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  #26  
Antiguo 30-05-2014, 20:47
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

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Originalmente publicado por Ventarrón Ver mensaje
De mi póliza con AXA:


Ámbito de navegación

Mar Mediterráneo, mares territoriales y aguas interiores de los países miembros de la Unión Europea y fuera de éstos en
una franja de 200 millas náuticas desde el litoral español y/o portugués, incluyendo la travesía entre la Península Ibérica y
las Islas Canarias.

Con independencia del Ámbito de Navegación establecido en el párrafo anterior, el radio de navegación quedará en todo
caso limitado al autorizado por los Reglamentos y/o Autoridades competentes para embarcaciones de su tipo.

El incumplimiento de los límites de navegación establecidos invalidará automáticamente la cobertura, salvo en los casos
en los que dicha alteración haya sido comunicada y aprobada expresamente por la Entidad Aseguradora.




Vamos que si no cumplo con la zona de navegación y la titulación requerida ESTOY SIN COBERTURA !!!

No entiendo algunas de las contestaciones a mis preguntas.
Yo no afirmo nada, solo pregunto, porque no lo se ...

Y con los seguros ...
Una cosa es contratar ...
Y otra muy distinta, que te den cobertura real ...

Por suerte en este país se navega poco !!!


Salud

Hola,

Es como la mía, queda clarisimo a mi entender. 2 limitaciones:
- Limites de la póliza son mar mediterráneo, etc...
- Limites tienes lo que marque tu titulación Española que usas en embarcación Española (recordemos que nuestros títulos solo sirven en España) y reglamentos de la embarcación asegurada.

Cuales son los limites si la embarcación es Española:
- los de tu titulo (patrón de embarcaciones, yate o capitán) y
- los de la categoría autorizada de la embarcación (zona 1-2-3-4-5- etc) Española.
Si tienes un titulo de capitán y embarcación en zona 1, los limites serán los del primer párrafo (mar mediterráneo etc...)

Cuales son los limites si la embarcación asegurada es Belga:
- titulo: ninguno. Ya que no se requiere ningún titulo para gobernar embarcaciones Belgas
- limite navegación: ninguno. Los Belgas no tienen tampoco ningún limite de navegación en sus embarcaciones.
Por lo tanto el limite si la embarcación es Belga es el que marca la póliza en su primer párrafo. (mar mediterraneo, etc...)

Yo lo veo clarisimo y su redactado no da lugar a error, una embarcación tendrá los limites que marque el seguro y los limites de la normativa/legislación sujeta.
Las embarcaciones Belgas tienen otra normativa, que es: no hay limites, con lo cual solo tienes el limite que marca el seguro.

Pienso que si los seguros ponen trabas o limitaciones en este asunto la solución es ademas muy sencilla, contratar el seguro de la embarcación también en Bélgica, los Belgas tienen seguros en sus barcos, y seguro que no les ponen ningún problema ni les limitan, ni les piden títulos que no existen. Entonces las compañias de seguros españolas empezaran a descender el numero de pólizas náuticas.
No creo que a un Español comunitario (que paga en Euros) le ponga ningún problema un corredor de seguros Belga para asegurar su embarcación con bandera Belga.

Un saludo
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El exito es la preparación combinada con la oportunidad.

Editado por Camelot en 30-05-2014 a las 20:52.
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  #27  
Antiguo 31-05-2014, 14:16
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Esto es, textualmente, lo que dice mi póliza en vigor,- una vez aceptado el cambio de bander a Bélgica-, con una de las cias. de seguros más importantes. (Ojo a lo subrayado)

CONDICIONES ESPECIALES DE APLICACIÓN
PARA EMBARCACIONES CON BANDERA EXTRANJERA
Como aclaración de lo dispuesto en las Condiciones Generales de aplicación al Seguro (Art.20), se hace constar que si la embarcación asegurada tuviere bandera extranjera, elTomador del Seguro o el Asegurado se obligan a cumplir fielmente las normas de derecho
positivo en material de navegación y seguridad marítima que resulten aplicables de conformidad con la legislación del estado de la bandera de la embarcación asegurada.

Igualmente, será dicha legislación del estado de la bandera de la embarcación, la competente para determinar la documentación que deberá reunir la misma, reconocimientosobligatorios, etc., así como las condiciones, requisitos y titulación que deberá ostentar su tripulación y, en particular, el personal al mando de la misma.

No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.


O sea, que sí, pero NO.

¿Hay algún cofrade que no tenga esas condiciones en su seguro?

y buen fin de semana.
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Cita:
Originalmente publicado por 3er cuadrante Ver mensaje
Esto es, textualmente, lo que dice mi póliza en vigor,- una vez aceptado el cambio de bander a Bélgica-, con una de las cias. de seguros más importantes. (Ojo a lo subrayado)

CONDICIONES ESPECIALES DE APLICACIÓN
PARA EMBARCACIONES CON BANDERA EXTRANJERA
Como aclaración de lo dispuesto en las Condiciones Generales de aplicación al Seguro (Art.20), se hace constar que si la embarcación asegurada tuviere bandera extranjera, elTomador del Seguro o el Asegurado se obligan a cumplir fielmente las normas de derecho
positivo en material de navegación y seguridad marítima que resulten aplicables de conformidad con la legislación del estado de la bandera de la embarcación asegurada.

Igualmente, será dicha legislación del estado de la bandera de la embarcación, la competente para determinar la documentación que deberá reunir la misma, reconocimientosobligatorios, etc., así como las condiciones, requisitos y titulación que deberá ostentar su tripulación y, en particular, el personal al mando de la misma.

No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.


O sea, que sí, pero NO.

¿Hay algún cofrade que no tenga esas condiciones en su seguro?

y buen fin de semana.


Esta claro, no has de contratar este seguro.

Las empresas aseguradoras son negocios, y su negocio se basa en contratar muchas pólizas, pasar muchos recibos y pagar pocos siniestros, por eso todos los seguros son buenos hasta que hay cualquier problema, que normalmente pondrán pegas para abonar.

Los contratos de seguros siguen unas normas y leyes, pero como todo contrato, hay ciertas clausulas que se redactan por acuerdo entre ambas partes. Lógicamente estas clausulas son aceptadas en el momento de la firma del contrato, y si algunas de estas clausulas no fuese legal, se tendría que acabar en los tribunales, si una de las partes así lo considera.

Nadie esta obligado a contratar con una u otra compañía, y encaso de que no puedas negociar esta clausula (la mayoría de las empresas de seguros no negocian, esto es lo que hay) pues es fácil, te vas a otra compañía que te de diferentes condiciones.

Para navegar por aguas Españolas es obligatorio que toda embarcación tenga un seguro a terceros, como mínimo, ahora bien, ninguna normativa dice que tenga que ser con tal o cual compañía, o que tenga que ser con una compañía con sede social en España o en cualquier país.

Así que si las empresas de seguros son mas papistas que el papa es decir, obligan a cosas en sus clausulas a las cuales no estamos obligados por ley, solo hay la opción de contratar el seguro con otra compañía, incluso con una extrajera, o cuando se produzca el siniestro acabar en tribunales y serán ellos los que dictaminen si esta clausula es abusiva o ilegal, ya que obliga a asegurado a acogerse a normas y leyes que no esta obligado e incluso que es imposible cumplir.

En el caso concreto de la clausula que nos han transcrito, yo interpreto que solo se indica que la persona ha de ostentar titulación Española en aguas Españolas, así que estas asegurado siempre que tengas el titulo de patrón de yate que te autoriza a navegar por aguas españolas sin limitación, fuera de aguas españolas puede llevar el barco asegurado cualquier persona sin ninguna titulación náutica.

No obstante es muy discutible, ya que una embarcación Belga en aguas Españolas se puede llevar sin ningún titulo, aun siendo Español el patrón, pero el seguro no cubrira el incidente.

Un saludo
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  #29  
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Podría alguien nombrar a las compañías que tienen esas cláusulas, por favor?
Estoy asegurando un barco nuevo con bandera belga y he pedido cotización a Allianz, Mapfre y Generali...
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  #30  
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

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Originalmente publicado por BAMM Ver mensaje
Podría alguien nombrar a las compañías que tienen esas cláusulas, por favor?
Estoy asegurando un barco nuevo con bandera belga y he pedido cotización a Allianz, Mapfre y Generali...
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

En mi vida anterior, he tenido una cartera de seguros de barcos con Allianz. La mayoría de estos seguros eran de barcos con bandera española, pero una parte era de barcos de bandera extranjera (sobre todo ingleses y algún que otro belga).

A la hora de contratar estos seguros: nunca la compañía ha puesto pegas. Pero mas importante aún: algunos de estos barcos abanderados en el extranjero han tenido siniestros. La primera reacción de la compañía siempre era la misma: enviar certificado de navegabilidad y titulo de patrón. Siempre mi contestación era la misma:
- en este país no existe ITB y por lo tanto no existe certificado de navegabilidad
- en este país no existe obligación de tener titulo de patrón. En los casos que el armador tenía titulo, lo facilitaba, pero no siempre era el caso.

La compañía siempre ha aceptado esta explicación y en todos los casos que tenían que hacerlo, han pagado los daños sin buscar excusas.

Un pequeño matiz para la pregunta del titulo con bandera belga: no es cierto que en Bélgica no existen títulos o escuelas de navegación. Solamente no es obligatorio tener titulo para navegar en el mar.
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Navegar sin problemas con la bandera belga
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  #32  
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Cita:
Originalmente publicado por Camelot Ver mensaje
No creo que a un Español comunitario (que paga en Euros) le ponga ningún problema un corredor de seguros Belga para asegurar su embarcación con bandera Belga.
Muy cierto: además ya desde hace muchos años el mercado de los seguros está abierto a nivel europeo.
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Navegar sin problemas con la bandera belga
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  #33  
Antiguo 01-06-2014, 19:01
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

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Originalmente publicado por El belga Ver mensaje
Un pequeño matiz para la pregunta del titulo con bandera belga: no es cierto que en Bélgica no existen títulos o escuelas de navegación. Solamente no es obligatorio tener titulo para navegar en el mar.
No lo sabia, es lógico que haya cursos e incluso títulos de navegación, aunque como bien dices no sean obligatorios para el gobierno de embarcaciones, siento la afirmación y gracias por la aclaración.

Un saludo
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  #34  
Antiguo 02-06-2014, 12:38
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Predeterminado Respuesta: seguros y bandera belga

Pues quizás Ventarrón no estaba tan equivocado y una cosa es lo que prometen las compañías y otra es lo que pone en las pólizas, de momento he rechazado la propuesta de seguro de METROMAR si no quitan de las clausulas que el seguro queda condicionado a las leyes españolas porque entonces que sentido tiene cambiar de pabellón legalmente? Manda webs con lo que ha costado que ahora sean los seguros los que no se adapten a la legalidad del país de abanderamiento.

Ya informare si METROMAR rectifica, si no lo hacen me temo que van a perder muchos clientes.

Quizás ya seria bueno ir abriendo listas de compañías que realmente aseguren bajo las leyes del país de abanderamiento, sean nacionales o internacionales.

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  #35  
Antiguo 02-06-2014, 12:59
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Predeterminado Re: Respuesta: seguros y bandera belga

Cita:
Originalmente publicado por golden dreams Ver mensaje
Pues quizás Ventarrón no estaba tan equivocado y una cosa es lo que prometen las compañías y otra es lo que pone en las pólizas, de momento he rechazado la propuesta de seguro de METROMAR si no quitan de las clausulas que el seguro queda condicionado a las leyes españolas porque entonces que sentido tiene cambiar de pabellón legalmente? Manda webs con lo que ha costado que ahora sean los seguros los que no se adapten a la legalidad del país de abanderamiento.

Ya informare si METROMAR rectifica, si no lo hacen me temo que van a perder muchos clientes.

Quizás ya seria bueno ir abriendo listas de compañías que realmente aseguren bajo las leyes del país de abanderamiento, sean nacionales o internacionales.

El viernes solicité por e-mail, a 2 compañías, (que previamente me han enviado sus propuestas), me aclarasen sobre la cuestión, de momento no hay respuesta. Me temo lo peor.
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  #36  
Antiguo 02-06-2014, 13:07
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Cita:
Originalmente publicado por Ventarrón Ver mensaje
De mi póliza con AXA:


Ámbito de navegación

Mar Mediterráneo, mares territoriales y aguas interiores de los países miembros de la Unión Europea y fuera de éstos en
una franja de 200 millas náuticas desde el litoral español y/o portugués, incluyendo la travesía entre la Península Ibérica y
las Islas Canarias.

Con independencia del Ámbito de Navegación establecido en el párrafo anterior, el radio de navegación quedará en todo
caso limitado al autorizado por los Reglamentos y/o Autoridades competentes para embarcaciones de su tipo.

El incumplimiento de los límites de navegación establecidos invalidará automáticamente la cobertura, salvo en los casos
en los que dicha alteración haya sido comunicada y aprobada expresamente por la Entidad Aseguradora.




Vamos que si no cumplo con la zona de navegación y la titulación requerida ESTOY SIN COBERTURA !!!

No entiendo algunas de las contestaciones a mis preguntas.
Yo no afirmo nada, solo pregunto, porque no lo se ...

Y con los seguros ...
Una cosa es contratar ...
Y otra muy distinta, que te den cobertura real ...

Por suerte en este país se navega poco !!!


Salud

La verdad es que yo lo preguntaba por la curiosidad de saber si alguna compañía pedía lo que se deduce como experiencia o capacitación para pilotar una embarcación.

Siento y te pido disculpas si la forma de preguntarlo te ha parecido molesta.

Yo también lo tengo con AXA y en el apartado de ámbito de navegación, lo entiendo como, primero a la zona que limita la compañía, después a la calificación de la nave y al reglamento legal que la ampara, en cualquier caso el de el país de abanderamiento que sería el competente, interpreto yo, de todas formas pediré por escrito que me lo aclaren.

Ámbito de navegación según la compañía de seguros.

Se establece que la cobertura otorgada por la póliza, surtirá

efecto dentro del Mar Mediterráneo, mares territoriales y aguas

interiores de los países miembros de la Unión Europea y, fuera de

éstos, en una franja de 200 millas náuticas desde el litoral español

y/o portugués, incluyendo la travesía entre la Península Ibérica y

las Islas Canarias.

No obstante lo anterior, el radio de navegación de la

embarcación asegurada quedará en todo caso limitado al

autorizado por los Reglamentos y/o Autoridades competentes

para embarcaciones de su tipo. El incumplimiento de los límites

de navegación establecidos, invalidará automáticamente la

cobertura, salvo en los casos en los que dicha alteración haya

sido comunicada y aprobada expresamente por la Compañía

Aseguradora.
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Saludos
Hay tres tipos de marinos : el primer grupo es el de los teóricos : saben todo pero no navegan. El segundo grupo es el de los prácticos : si navegan todo aunque no sepan nada. Un tercer grupo une la teoría y la practica : no navegan y no saben nada.

Editado por brutus en 02-06-2014 a las 13:11.
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  #37  
Antiguo 02-06-2014, 18:36
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Yo he pedido a Generali que emitan un suplemento a las condiciones particulares de la póliza en el que EXPRESAMENTE reconozcan que la legislación aplicable en materia de material de seguridad, titulación del patrón y zona de navegación es la estipulada por la legislación de Bélgica.
Me ha dicho el broker que cree que no habrá problema... ya os contaré.

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  #38  
Antiguo 02-06-2014, 19:45
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Hola,

Hay que apretar a las compañías con las condiciones, si no con mi bandera Belga vendrá un seguro Belga, que con lo que me ahorro al año bien puedo pagar un señor seguro de un país mas serio.

Un saludo
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  #39  
Antiguo 02-06-2014, 20:14
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Predeterminado Respuesta: Re: seguros y bandera belga

Cita:
Originalmente publicado por Camelot Ver mensaje
Hola,

Hay que apretar a las compañías con las condiciones, si no con mi bandera Belga vendrá un seguro Belga, que con lo que me ahorro al año bien puedo pagar un señor seguro de un país mas serio.

Un saludo
En eso estamos, pero son duros



Bienvenidas sean experiencias de otros cofrades en ese sentido, habéis tenido problemas con el seguro y consta expresamente que lo de la legislación aplicable sera la del país tal ....?

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  #40  
Antiguo 02-06-2014, 22:16
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Este es el típico ejemplo de cláusula abusiva anulable en un pleito.
No se le puede exigir a un ciudadano de la unión una titulación específica española, cuando la legislación de bandera no exige tal titulación. El barco lo gobierna su patrón, y en el barco rige la legislación de su bandera.

Cita:
No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.
Sería algo así como prohibirle a un chico español de 17 años conducir en Estados Unidos, o a la inversa, que un norteamericano de 17 años pudiese conducir en España sin problema. Los vehículos y carreteras son competencia del país donde están. Los barcos que navegan son competencia del país donde están abanderados.

Otra cosa es el MARPOL, los impuestos y el tráfico de drogas, pero un seguro no puede "dejar de asegurar" a un español por "malote malo malote que te has ido fuera a abanderar..."
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  #41  
Antiguo 02-06-2014, 23:13
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Predeterminado Re: Respuesta: seguros y bandera belga

Cita:
Originalmente publicado por golden dreams Ver mensaje
Pues quizás Ventarrón no estaba tan equivocado y una cosa es lo que prometen las compañías y otra es lo que pone en las pólizas, de momento he rechazado la propuesta de seguro de METROMAR si no quitan de las clausulas que el seguro queda condicionado a las leyes españolas porque entonces que sentido tiene cambiar de pabellón legalmente? Manda webs con lo que ha costado que ahora sean los seguros los que no se adapten a la legalidad del país de abanderamiento.

Ya informare si METROMAR rectifica, si no lo hacen me temo que van a perder muchos clientes.

Quizás ya seria bueno ir abriendo listas de compañías que realmente aseguren bajo las leyes del país de abanderamiento, sean nacionales o internacionales.

Además, esa cláusula es ilegal o nula de pleno derecho, ya que a las embarcaciones con bandera belga (o la que sea ) no les son de aplicación las normas españolas, sinó las de su pabellón de abanderamiento.
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  #42  
Antiguo 03-06-2014, 07:31
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

En marzo de 2013 me cambié a AXA mientras hacia el cambio de bandera, en ese momento el barco estaba dado de baja ya en España, solicité precios y condiciones a 10 compañias y AXA fue la única que en ese momento de manera clara y rotunda en las condiciones particulares especificaba que en cualquier caso se aplicarian las normas y exigencias de la normativa a la cual este sujeta la embarcación, NO LA PERSONA, la zona de navegación en un primer momento fue todo el Mediterraneo hasta y Canarias, pero ya tenia la confirmación oral,de mi,agente de que en cualquier momento que quisiera me lo ampliarian a las zonas de navegación que necesitara pagando un suplemento creo,recordar del,20% aplicables al tiempo restante de la poliza, a los 7 meses solicité autorización para cruzar el,Atlantico y para navegar en aguas caribeñas por tiempo indefinido, en 3 dias la nueva poliza estaba redactada y encima no me cobraron ningun tipo de suplemento por cubrirme todo el mundo, navegación ilimitada exceptuando rebasar las zonas mas al norte y mas al sur de los oceanos.

Especifica que si se rebasan los limites de navegación contratados la poliza no cubre, logico. Ademas especifica que indepndientemente a las zonas de navegación concedidas por la compañia esta quedará limitada a los reglamentos y autoridades competentes sobre la,embarcación que en este caso al,ser Belga la unica norma que le limita es la de diseño, la de comstrucción para la cual fue diseñado categoria A, B o C.

Los belgas no limitan las zonas de navegación aleatoriamente desde un despacho las limitan segun el diseño del barco y para lo que haya sido,diseñado.

Mas importante que la compañia de seguros es tener al agente apropiado e involucrado en el tema.

Salud
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CONDICIONES ESPECIALES DE APLICACIÓN
PARA EMBARCACIONES CON BANDERA EXTRANJERA
Como aclaración de lo dispuesto en las Condiciones Generales de aplicación al Seguro (Art.20), se hace constar que si la embarcación asegurada tuviere bandera extranjera, elTomador del Seguro o el Asegurado se obligan a cumplir fielmente las normas de derecho
positivo en material de navegación y seguridad marítima que resulten aplicables de conformidad con la legislación del estado de la bandera de la embarcación asegurada.

Igualmente, será dicha legislación del estado de la bandera de la embarcación, la competente para determinar la documentación que deberá reunir la misma, reconocimientosobligatorios, etc., así como las condiciones, requisitos y titulación que deberá ostentar su tripulación y, en particular, el personal al mando de la misma.

No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.

O sea, que sí, pero NO.

¿Hay algún cofrade que no tenga esas condiciones en su seguro?

y buen fin de semana.

Esta claúsula fue justo el motivo por el cual cambié de aseguradora. no se sostiene que si tengo un siniestro, por ejemplo en Madeira me apliquen normativa belga, pero en cambio si me pasa algo entrando en puerto base, me apliquen esta claúsula y me exijan cosas distintas a la normativa de mi pabellón. Máxime teniendo en cuenta que el 95% de las ocasiones estaré navegando en aguas españolas. Una incongruencia, que ni siquiera estimaron oportuno explicarme o rebatirme, por lo que tardé muy poco en no renovar con ellos.
PD: mejor cobertura, pagando menos y sin claúsulas contradictorias.
Saludos
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Xavier Vila (03-06-2014)
  #44  
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Seria muy bueno, que alguien con barco abanderado en bélgica, que haya tenido un siniestro nos cuente su experiencia ...

Salud
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  #45  
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Ratifico lo que decís de AXA.

Mi barco es inglés, bandera inglesa y compañía de seguros AXA.
He tenido dos incidentes y en ambos casos mi seguro ha respondido a la perfección. En ningún momento me han pedido ni titulación ni nada.

Mi póliza especifica de manera clara y rotunda que se atienen a la normativa del pais de bandera de la embarcación.

Mi mediador es el cofrade Sergio Ponce, un diez en seriedad y rigor.
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Xavier Vila (03-06-2014)
  #46  
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Confirmo que Metromar no rectifica y por el momento no aseguran a nadie a mas millas que las del título Español del patrón independientemente del país de bandera del barco, categoría de diseño etc... Esta compañía queda descartada por no adaptarse a la legalidad vigente, siguen con la mentalidad antigua de que si eres español con pabellón extranjero igualmente tienes que tener un título español, no me parece acertada la política de METROMAR en este sentido.

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  #47  
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Cita:
Originalmente publicado por golden dreams Ver mensaje
Al igual que Juanito ningún problema en Metromar con bandera Holandesa, zonas de navegación y titulo que marque el país de abanderamiento.

EDITO, Eso es lo que habian prometido por telefono y despues nada de nada
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  #48  
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Hoy me han contestado de Generali.
Están emitiendo un anexo a las condiciones particulares en el que se especifica que "de común acuerdo" entre la compañía seguradora y el asegurado, ambos caeptan que la legislación aplicable a la embarcación es la de Bélgica en lo referente a:
- Zona de Navegación, que sólo estará limitada por la certificación CE de la embarcación
- Título de patrón: que no es necesario
- Certificado de navagabilidad e ITB, que no serán necesarias
- Elementos de seguridad que serán los que, en cada momento, exiga Bélgica.
No es textual porque me lo ha leído el broker por teléfono, pero me ha parecido perfecto
Ya sólo me queda que me entreguen el barco!!
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  #49  
Antiguo 03-06-2014, 17:04
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Cita:
Originalmente publicado por Ventarrón Ver mensaje
Seria muy bueno, que alguien con barco abanderado en bélgica, que haya tenido un siniestro nos cuente su experiencia ...

Salud
Yo he tenido tres siniestros desde que estoy con bandera Belga. Estoy con AXA. Un embarrancamiento, un toque de roca que me toco el timón y un golpe que me dió el de al lado del pantalán (por cierto Belga autentico y con seguro Belga). Desconozco como son otras cias, pero ésta me tramitó rápido los partes, las reparaciones y el pago. Yo sinceramente estoy muy contento y satisfecho.
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  #50  
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Predeterminado Re: seguros y bandera belga

Mi barco esta a todo riesgo en una compañia que aun siendo del año 1983 lo acepta. Otras compañias dicen que es muy antiguo. O sea que renovare con ellos este fin de año. Si no pasa nada . Saludos.Añado : en otro barco que tuve , del año 1989, la misma compañia no me lo aceptaba a todo riesgo aduciendo antiguedad . . Pais.
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