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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Carajillos calentitos para el personal!!!
Pues eso que de sobremesa con unos colegas navegantes salió en la conversación el tema de las zonas de navegación con las discrepancias oportunas según unos debes llevar el barco despachado para la zona donde navegas mientras para otros si te paran aunque el barco esté fuera de zona llevando los artilugios que la normativa obliga no te multan. Algo de luz al respecto (aparte de la opción de cambio de pabellón). Buena proa a todos. |
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#2
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Este tema quizas deberia al foro de cuestiones legales.
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. Slava Ukrayini!.
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#3
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Si el barco esta despachado para la zona de navegación y lleva todo el material ,cumples la norma y no hay problema.
Navegamos en una zona sin despachar la embarcación para ella, aunque tengas todo el material al día, multa salvo que la autoridad competente, ademas de competente sea razonable y caritativa. ![]() |
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#4
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Sólo es obligatorio el equipo de seguridad necesario para la zona en la que se encuentre el barco y para el número de tripulantes embarcados en cada momento.
Así, si la embarcación está despachada para una zona en la que sea preceptiva la balsa, pero está navegando en una zona en la que ésta no es necesaria, no pasa nada por no llevarla. Aquí lo tienes perfectamente explicado: http://www.marabierto.eu/puertos/not...isos-navegacio Una de grog Editado por chukel en 27-11-2016 a las 14:32. |
| 5 Cofrades agradecieron a chukel este mensaje: | ||
custodio (27-02-2017), Knopfler (28-02-2017), losdelnara (27-11-2016), Paco Saavedra (29-11-2016), toniet (27-11-2016) | ||
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#5
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Sacate el pabellón Belga y olvidate de las normativas Españolas, exageradas y fuera de lo normal
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a GBRL | ||
paulus (27-02-2017) | ||
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#6
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Cita:
Unas !
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#7
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Es la normativa el barco puede navegar en una categoría de navegación y el material tiene que ser el adecuado para la que navegues.
Por ejemplo un barco de categoría A , puede navegar en cualquier mar, pero deberá llevar el material necesario para cada zona, si es costera no hace falta balsa ni radio baliza, pero si va a mas de 25 si etc. etc. ![]() |
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#8
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No estoy del todo seguro del tema. Pero hace un mes que he pasado la itb a mi barco. Lo tenía en zona 4, y ahora está en 3. Lo único que me han comentado es que si navego dentro de los límites de la zona 4, me exigen el material de dicha zona, y si superó las 12 millas obviamente él material de seguridad correspondiente a la zona 3.
Salvando la balsa... No le veo mucho sentido al tema, en lo práctico, ya que, (yo al menos) no voy sacando y metiendo material según qué zona navegue. Sobre las leyes... Pues, me parecen un poco celosas... Registrar la radio.. La radiobaliza... Tasas por aquí... Y por allá... Pensé en la bandera belga u holandesa... Lo descarte, por qué este abanderado en un país u otro balsa y radiobaliza hay que llevar... Por responsabilidad. Solo pongo en duda el tema de las revisiones dé la balsa... Que quizás... Haya que dar un poco de guerra con la comisión de la competencia en este asunto... A ver qué qué ocurre... Saludos. Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jorgesanchis | ||
Bertie (27-02-2017) | ||
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#9
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Cita:
si además de los elementos y requisitos para 12 millas, llevara balsa y radios y todos los elementos de seguridad que se requieran para navegación oceánica y me pillaran en medio del atlántico, me multan. pues mi barco aunque lleve todo lo que hay que llevar para navegación oceánica, pues no está despachado para tal... ![]()
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Hemos recorrido más de 100.000 Li de inmensas superficies marinas y en el océano hemos visto olas gigantescas, que se elevaban al cielo como montañas... nuestros ojos han visto regiones bárbaras y remotas, ocultas por una niebla azul e impenetrable. Mientras nuestras velas, desplegadas cual nubes, seguían su curso, raudo como el de una estrella. Zheng He (1371-1435) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a manganegra | ||
Bertie (27-02-2017) | ||
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#10
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Sí, que el material de seguridad necesario para la zona hay que llevarlo no ofrece ninguna duda. El problema es el famoso "despacho" que figura anotado en el certificado de navegabilidad, y lo que según comentaba el instructor ya no es relevante.
P.ej., si tienes una embarcación que figura despachada para zona 6, pero llevas material de seguridad para zona 5, ¿te pueden multar si estás en zona 5? Si dependiese de la categoría de navegación lo entiendo, pero pongamos que es de categoría C, lo que la hace válida para hasta zona 4.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#11
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Es asi tu puedes navegar hasta el maximo de tu zona de navegacion siempre que lleves el material necesario.
No hay despacho especifico para cada zona, es una responsabilidad del patron. |
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#12
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Como siempre las normativas se van sucediendo sin un sentido claro. Se llega a un nivel de concreción muy grande en cada una pero hay solapamientos que te hacen dudar. Si a eso se suma la discrecionalidad en su aplicación nadie sabe a qué atenerse. Yo creo que sería mejor una legislación más abierta y general. Pero hay lo que hay...
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#13
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Cita:
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 27-02-2017 a las 11:47. |
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#14
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OK, ¡muchas gracias!
Ahora me queda la duda de cómo se aplica la categoría de diseño a barcos anteriores a la normativa CE, es decir, los que no la tienen. Pero igual encuentro algo investigando...
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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punen (12-09-2019) | ||
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#15
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Yo tengo un pequeño barco antiguo. Capitanía me dió zona 5. Solicité zona 4 y me la denegó al carecer de categoría de diseño. Solución que me dieron : Informe de empresa o ingeniero con pruebas de estabilidad y tal y tal. Suerte y ya contarás.
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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Bertie (04-03-2017) | ||
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#16
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Pues no sabes qué alegría me da leer esto, este mes tenía que pasar la itb, mi Jeanneau so 24,2 tiene categoría c (apto hasta zona4) y en papeles se registró pra zona 5. Estaba en estos días moviéndome para ver el procedimiento de cambio de zona (tenía claro que debo llevar la seguridad requerida y soy patrón de yate) por lo que ya no debo realizar ningún trámite, solo adecuar la seguridad a la zona de navegación sin sobrepasar 12 millas. De todas formas consultaré con mi seguro para dejar todo atado y que un rescate a 7 millas no me cueste una ruina Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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#17
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Acabo de hablar con el seguro y para ellos no hay problema, en la póliza no se especifica la zona, por lo que si la categoría lo permite, tengo la titulación y los elementos de seguridad, la póliza me cubre hasta las 12 millas sin realizar ningún cambio en la póliza
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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#18
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Kafkiano es que te den zona 5 (categoria C) y te denieguen 4 (categoria C) ... ándale ándale manito....
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