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  #1  
Antiguo 07-11-2007, 11:21
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Predeterminado Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Buenos días.

Aprovechando que tengo que sacar un nuevo certificado de navegabilidad para que mi nueva VHF con DSC no esté en la clandestinidad, he bajado la zona de navegación a la 4. Solo es curiosidad, ya que me va a empezar a preocupar cada vez menos cumplir exaustivamente con la normativa...

- Ya no tengo necesidad de llevar la balsa salvavidas, pero si la llevo... debe estar homologada y con la revisión pasada?

- Y si compro una radiobaliza, lo mismo?

Saludos.

Vagamares.

Editado por Vagamares en 07-11-2007 a las 11:24.
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  #2  
Antiguo 07-11-2007, 12:41
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Bos días
Hombre, desde el sentido común, si no tienes obligación de llevar un elemento, no se puede exigir el cumplimiento de los requisitos de ese elemento
De todas formas, cuando pases la inspección, dejas la balsa y la radiobaliza en casa
Y si te aborda la GC, entiendo que sólo deben certificar que dispones a bordo de los elementos de seguridad citados en tu Certificado , lo que tengas a mayores no es de su incumbencia
Saúdos
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Una enorme ola espumosa salió de la bruma; se venía sobre el barco, rugiendo con salvajismo, y en el afán con que se precipitaba parecía tan terrible y escalofriante como un loco blandiendo un hacha.
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  #3  
Antiguo 07-11-2007, 13:11
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Cita:
Originalmente publicado por TorredeHércules Ver mensaje
Hombre, desde el sentido común, si no tienes obligación de llevar un elemento, no se puede exigir el cumplimiento de los requisitos de ese elemento
Gracias, compañero. Mi duda no era desde el sentido común, que como es bien sabido es el menos común de los sentidos de nuestra administración. Sabemos cual es la norma?

Un saludo.

Vagamares.
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  #4  
Antiguo 07-11-2007, 16:38
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Inspectorate dijo en un hilo que todo lo que lleves instalado en el barco, aunque no sea obligatorio, tiene que estar homologado y con certificado de instalador autorizado.

¿Las bolsas de patatas fritas estarán instaladas en el barco? ¿Y mi couldipuro?

Y los ****** (iba a decir cuernos, pero no lo digo) del legislador, ¿estarán instalados en su barco?

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  #5  
Antiguo 07-11-2007, 16:45
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Boas tardes
He mirado la norma en la web de DGMM. La norma de Fomento se refiere a las características de los equipos de seguridad obligatorios en los barcos de recreo.
En el texto legal no se menciona nada de equipos de seguridad voluntarios, por lo que si quieres llevar una balsa rota o una colchoneta hinchable, es asunto privativo del patrón.
La radiobaliza, en cuanto a equipo de radiocomunicaciones, puede ser que tenga que estar homologada o revisada
Saúdos
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  #6  
Antiguo 07-11-2007, 17:02
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

¿ y me pregunto yo si la balsa no esta en condiciones de sacarme de un apuro? para que qiero llevarla a bordo, y con la radio-baliza iden de lo mismo, si no me la revisa un profesional y me dice que esta en condiciones de ser usada, para que quiero llevarla a bordo, Otra cosa es que por la lista de mi barco no las necesite, pero si las llevo a bordotienen que ir al dia mas que nada por mi seguridad al margen de lo que diga la ley en este caso concreto.
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El fiero turco en Lepanto, en la Tercera el Frances, y en toda mar el Ingles. tuvieron de verme espanto. Rey servido y patria honrada diran mejor quien he sido, por la cruz de mi apellido y con la cruz de mi espada.
Lope de Vega: 1588
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  #7  
Antiguo 07-11-2007, 22:28
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Cita:
Originalmente publicado por Vagamares Ver mensaje
Buenos días.

Aprovechando que tengo que sacar un nuevo certificado de navegabilidad para que mi nueva VHF con DSC no esté en la clandestinidad, he bajado la zona de navegación a la 4. Solo es curiosidad, ya que me va a empezar a preocupar cada vez menos cumplir exaustivamente con la normativa...

- Ya no tengo necesidad de llevar la balsa salvavidas, pero si la llevo... debe estar homologada y con la revisión pasada?

- Y si compro una radiobaliza, lo mismo?

Saludos.

Vagamares.
Sí.

Sí.

Orden FOM/1144/2003

Artículo 6.3:

"Las balsas asignadas a una embarcación ya matriculada con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden y que así conste en su Certificado de Navegabilidad, podrán permanecer a bordo de dicha embarcación, aunque no cumplan con alguno de los requisitos anteriores, siempre y cuando estén en buen estado y hayan pasado las revisiones preceptivas."

Disposición transitoria única:

"Las embarcaciones de recreo matriculadas deberán completar, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Orden, los elementos de seguridad que lleven a bordo con los demás que resulten obligatorios de acuerdo con lo establecido en la misma. Para los equipos relacionados en el Capítulo V, el plazo será de nueve meses"

Y desde mi punto de vista, esto está cargado de lógica. Pues la presencia de un medio de salvamento o de seguridad aparentemente "en orden" pero que no lo está, puede suponer un mayor riesgo -si se intenta usar- que si simplemente no estuviera.

Salutem
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  #8  
Antiguo 07-11-2007, 23:02
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Cita:
Originalmente publicado por Inspectorate Ver mensaje
Sí.

Sí.

Orden FOM/1144/2003

Artículo 6.3:

"Las balsas asignadas a una embarcación ya matriculada con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden y que así conste en su Certificado de Navegabilidad, podrán permanecer a bordo de dicha embarcación, aunque no cumplan con alguno de los requisitos anteriores, siempre y cuando estén en buen estado y hayan pasado las revisiones preceptivas."

Disposición transitoria única:

"Las embarcaciones de recreo matriculadas deberán completar, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Orden,los elementos de seguridad que lleven a bordo con los demás que resulten obligatorios de acuerdo con lo establecido en la misma. Para los equipos relacionados en el Capítulo V, el plazo será de nueve meses"

Y desde mi punto de vista, esto está cargado de lógica. Pues la presencia de un medio de salvamento o de seguridad aparentemente "en orden" pero que no lo está, puede suponer un mayor riesgo -si se intenta usar- que si simplemente no estuviera.

Salutem
sinceramente y a tenor de lo remarcado en rojo , creo que esto no es de aplicacion en el caso que expone en cofrade vagamares, ya que en su certificado no constara que tenga que llevar ninguna de esas cosas que el pretende llevar añadidas a las que si pone el certificado.

Creo que eso deja claro la obligatoriedad de llevar las cosas al dia cuando son exigibles por zona de navegacion pero no es el caso que tratamos.

P.D. De todos modos a mi me suena haber leido en alguna parte que todo lo instalado en una embarcacion (con obligatoriedad o sin ella) tiene que estar homologado y en condiciones adecuadas.

saludos
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No hi pots perdre res, si vols podràs
no pots perdre el temps, els dies s’estan acabant
Viu la vida viu, no paris mai
sent que cada respir és de veritat

(Clepton)

Editado por Quim en 07-11-2007 a las 23:05.
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  #9  
Antiguo 08-11-2007, 10:06
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Bos días
Inspectorate, insisto, la ley NO dice nada de equipos de seguridad NO incluidos en el Certificado de Navegabilidad.
Si no estoy obligado a llevar balsa de seguridad, la puedo llevar abierta y remolcada como dinghy cuando a mí me apetezca (y ya no es balsa), mientras no suponga un peligro para la seguridad de la navegación. También puedo llevar docenas de bengalas caducadas siempre que lleve las seis o doce obligatorias en fecha, o cubos rotos si llevo el balde reglamentario.....
En el coche puedo llevar docenas de triángulos no homologados siempre que lleve dos homogados, etc....
Saúdos
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  #10  
Antiguo 08-11-2007, 19:12
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Vagamares, tal como apunta un compañero, no hay nada peor que tener una medida de seguridad obligatoria o no y tenerla en mal estado, solo conlleva a confundir en caso de necesidad y en lugar de ser un medio de seguridad es un elemento que empeora la situación, no solo estas tu abordo sino que en caso de necesidad a lo mejor no estas tu y flaco favor haces a los demas.

Muchas birras para todos

Islote
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  #11  
Antiguo 08-11-2007, 19:44
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

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Vagamares, tal como apunta un compañero, no hay nada peor que tener una medida de seguridad obligatoria o no y tenerla en mal estado, solo conlleva a confundir en caso de necesidad y en lugar de ser un medio de seguridad es un elemento que empeora la situación, no solo estas tu abordo sino que en caso de necesidad a lo mejor no estas tu y flaco favor haces a los demas.

Muchas birras para todos

Islote
Buenas tardes.

Creo que has hecho un juicio de valor improcedente al presuponer que voy a llevar el material de seguridad no obligatorio en mal estado. Crees que voy a poner la seguridad de mi hija, mi novia, mi hermano, mi madre o la de mis amigos en precario? En fin...

Un saludo.

Vagamares.
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  #12  
Antiguo 09-11-2007, 14:08
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

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Vagamares, tal como apunta un compañero, no hay nada peor que tener una medida de seguridad obligatoria o no y tenerla en mal estado, solo conlleva a confundir en caso de necesidad y en lugar de ser un medio de seguridad es un elemento que empeora la situación, no solo estas tu abordo sino que en caso de necesidad a lo mejor no estas tu y flaco favor haces a los demas.

Muchas birras para todos

Islote
He de discrepar:
Difícilmente va a empeorar tu situación tener en cubierta una balsa que cuando el barco se está hundiendo, no se abre o una radio que no funciona. Estás en las mismas.
Una balsa o una radiobaliiza no revisadas tienen una posibiidad de funcionar en caso de necesidad, algo que no se puede decir de las ausentes.
Por otra parte, las revisiones obligatorias han de realizarse con más frecuencia de la recomendada por el fabricante, un temendo despropósito, pues los fabricantes ya se cuidan de recomendar las revisiones necesarias para evitar reclamaciones que podrían ser muchimillonarias y a la vez reciben sustanciosos ingresos por realizarlas.
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FSM, Ramén!!!
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  #13  
Antiguo 11-11-2007, 14:14
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Bos días
Inspectorate, insisto, la ley NO dice nada de equipos de seguridad NO incluidos en el Certificado de Navegabilidad.
Si no estoy obligado a llevar balsa de seguridad, la puedo llevar abierta y remolcada como dinghy cuando a mí me apetezca (y ya no es balsa), mientras no suponga un peligro para la seguridad de la navegación. También puedo llevar docenas de bengalas caducadas siempre que lleve las seis o doce obligatorias en fecha, o cubos rotos si llevo el balde reglamentario.....
En el coche puedo llevar docenas de triángulos no homologados siempre que lleve dos homogados, etc....
Saúdos
Estoy buscando el precepto legal que obliga a que cualquier equipo de seguridad o salvamento que se lleve a bordo, aunque no sea obligatorio, debe estar en un estado tal como si lo fuera.

Los profesionales que nos dedicamos a esto, respetando las opiniones en contra, y refiriéndome más bien a las altas instancias de la DGMM interpretan que un equipo de salvamento o seguridad no obligatorio e instalado a bordo sin estar en condiciones de ser utilizado (o incluso simplemente pudiéndolo no estar) constituyo un riesgo añadido a la situación de peligro a la que está destinado a minimizar.

Salutem.
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  #14  
Antiguo 11-11-2007, 20:04
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad


Puede darse el caso de que estes haciendo una travesía y tengas un "pequeño problema", tienes dos opciones:

1 vuelta a casa que esta cerca.

2 sigo.... aunque este mas lejos, pero voy tranquilo porque llevo balsa (sin revisar).

El "pequeño problema" y de acuerdo con la ley de Murphy, crece se hace grande y tú más lejos (a veces vemos la costa pero esta a casí 8 millas) imposible de volver a nado.

El barco hace "Glup..glup...glup....." y tu tíras la balsa al agua y la misma se va detrás del barquito......"glup....glup....glup..."

Atención..... PREGUNTA.

¿En caso de no haber llevado la balsa (sin revisar)? a que hubieras dado la vuelta........

Pues simplemente por eso, si se lleva algo tiene que estar en perfectas condiciones de uso y eso solo lo pueden "Certificar" las empresas homologadas por muy que sean.

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  #15  
Antiguo 11-11-2007, 20:30
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Yo también tengo la idea clara de haber leído en algún documento de la Administración el que todos los equipos a bordo deben estar homologados, cumplir revisiones etc... la impresión que me da es que, si el equipo no es obligatorio por la zona de despacho, a nivel de inspecciones no se cumple esta exigencia como en el caso de la obligatoriedad por ley.

En mi caso personal, por ejemplo, yo he tenido balsa muchos años antes de ser obligatoria. No pasaba entonces las revisiones anuales, creo recordar haberla revisado a los tres años más o menos y no creo que estuviera cometiendo ninguna imprudencia precisamente. En el caso concreto de las balsas me da la impresión que la obligatoriedad de revisión anual viene dada más por la caducidad de los elementos que lleva, pastillas, pilas, bengalas, agua, etc... que por el funcionamiento de la balsa en sí y en el Mediterráneo me parece que el que el cilindro de presión funcione es suficiente para garantizar la utilidad (veamos, según escribía he mirado las caducidades de los distintos elementos...)
Fecha de revisión Julio 2007. Caducidades:
Pirotecnia.................. Octubre 2010 (>3 años)
Botiquín.......................... Julio 2011 (4 años)
Activadas................... Febrero 2009 (>1,5 años)
Baterías linterna............... Julio 2008 (1 año)
Pastillas antimareo... Septiembre 2008 (>1 año)

En cuanto al cilindro no concreta nada, pero creo recordar que en la anterior balsa que tuve que era más de 7 años.

Y en el caso de las radiobalizas, los fabricantes, alguno al menos, garantizan la vida de las baterías para 4 años, ¿porqué obligar a sustituirlas a los 2?.

Luego creo que hay otros elementos que nadie espera que los tengamos homologados y menos revisados, por ejemplo el AIS, yo instalé un receptor este año, si hubiera tenido que instalar un transponder homologado SOLAS os aseguro que no lo hubiera hecho, y no creo que nadie piense que sea una temeridad llevarlo a bordo. Y lo mismo díría del receptor de NAVTEX, y del GPS, y del plotter, y del radar, etc...

Un tema que no acabo de tener claro es el de la pirotecnia caducada. Confieso que yo llevo a bordo, apartado del actual, el juego anterior caducado. Entiendo que la ley no lo permite, pero pienso que es mejor tener unas cuantas unidades de más aunque alguna llegado el momento no funcione correctamente. De lo que no estoy seguro de cuánto tiempo puedes extender el llevarlas a bordo sin comprometer su estabilidad.

Saludos
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