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Antiguo 26-05-2021, 09:32
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Predeterminado Nueva reglamentación y bandera extranjera.

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Originalmente publicado por celicagrn Ver mensaje
Pero sabes que pueden llevarte el barco hasta puerto, inmovilizarlo y esperar la orden judicial.. no si es es bueno entrar en estos juegos de ver quien es mas valiente…

Pues que lo hagan. Aquí no estamos hablando de patrulleras marroquis ni americanas en Florida como dice algún cofrade por ahí.
Hablamos de aplicar un decreto y cumplir la ley en aguas españolas, cosa que debemos hacer los navegantes y por supuesto el gobierno y todos sus organismos. Parece que tenemos que ser sumisos y si “ellos” hacen lo que sea “por cojones” está bien.
Quizá eso nos pasa por que no hemos luchado por nuestra libertad desde la guerra con los franceses.
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Predeterminado Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Dudas razonables.
Con bandera Belga regresando de Cerdeña me interceptan la GC dentro de la 12 mn, sabiendo ellos que vengo de Cerdeña por que me han visto por radar o por AIS, me pueden exigir con la nueva normativa las medidas de seguridad de Zona 1 o 2? O solo Zona 4.
Gracias

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  #3  
Antiguo 23-05-2021, 21:40
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Cita:
Originalmente publicado por BichoBola Ver mensaje
Dudas razonables.
Con bandera Belga regresando de Cerdeña me interceptan la GC dentro de la 12 mn, sabiendo ellos que vengo de Cerdeña por que me han visto por radar o por AIS, me pueden exigir con la nueva normativa las medidas de seguridad de Zona 1 o 2? O solo Zona 4.
Gracias

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Solo te pueden parar dentro de las 12 millas , es decir zona 4, y aqui a partir del 1 de Julio te pueden exigir , si eres español y con residencia en españa lo propio a esa zona en material de seguridad.
Espero haberme explicado.
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MenorKi (19-08-2021)
  #4  
Antiguo 24-05-2021, 01:48
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

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Originalmente publicado por kike 4x4 Ver mensaje
Solo te pueden parar dentro de las 12 millas , es decir zona 4, y aquí a partir del 1 de Julio te pueden exigir , si eres español y con residencia en España lo propio a esa zona en material de seguridad.
Espero haberme explicado.
Y lo más importante, que el barco tenga el puerto base en España. Porque
si lo tienes en Portugal, Grecia o Marruecos (por poner ejemplos), solo
estás de paso y tampoco procede.

En algún hilo alguien ha hablado de dejar el barco en el amarre todo el
verano, para no comprar nada a ciertos comerciantes, ni generar más tasas.
Otra acción es la de llevarse el barco a puertos extranjeros.

Cualquier cosa, menos quedarse de brazos cruzados.


Salud y
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El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
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Editado por El Temido II en 24-05-2021 a las 01:51.
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  #5  
Antiguo 24-05-2021, 09:54
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Cita:
Originalmente publicado por El Temido II Ver mensaje
Y lo más importante, que el barco tenga el puerto base en España. Porque
si lo tienes en Portugal, Grecia o Marruecos (por poner ejemplos), solo
estás de paso y tampoco procede.

En algún hilo alguien ha hablado de dejar el barco en el amarre todo el
verano, para no comprar nada a ciertos comerciantes, ni generar más tasas.
Otra acción es la de llevarse el barco a puertos extranjeros.

Cualquier cosa, menos quedarse de brazos cruzados.


Salud y
El decreto dice habla expresamente de propietarios o quien tenga su uso y disfrute tenga residencia en España. No indica nada de puerto base.

Un saludo.
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  #6  
Antiguo 24-05-2021, 11:23
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Cita:
Originalmente publicado por fende_testas Ver mensaje
El decreto dice habla expresamente de propietarios o quien tenga su uso y disfrute tenga residencia en España. No indica nada de puerto base.

Un saludo.
Evidentemente. Si tienes el barco en otro país, no te pueden inspeccionar las
autoridades españolas. Y si por el motivo que sea, vas de un punto a otro y
atraviesas aguas territoriales españolas, está la figura del "Derecho de paso
inocente", según la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
de 1982.

Habría que consultar a un jurista, sobre la protección que ofrece ese derecho,
porque tampoco es cuestión de tener el barco en Portugal e irte todo el
invierno a las islas Canarias. Pero si, por ejemplo, recalar en ellas para
abastecerte, camino del Caribe.

Y a unas malas, no navegar más por aguas de este país, hasta que no
cambien la legislación. Hablamos de medidas de protesta.


Salud y
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  #7  
Antiguo 24-05-2021, 23:23
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Cita:
Originalmente publicado por fende_testas Ver mensaje
El decreto dice habla expresamente de propietarios o quien tenga su uso y disfrute tenga residencia en España. No indica nada de puerto base.

Un saludo.
De verdad os habéis leído el Real decreto? El ámbito de aplicación (copio y pego)

Entre las facetas novedosas de este real decreto, es de ver, de una parte, que su
ámbito de aplicación se extiende a las embarcaciones de recreo extranjeras que naveguen
por aguas bajo soberanía española, siempre y cuando los propietarios u otras personas que
usen y disfruten esas embarcaciones tengan una vinculación auténtica con España; con la
finalidad de evitar que las embarcaciones de recreo se abanderen en otros Estados de
pabellón con requisitos de seguridad y prevención de la contaminación más laxos, lo que
evidentemente supone un menoscabo en la política de la Marina Mercante antes enunciada.
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  #8  
Antiguo 24-05-2021, 23:49
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

buenas noches y unos tragos para todos los cofrades que componen este hilo. Leyendo algunas cuestiones planteadas por algunos compañeros sobre la inviolabilidad del domicilio o el tema de las 12 nm. etc. creo que nos salimos un poco del asunto. Por un lado la inviolabilidad no la cuestiono, pero creo que aquí no estamos hablando de una vivienda, aunque algunos si vivan en sus barcos. creo que lo mas importante es el pabellón, el cual al ser extranjero ninguna autoridad puede entrar en el sin previa autorización del propietario, y menos tener derecho legal a inspeccionar territorio extranjero, sea al propietario español o del lepe, el barco es una cosa y su dueño otra. no me he leído el RD. pero por mucho que pongan en el, yo veo una contradicción clara si enarbolo una bandera me atengo a la normativa de ese país o por el contrario tengo que hacer un batiburrillo con las dos normativas, eso no lo veo coherente, por lo tanto creo que este RD, es una manera mas de tomarnos el pelo y querer atribuirse un derecho que no les pertenece. Creo que sobre esto habrá aun mucho que hablar.
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Antiguo 24-05-2021, 23:56
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Pues yo justo después del verano cuando suba la lancha me hago polaco
Así que conmigo no consiguieron que me quedara
Y leo el rd y no entiendo nada de lo que necesito
Así que seguiré con lo que tengo
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  #10  
Antiguo 25-05-2021, 16:57
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Este verano tenia intención de hacer una travesia hasta Corcega desde Castellón pasando por las Baleares. Entiendo que con bandera Belga si no hago parada y paso a menos de 12 millas de las Baleares, entiendo que no hago nada ilegal? (Con este nuevo RD)

Saludos marineros!
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  #11  
Antiguo 25-05-2021, 19:12
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

tendras que pasar a mas de 12 millas de mallorca, no menos
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  #12  
Antiguo 31-05-2021, 23:19
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

buenasn noches y saludos a los aqui presentes. al hilo de lo hablado en este foro, quisiera aportar mi opinion al tal comentado RD . unos dicen que si es un domicilio inviolable y otros lo de las 12 nm y las zonas de navegacion etc. por un lado yo pienso que siendo español estoy obligado a llevar todo el material que indica el RD. pero solo podria demostrarlo enseñandoselo por la borda ya que no sere español pero mi barco lleva bandera belga y ahi es donde ellos no tienen jurisdiccion para poder entrar, no es por ser mi domicilio sino porque un barco con bandera extranjera es suelo extranjero por muy español que yo sea. es como una embajada que tenga que segir las normas del pais en la que se encuentra por el hecho de tener personas españolas trabajando dentro. se que la guardia civil intentara amedrentarnos y posiblemente lo consigga en algunos casos. yo creo que algun abogado con conocimientos internacionales tendria que aportar algo de claridad en el asunto ya que pienso que por mucho RD . que se saquen de la manga los barcos on banderas extranjeras seguiran riguiendose por la normativa del pais que lo abandera, español o lo que sea, eso no cambia las cosas. por otro lado tambien se pediria los protocolos a seguir en caso de abuso por parte de la autoridad que seguro se van a dar en mas de una ocasion el proximo verano. me gustaria poder darle en las narices a todos estos burocratas que solo se dedican a sacar leyes para poder imponerte sanciones con las que engordar sus bolsillos , este decreto no hace que vayamos mas seguros sino tener mas herramientas para sancionarte. un saludo y buenas singladuras
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  #13  
Antiguo 01-06-2021, 00:18
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

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Originalmente publicado por pich692 Ver mensaje
buenasn noches y saludos a los aqui presentes. al hilo de lo hablado en este foro, quisiera aportar mi opinion al tal comentado RD . unos dicen que si es un domicilio inviolable y otros lo de las 12 nm y las zonas de navegacion etc. por un lado yo pienso que siendo español estoy obligado a llevar todo el material que indica el RD. pero solo podria demostrarlo enseñandoselo por la borda ya que no sere español pero mi barco lleva bandera belga y ahi es donde ellos no tienen jurisdiccion para poder entrar, no es por ser mi domicilio sino porque un barco con bandera extranjera es suelo extranjero por muy español que yo sea. es como una embajada que tenga que segir las normas del pais en la que se encuentra por el hecho de tener personas españolas trabajando dentro. se que la guardia civil intentara amedrentarnos y posiblemente lo consigga en algunos casos. yo creo que algun abogado con conocimientos internacionales tendria que aportar algo de claridad en el asunto ya que pienso que por mucho RD . que se saquen de la manga los barcos on banderas extranjeras seguiran riguiendose por la normativa del pais que lo abandera, español o lo que sea, eso no cambia las cosas. por otro lado tambien se pediria los protocolos a seguir en caso de abuso por parte de la autoridad que seguro se van a dar en mas de una ocasion el proximo verano. me gustaria poder darle en las narices a todos estos burocratas que solo se dedican a sacar leyes para poder imponerte sanciones con las que engordar sus bolsillos , este decreto no hace que vayamos mas seguros sino tener mas herramientas para sancionarte. un saludo y buenas singladuras
cofrade la PAOM ya está enviando a todas las embajadas un escrito solicitándoles nos informen de como actuar ante las autoridades Españolas siendo abanderados en su País, también les indicamos que según el ámbito de aplicacion del RD informen a sus ciudadanos de que se les va a obligar a cumplir con el material de seguridad Español en cuanto tengan algún vínculo con España o suban a la embarcación a un/a Español.
Por otro lado hoy hemos hablado con el servicio maritimo de la GC de Valencia para que nos informaran si habían recibido por parte de Capitania o DGMM algun informe o notificacion de como actuar ante los pabellones extranjeros . El mando que nos atendió nos informó que al día de hoy no han recibido ninguna notificación ni nada por parte de los mencionados anteriormente que su postura va a ser la misma que antes del RD , que no se va a perseguir a los barcos de banderas extranjeras, al comentarle que el cumplimiento del RD por parte de GC podría incurrir en un supuesto delito de prevaricacion nos a contestado que el no puede suponer lo que haga cada patrullera y el oficial al mando pero que la tónica es esa, muy amablemente hemos quedado que si sale algo nuevo nos informara como asociación. En breve mandaremos una nota a defensa y al ministerio del interior para que nos aclaren como van a actuar ante los pabellones extranjeros.
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Aida (01-06-2021), Aitonos (01-06-2021), berrincha (01-06-2021), Chemaximus (01-06-2021), ddelgrac (01-06-2021), markuay (01-06-2021), moryak (01-06-2021), OliverdelaRosa (01-06-2021), xtremesailing (01-06-2021)
  #14  
Antiguo 01-06-2021, 12:29
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Ahora cuando entre el RD. los barquitos de bandera belga o polaca etc. que tenemos que hacer, pasar itb, comprar balsa para poder ir a ibiza, radiobalizas .......... Ir escondiendonos de la G.C. para que no nos multen por tener bandera NO ESPAÑOLA, que verguenza . Y la ley de bandera del barco no se cumple y no pasa nada. Un saludo y buena mar.
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OliverdelaRosa (01-06-2021), PAOM (01-06-2021)
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deberiamos de hacernos un archivo con los libros necesarios y actualizados para descargar

anuario mareas, derroteros, primeros auxilios, radioseñales....
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  #16  
Antiguo 02-06-2021, 00:16
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deberiamos de hacernos un archivo con los libros necesarios y actualizados para descargar



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¿Se pueden tener en digital?

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  #17  
Antiguo 02-06-2021, 12:15
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

El RD no dice nada de que la documentación tenga que ser en papel, cito textualmente: "c) Las embarcaciones de recreo que cuenten con botiquín deberán llevar la Guía sanitaria a bordo.", por lo que llevandola en digital es totalmente válida, no dice lo contrario, yo la tengo en PDF.
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OliverdelaRosa (02-06-2021)
  #18  
Antiguo 23-05-2021, 21:55
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Gracias

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Ojo aguas territoriales, en algún caso cuando hay aguas interiores son mas de 12 millas. Por lo que igual pueden exigir zona 3. A ver los expertos que opinan.

http://www.juntadeandalucia.es/medio...iam&lr=lang_es

Aquí tienes a las que corresponde a España, azul claro aguas interiores y mas oscuro la territorial la famosa frase "c) Naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y que sean sus propietarios o tengan su uso y disfrute, personas físicas o jurídicas con residencia o domicilio social en España"
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  #19  
Antiguo 24-05-2021, 00:10
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Predeterminado Re: Nueva reglamentación y bandera extranjera.

Lo pongo aquí también...
brindis: la Paom con fecha de hoy a presentado denuncia por infracción del derecho de la UE en contra del estado español por el RD de seguridad, ahora falta ver las ganas que tenéis de decirle al estado que no somos borregos y no vamos a tragar con todas sus cacicadas así que si nos unimos asociaciones y navegantes en general podemos recurrir por la vía jurídica, el día de decidir si eres lobo o borrego ha llegado...

Editado por PAOM en 24-05-2021 a las 00:21.
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Perfecto
Una observación sin importància : la a delante de una palabra que acaba en ado. Va con h o sea ha.
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Aida (01-06-2021)
  #21  
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Perfecto
Una observación sin importància : la a delante de una palabra que acaba en ado. Va con h o sea ha.
ya esta corregido :
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Sagitari (24-05-2021)
  #22  
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Ojo, con el tema de zona 4 y las 12 mn, parece ser que existe una cosa que se llama "Zona contigua es todo aquel territorio perteneciente a un estado con extensión marítima donde puede establecer sus reglamentos para beneficio del país" que suma 12 mn a las aguas territoriales, con lo cual, el tema parece ser que queda en 24 mn.
Aguien puede arrojar luz a este respecto?

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  #23  
Antiguo 24-05-2021, 09:50
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Ojo, con el tema de zona 4 y las 12 mn, parece ser que existe una cosa que se llama "Zona contigua es todo aquel territorio perteneciente a un estado con extensión marítima donde puede establecer sus reglamentos para beneficio del país" que suma 12 mn a las aguas territoriales, con lo cual, el tema parece ser que queda en 24 mn.
Aguien puede arrojar luz a este respecto?

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  #24  
Antiguo 26-05-2021, 00:08
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Una orden judicial para ver su llevas deposito de Kks?????

Venga ya!!!

Quiero ver al juez que firme eso....

A meter miedo a otro sitio cofrade.....

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Originalmente publicado por FAVIOV Ver mensaje
Una orden judicial para ver su llevas deposito de Kks?????

Venga ya!!!

Quiero ver al juez que firme eso....

A meter miedo a otro sitio cofrade.....

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Tu dile a un GC que no te sale de los cojones que suba dentro de tu barco. A ver que te pasa. Nadie habla de tanques de kk ni de meter miedo. Pero a veces hay que tocar un poco con los pies en el suelo.
Ni tanto ni tan poco..


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