popa este debe elevarse en la proporción adecuada para igualar la aleta de planeo con el nivel del agua en navegación.
Hola a todos Cofrades Tengo un casco de una SEA RAY eslora 5´60 manga 2´10.
Ya en su dia le han desacoplado el intraborda.
La cuestion es que el certificado de navegavilidad que en aquel momento han echo esta para 95kw. Que vienen siendo 129,164 cv.
Aun asi mi idea era poder montarle un 150cv.
Si alguien puede darme alguna pauta para hacer ese cambio correctamente se lo agradeceria.
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  #28  
Antiguo 09-06-2023, 16:48
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Cambio Motor Intraborda Por Fueraborda

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Originalmente publicado por NORAY T.N. Ver mensaje
Esto no es exactamente así.

Cierto que al menos en 7ª lista no hay obligación de acoplar o asentar el motor al casco, pero si solo tienes un contrato de compraventa, te falta documentación del motor, por lo que tienes un motor mal documentado.

Como ejemplo. Si compras un coche tienes un contrato de compra-venta, pero tienes una documentación que pertenece al coche. Pues los fuerabordas tienen su propia documentación, que se debe ir pasando según se van realizando compras o ventas de dicho motor.

Un motor que se vende nuevo se entrega con factura de compra, Documento de importación del distribuidor y según la marca se entrega un documento de primer propietario, un libro de primer propietario donde se sellan las revisiones, etc... Varía según la marca, pero solo un contrato de compra y venta no tienes un motor bien documentado y puedes tener problemas.

Como dato esta misma semana nos ha comentado un cliente que lo ha parado la Guardia Civil y le han pedido que la próxima vez tiene que tener a bordo el documento de importación o lo multarán.

Bandera polaca y a vivir la vida
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  #29  
Antiguo 10-06-2023, 06:30
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Cambio Motor Intraborda Por Fueraborda

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Originalmente publicado por NORAY T.N. Ver mensaje
Esto no es exactamente así.

Cierto que al menos en 7ª lista no hay obligación de acoplar o asentar el motor al casco, pero si solo tienes un contrato de compraventa, te falta documentación del motor, por lo que tienes un motor mal documentado.

Como ejemplo. Si compras un coche tienes un contrato de compra-venta, pero tienes una documentación que pertenece al coche. Pues los fuerabordas tienen su propia documentación, que se debe ir pasando según se van realizando compras o ventas de dicho motor.

Un motor que se vende nuevo se entrega con factura de compra, Documento de importación del distribuidor y según la marca se entrega un documento de primer propietario, un libro de primer propietario donde se sellan las revisiones, etc... Varía según la marca, pero solo un contrato de compra y venta no tienes un motor bien documentado y puedes tener problemas.

Como dato esta misma semana nos ha comentado un cliente que lo ha parado la Guardia Civil y le han pedido que la próxima vez tiene que tener a bordo el documento de importación o lo multarán.
ya sabemos que para la Guardia Civil cualquier excusa para multar es buena... pero para demostrar la propiedad de un fueraborda y que no es robado basta la factura de compra-venta... aqui la cuestión es complicarnos la vida y buscarnos problemas por todo. No brindo.
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  #30  
Antiguo 12-06-2023, 08:49
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Originalmente publicado por jonam52 Ver mensaje
ya sabemos que para la Guardia Civil cualquier excusa para multar es buena... pero para demostrar la propiedad de un fueraborda y que no es robado basta la factura de compra-venta... aqui la cuestión es complicarnos la vida y buscarnos problemas por todo. No brindo.
No. Lo que comentas puede dar a engaño a mucha gente. Luego los malos son la GC por que nos multan por llevar mal documentado un motor.

Ni lo uno ni lo otro demuestra quien es el propietario del motor. solo demuestra quién lo ha pagado o quién se le ha pagado. Pero no quién es el propietario legítimo o que su procedencia sea lícita.

Ejemplo 1: Fulanito roba un motor. Lo pone en venta y yo se lo compro. me hace un contrato de compraventa. Al que le han robado el motor pone una denuncia y aporta su documentación de propietario del motor. La policía se te presenta y te dice que tu motor con número de serie "xxxxxx" es robado y que se lo llevan para devolverlo a su legítimo dueño. Mi contrato de compraventa con fulanito solo demuestra que no lo he robado yo y que se lo pagué a fulanito, pero por lo de pronto me quedo sin motor y tengo que denunciar a fulanito porque me ha vendido un motor que era robado y que me devuelva el dinero.

Ejemplo 2: Compras un coche, te para tráfico y le enseñas una factura o un contrato de compraventa del coche. ¿No vale verdad? hay que tener la documentación de dicho coche (o resguardo provisional de que se está tramitando el cambio de propietario).

Ejemplo 3: ¿Todos teneis documentación de vuestros barcos verdad? ¿A que nadie se hace al mar solo con la factura o el contrato de compraventa de su barco?

Pues con los motores es igual. No basta un contrato o una factura. Hay otros documentos.

Es más, las GC en este tema es muy permisiva, pero las cosas son así y si un día se ponen de verdad duros con este tema, mejor tener a la gente bien informada y que tengan todo en regla o muchos se echarán las manos a la cabeza.
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  #31  
Antiguo 12-06-2023, 08:50
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Originalmente publicado por josalb Ver mensaje
Bandera polaca y a vivir la vida
Exactamente.
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