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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola compañeros.
Viendo los próximos cambios de normativa referentes a las titulaciones de recreo, según los cuales se permitirá que teniendo un titulo de recreo, mas el STCW de formación básica de la DGMM, se podrán realizar trabajos profesionales y legales en embarcaciones de recreo, pido consejo a los cofrades de la taberna para que me orienten como pasar mi velero de 17' a lista 6ª para poder realizar charter por las Rías. Sin otro particular acepten unas ![]() ![]()
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() |
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#2
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Yo lo veo un poco pequeño, porque además, probablemente, tu barco esté limitado a una capacidad máxima de 4 personas...
Para eso, yo escogería, como mínimo, un velero de 26 pies, con baño separado, con el que ya puedes llevar a familias o grupos de 4 personas, e incluso que pasen alguna noche fondeados, o en un puerto distinto del puerto base... |
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#3
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Me ha picado la curiosidad...no había oido nada respecto a este cambio de regulación. Estas seguro de esto? Algun sitio "fiable" donde se pueda consultar? Lo digo porque hace menos de 4 años que ha salido lo del PPER y me extraña que lo hayan vuelto a cambiar...
Salud. ![]() |
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#4
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Cita:
Cita:
Por parte de ANAVRE http://www.anavre.org/index.php/pral...-profesionales Por parte de ANEN http://www.anen.es/el-sector-nautico...profesionales/ EUROPAPRESS http://www.europapress.es/turismo/na...612141358.html vamos que no es un secreto.
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() |
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#5
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Pues con todo el tiempo y dinero que les ha costado a la gente sacar el Pper
ahora esto ![]() Lo sigo . ![]()
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#6
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Cita:
Yo ahí no entro, hay otro hilo al respecto ![]() From my radio morse
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() |
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#7
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Veremos si alguien que lo haya hecho se pronuncia.
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#8
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Pues parece ser que no es necesario ser autónomo mientras el alquiler del barco no constituya tu fuente de ingresos principal. Lo que si es necesario es darse de alta en el censo de actividades económicas e ingresar trimestralmente el IVA y los ingresos que genere el barco vía IRPF.
Tampoco es cierto que el armador no pueda utilizar el barco para su disfrute personal. Si que puede hacerlo, siempre y cuando en el momento de la compra del barco haya pagado el impuesto de matriculación. Eso no es un problema para los que tenemos el barco en 7ª y deseamos pasarlo a 6ª: los impuestos se pagaron seguro en el momento de adquirirlo. Hay que ir a capitanía marítima y solicitar el cambio de lista y la autorización para chartear. En realidad, es simplemente una cuestion burocratica: si tienes tiempo o una buena gestoría todo el mundo podria hacerlo. Ahora bien, tienes que alquilarlo de verdad o estar dispuesto a hacer cada trimestre la declaración sin ganar nada a cambio. ![]() |
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Antonio_Mataelpino (22-07-2015) | ||
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#9
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Me corrijo a mi mismo: en realidad, todo el mundo PODRA hacerlo si se confirma lo del PER Y PY con atribuciones profesionales.
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#10
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O alquilarlo sin patrón.
Por otro lado los requerimientos de seguridad, itb, seguro....no creo que sean iguales en 7° que en 6°.
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#11
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Y el seguro tampoco.
Recordemos que, todo lo que no cubra el seguro, lo tendrá que cubrir nuestro patrimonio personal, y si no tenemos suficiente, mantendremos una deuda durante muchos años, que se irá descontando de nuestros ingresos futuros, sean salarios o pensiones. El ejercicio profesional no es cosa que se pueda tomar a la ligera. Ni en la náutica, ni en ninguna otra rama de actividad. Creo que las nuevas atribuciones están más pensadas para el trabajo asalariado, que para el desempeño autónomo. Más que nada porque la oferta de ese tipo está ya bastante saturada, y los precios se han reducido mucho. No los publicados, pero sí los que realmente se cobran. ![]() |
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Antonio_Mataelpino (22-07-2015) | ||
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#12
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Por otro lado según fomento las embarcaciones de menos de 6 m de eslora tendrán que pasar una ITB cada 5 años
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST.../ITB_Nauticas/
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() |
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#13
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así que de momento:
1.- darse de alta actividades económicas (declaración trimestral de ingresos) 2.- Pasar embarcación lista 6 (trámite capitanía) 3.- ITB cada 5 años en lugar de indefinida. 4.- Contratar seguro zona 6ª
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() Editado por Antonio_Mataelpino en 23-07-2015 a las 00:03. |
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#14
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Cita:
Salud. |
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Antonio_Mataelpino (23-07-2015) | ||
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#15
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He hablado con capitanía de Vigo. El trámite burocrático no llega a 19€, hay que pasar ITB cada dos años. Falta que me llamen del seguro para saber precio y de la ITB para saber precio y material seguridad adicional.
Esto ya que cada cual pregunte por su caso en particular que ya sabéis que según que embarcación varía. Unas cervezas para todos From my radio morse
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() Editado por Antonio_Mataelpino en 23-07-2015 a las 16:51. |
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llenyalfoc (23-07-2015) | ||
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#16
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0.- tener titulación correspondiente.
1.-darse de alta actividades económicas (declaración trimestral de ingresos) 2.- Pasar embarcación lista 6ª (trámite capitanía) 3.- material de seguridad lista 6ª dependiendo de embarcación y zona de navegación. 4.-ITB cada 5 años hasta 6 m en lugar de indefinida. 5.-Contratar seguro lista 6ª A partir de aqui que cada unos valore si merece la pena ![]() From my radio morse
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() Editado por Antonio_Mataelpino en 20-09-2015 a las 12:30. |
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#17
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No parece que lo dificulten.
Si depués del cambio decidimos que no nos va el rollo 6ª y queremos volver a la 7ª y su ITb indefinida " ¿ se arregla con la misma carga de trąmites y leuros o estàs condenado para los restos por atrevido? Salud |
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#18
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No lo he preguntado, pero al ser mas restrictiva la 6ª supongo que el trámite será mas sencillo.
From my radio morse
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“There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.” .... el infierno puede ser divertido.... .... si estás con la diablesa correcta .... NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡ ![]() Editado por Antonio_Mataelpino en 24-07-2015 a las 11:27. |
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llenyalfoc (24-07-2015) | ||
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#19
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Buenos dias, eso quiere decir que con CY o PY, puedes trabajar como patron del yate de algun armador?, dandote de alta como trbajador por cuenta ajena?
![]() , muy facil lo veo. |
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#20
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Cita:
No. Quiere decir que próximamente los CY, PY y PER podrán realizar ciertas actividades remuneradas (ver post 4). From my radio morse
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Paulsailor (27-07-2015) | ||
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#21
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arriba con la cuestión.¿Algún cofrade puede aportar novedades al asunto? salud. |
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#22
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Salió un RD para profesionales
https://www.boe.es/boe/dias/2015/10/...2015-11346.pdf. La nuevas atribuciones de deportivos deberá esperar aun ... Un ratiño ![]()
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llenyalfoc (22-11-2015) | ||
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