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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Menos mal que el manto de la Virgen del Carmen es grande. No hay más sordo que quién no quiere oir ni entender.
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#2
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En mi interpretación un barco que está al pairo tiene maniobra restringida, dado que la arrancada que tiene es mínima y por ende no tiene capacidad para maniobrar, luzca o no las marcas/luces correspondientes, esté descansando, haciendo el vermut o lo que le venga en gana. Y así lo hago siempre, vaya en un barco de 10m o de 200m, si no veo arrancada en el AIS, o lo ploteo en el radar y así lo veo, maniobro y listo, no hay que rizar tanto el rizo. Es muy habitual encontrar mercantes a la deriva esperando flete o en los trópicos pesqueros pasando la noche y no por esto van a tener que arrancar principales par maniobrar, ante la duda, VHF.
Respecto a lo de maniobrar "por cortesía" a barcos más grandes, para mi, a no ser que sea algo muy claro solo puede traer confusiones, otra cosa es si con un velero nos metemos en un campo de regatas (no participando en ella) y no vamos a p...ar a todo quisqui o situaciones similares, la mejor manera de que no hayan abordajes es cumplir correctamente el RIPA. ![]() |
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#3
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Cita:
Y, hablando de tomar rizos, coincido en no rizar el rizo y en que, cuando me encuentro con un caso así, por cortesía lo maniobro sin problemas, pero no porque tenga maniobra restringida a efectos del RIPA, que la define así: La expresión "buque con capacidad de maniobra restringida" significa todo buque que, debido a la naturaleza de su trabajo, tiene reducida su capacidad para maniobrar en la forma exigida por este Reglamento y, por consiguiente, no puede apartarse de la derrota de otro buque ![]() |
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#4
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En este tema, como en muchos otros, las opiniones particulares son como los culos, todos tenemos uno.
Podemos llenar 500 paginas del foro pero al final las normas son las que son. Las interpretaciones estan bien como distraccion y poco mas.
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. Slava Ukrayini!.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a markuay | ||
anengra (03-03-2021) | ||
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#5
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Cita:
Pero... Pero... Pero... no lo digas mucho, porque, como se veía un poco más arriba, pueden oírte gente que cree que las normas tienen alguna palanca mediante la cual pueden pasar a ser privilegiados. ![]() ![]() ![]()
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"A superior seaman uses his superior judgment to keep out from situations requiring his superior skills" |
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#6
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..... (sorry . Dedazos)
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
Editado por moryak en 02-03-2021 a las 20:29. |
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#7
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El RIPA, en las reglas de rumbo y gobierno, nunca habla de prioridades, sino de no estorbar tránsitos, o apartarse de derrotas.
Esto, que puede parecer anecdótico, es muy representativo. El RIPA define, en cada situación, quién es el responsable de resolver una situación de potencial abordaje. No inviste con la divina prioridad al otro barco envuelto. Sin embargo, el 90% (o más) de nuestras preguntas se formulan como: tengo yo prioridad? La respuesta es simple: no, tú nunca tienes prioridad. A lo sumo, te encuentras en una situación en la que la otra nave tiene la obligación de gobernarte. Y hay una diferencia sustancial, si se quiere ver...pero...en estos tiempos que corren no queremos ver las cosas así, verdad? Tabernero! Un cafelin! mira a ver si me lo pones a mi primero que voy con un poco de prisa y este está ahí con el móvil y no se aclara...además, aunque ha entrado primero, yo me encuentro a barlovento del baño, y se puede interpretar según la regla XXI, que sufriendo yo anteriormente los efectos del susodicho café, despejaré la derrota al servicio del sujeto en cuestión, provocando un tránsito (obsérvese aquí la doble acepción) más ordenado, mientras que de lo contrario, podría provocarse una congestión (idem) nada deseable para ambas "partes".... Enviado desde mi CPH1931 mediante Tapatalk |
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#8
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Si, totalmente de acuerdo
Tu puedes tener preferencia pero tienes la OBLIGACIÓN (aunque tengas preferencia) de hacer todo los posible para evitar el abordaje. Por eso el RIPA, estable la obligación de mantener en todo momento una vigilancia efectiva. Si hay un abordaje, las culpas no van a ser para el que tenia no tenía preferencia al 100%, ya que el buque con preferencia tiene algo de culpa (mucha menos, pero algo) al no maniobrar para evitar la colisión. Vamos, que si estas al pairo con preferencia pero ves que un buque viene con rumbo de colisión, deberás hacer todo lo posible para evitar esa colisión (VHF, pitidos, encender el motor , etc...) Bueno, eso es lo que entiendo yo |
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#9
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Así es; el RIPA establece OBLIGACIONES, pero no DERECHOS.
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#10
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Sólo hay un caso en el que casi podríamos hablar de "preferencia" o de un solo obligado, o de algo parecido, con todos los matices que habéis señalado, pues el deber de vigilancia y el de hacer todo lo posible por evitar el abordaje nunca decaen, es el caso de buque "que alcanza". "El pecado nefando -decía un viejo capitán al que suele referirse Arturo Pérez Reverte en sus artículos sin nombrarlo- está prohibido en la mar, lo que habla bien de las leyes marinas", aunque a él si le dieron ("alcanzaron") y consiguió, pese a tener la popa y el timón de aquella manera, llevar a buen puerto el barco.
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"A superior seaman uses his superior judgment to keep out from situations requiring his superior skills" |
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#11
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Cita:
Por un lado tenemos casos en el RIPA en los que las decisiones del reglamento se tomaron de forma independiente a la capacidad de maniobra de cada barco, porque en ambos casos es idéntica; un ejemplo claro es: Regla 12. Buques de vela. I) Cuando cada uno de ellos reciba el viento por bandas contrarias, el que lo reciba por babor se mantendrá apartado de la derrota del otro; En este caso, si el que lo recibe por babor falta a su obligación de mantenerse apartado, su "contrario" tendrá, a priori, idéntica capacidad de maniobrar y evitar el desaguisado. Aquí, el RIPA no obliga a mantenerse apartado al de babor porque éste tenga menos capacidad de maniobra, sino por algo sólo un poco menos importante: que exista una total claridad sobre qué barco ha de mantenerse apartado, y así evitar confusiones en la maniobra; lógicamente, y como tanto hemos repetido, su contrario ha de mantener su vigilancia para si, en última instancia el otro no maniobra, evitar el abordaje; y, además, en este caso probablemente pueda hacerlo. Por otro lado - y al hilo del buque que alcanza que mencionas-, hay otros casos donde la situación es diferente y sí existe una diferencia evidente entre ambos buques en su capacidad de mantenerse apartados. Uno de los claros es la de buque sin gobierno. Hay un artículo de Luis Jar Torre sobre el hundimiento del Amocco Cádiz (interesante, como todo lo suyo, puede leerse en https://www.grijalvo.com/Batracius/B..._imposible.htm) que nos habla de lo que sucedía en el puente de este buque después de que, tras la rotura un servo, se quedara con toda la pala a una banda... con arrancada y en medio de un dispositivo de separación del tráfico. Copio uno de sus párrafos: Tras un probable “porca miseria” ordenó parar máquinas e hizo lo que todos hemos hecho docenas de veces, izar las “bolas de sin gobierno”, avisar por VHF al “vecindario” y escrutar con impotencia los cuatro puntos cardinales mientras su buque describía una graciosa curva y navegaba por su cuenta durante veinte minutos, hasta detenerse 2,5 millas más al norte. Esa mole, con toda una pala bloqueada a una banda y tardando media hora en perder arrancada, por muy buena voluntad que le ponga poco puede hacer si el barco obligado a maniobrarle decide no hacerlo (aparte de avisarle). Por eso el RIPA coloca a un buque sin gobierno en lo más alto de su "pirámide" y por eso el RIPA es claro y ha de aplicarse sin matices: podemos insistir en que no establece derechos y estaremos en lo cierto, pero sí establece de forma clara obligaciones y quién es objeto, en primer lugar, de ellas. El ejemplo de "sin gobierno" es, quizás, el más extremo, pero hay bastantes situaciones en las que la diferencia de maniobrabilidad es evidente, como las restricciones por calado, los buques que están dragando (un buque de la Armada me llamó una vez por radio al respecto) o, sin ir a casos tan exagerados, un barco a vela y otro a motor; aquí a veces la diferencia de maniobrabilidad será despreciable pero, en otras, puede ser muy importante: imaginemos un velero que sólo puede hacer nudo y medio intentando evitar su colisión con un megayate que, aproximándose a 30', ha fallado en su obligación de mantenerse apartado; o el caso que planteas del buque que alcanza, sobre todo cuando la diferencia de velocidad es muy evidente. En cualquier caso, es interesante debatir sobre la diferencia entre los casos en los que la diferencia de maniobrabilidad es evidente y en los que no, pero eso no quita lo principal: el RIPA es claro, y, estemos en un caso o en otro, siempre establece quién está obligado a mantenerse apartado en primera instancia. Y esa claridad es clave para evitar malas interpretaciones: personalmente, sólo pienso en que el RIPA "no da derechos" cuando no soy yo el que debe mantenerse en primera instancia apartado; de serlo, pienso únicamente en mi obligación y actúo (como seguro haces tú )Más ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Avante | ||
chukel (03-03-2021) | ||
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#12
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Cita:
....Si vienes a buena velocidad y observas un barco casi parado, lo mas racional... ... es maniobrar.Tengas prioridad o no... ![]() ![]() ![]() ![]() . |
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